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TC anula parte de la ley catalana que limita el precio de los alquileres
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SIN EFECTOS RETROACTIVOS

TC anula parte de la ley catalana que limita el precio de los alquileres

El Pleno del Tribunal Constitucional ha estimado parcialmente por unanimidad el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por más de 50 diputados del Grupo Parlamentario Popular

Foto: El Constitucional tumba la ley catalana que regula los alquileres. (Foto: iStock)
El Constitucional tumba la ley catalana que regula los alquileres. (Foto: iStock)

El Pleno del Tribunal Constitucional ha estimado parcialmente por unanimidad el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por más de 50 diputados del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso de los Diputados contra varios artículos de la Ley de Cataluña 11/2020, de 18 de septiembre, de medidas urgentes en materia de contención de rentas en los contratos de arrendamiento de vivienda, al entender que invade competencias estatales.

En concreto, el TC ve inconstitucionales los artículos en los que se basa la limitación de las rentas de los arrendamientos en zonas tensionadas de Cataluña. En este sentido, desde la publicación de la sentencia no se podrán firmar alquileres con límites de rentas, aunque sí los mantendrán los contratos firmados con anterioridad a la misma.

Foto: El portavoz de ERC, Gabriel Rufián. (EFE/Mariscal)

El TC ha explicado en un comunicado que son inconstitucionales los artículos 1, 6 a 13, 15 y 16.2 y las disposiciones adicionales primera, segunda y tercera, la disposición transitoria primera y la final cuarta, letra b, así como la disposición adicional cuarta y la disposición final tercera.

La sentencia, cuyo ponente ha sido el magistrado Ramón Sáez, explica que dichos preceptos suponen una invasión de la comunidad autónoma en las competencias del Estado que reconoce el artículo 149.1.8 de la Constitución, referida a la competencia en materia civil para regular las bases contractuales.

Los preceptos anulados, argumenta el Alto Tribunal, invaden competencias reservadas al Estado en materia civil para regular las bases contractuales, en concreto "la competencia para establecer los criterios de ordenación general del sector de la contratación privada en aquellos territorios autonómicos que cuenten con legislación propia".

Sin efectos retroactivos

Por otra parte, la sentencia limita los efectos de la declaración de inconstitucionalidad, de forma que "no afecta a las situaciones jurídicas consolidadas, en base al principio de seguridad jurídica y al legítimo fin de procurar la estabilidad en las relaciones contractuales preexistentes". Así, los efectos de esta sentencia "serán 'pro futuro', por lo que los contratos de arrendamiento de vivienda celebrados con anterioridad al momento de la presente resolución se mantienen en sus términos".

El Sindicat de Llogateres ha explicado que esta decisión supone que parte de la citada ley catalana que regula los alquileres desde hace un año y medio en las ciudades en las que se aplica quedaría sin efecto en el momento en el que se haga pública la resolución del Constitucional. El Sindicat ha condenado que el Tribunal haya estimado el recurso de inconstitucionalidad y "recorte el derecho a la vivienda en beneficio de los intereses del lobby inmobiliario".

La regulación de alquileres ha beneficiado, ha afirmado esta entidad, a más de 160.000 arrendadores el último año en Cataluña y ha conseguido bajar los alquileres una media del 5 % en las ciudades reguladas, en las que vive el 70 % de la población catalana, según sus datos.

El Pleno del Tribunal Constitucional ha estimado parcialmente por unanimidad el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por más de 50 diputados del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso de los Diputados contra varios artículos de la Ley de Cataluña 11/2020, de 18 de septiembre, de medidas urgentes en materia de contención de rentas en los contratos de arrendamiento de vivienda, al entender que invade competencias estatales.

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