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El fallo del TC sobre la plusvalía golpea la segunda vía de ingresos de los ayuntamientos
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TENDRÁN QUE DEVOLVER EL DINERO A CIENTOS DE CONTRIBUYENTES

El fallo del TC sobre la plusvalía golpea la segunda vía de ingresos de los ayuntamientos

Este impuesto permitió a los 8.122 municipios que hay en España ingresar en 2015 más de 2.675 millones de euros, casi el 13% sobre el total de los impuestos directos

Foto: El fallo del TC sobre la plusvalía golpea la segunda vía de ingresos de los ayuntamientos Foto: Corbis.
El fallo del TC sobre la plusvalía golpea la segunda vía de ingresos de los ayuntamientos Foto: Corbis.

Es, después del impuesto sobre bienes inmuebles (IBI), el impuesto que más ingresos aporta a las arcas de los ayuntamientos, junto con el impuesto de matriculaciones. El incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU), más conocido como plusvalía municipal, permitió a los 8.122 municipios que hay en España ingresar en 2015 más de 2.675 millones de euros. Más de 12.500 millones de euros desde que estalló la crisis en 2008.

Estos ingresos representan poco más del 5% de los ingresos totales de los ayuntamientos durante ese ejercicio y casi el 13% sobre el total de los impuestos directos que aplicaron a sus ciudadanos. De ahí la importancia de la sentencia dictada este viernes por el Tribunal Constitucional por la que todos estos ayuntamientos se verán obligados a devolver el importe de dicha plusvalía a una parte importante de los contribuyentes que obtuvieron una pérdida con la venta de un inmueble. (Ver sentencia)

Eso sí, no todos los afectados podrán reclamar, puesto que el plazo de prescripción es de cuatro años desde que se pagó el impuesto en los casos de autoliquidación y de un mes en los casos de liquidación. Es decir, quienes pagaron la plusvalía municipal antes de enero de 2013, en principio, no podrían solicitar la devolución de dinero. Pero, en su conjunto, ¿a cuánto pueden ascender dichas devoluciones? Resulta imposible de cuantificar.

Sea como fuere y tal y como se observa en el gráfico superior, los ingresos de los ayuntamientos por el cobro de esta plusvalía municipal han registrado un espectacular crecimiento, especialmente entre 2012 y 2014, periodo en el que la recaudación anual se ha multiplicado por dos.

Y todo a pesar de que, como muestra el gráfico inferior, se produjo una caída en el número de transacciones en ese mismo periodo. Es decir, caen las ventas, pero sube la recaudación, una circunstancia que puede resultar contradictoria. Es decir, aparentemente lo lógico sería que a menor número de ventas, la recaudación por este impuesto también se redujera.

Sin embargo, sube. ¿Por qué? "Bien porque el valor catastral se ha incrementado de manera significativa desde 2006, bien porque durante la crisis, efectivamente ha habido muchas menos ventas y, por tanto, el periodo de tenencia de los inmuebles era mayor, y mayor el impuesto", explica Gonzalo Rincón, asociado principal del departamento de fiscal del despacho de abogados Garrigues.

Para que nos hagamos una idea, la recaudación en 2006, cuando en España se marcaban máximos históricos en la venta de viviendas (955.186 unidades según datos del Ministerio de Fomento), los ayuntamientos recaudaban la mitad que en 2015, con 550.000 transacciones menos que entonces (401.713 unidades vendidas).

Es decir, en plena crisis, cuando la vivienda en España saltaba por los aires y muchos ciudadanos se vieron obligados a vender su casa a pérdidas, la recaudación municipal por este tributo comenzó a subir como la espuma. Hasta el punto de convertirse, tras el IBI, en un importante sustento económico para las arcas municipales, tal y como muestra el gráfico inferior.

Lo que está ahora por ver es cómo y cuándo se producirá la devolución de estas cantidades puesto que, tal y como señala Gonzalo Rincón, la sentencia del Tribunal Constitucional declara inconstitucional la norma foral del País Vasco en caso de minusvalías, no la estatal. Lo que podría llevar a los ayuntamientos a aferrarse a esta sentencia hasta que el mismo tribunal se pronuncie al respecto sobre la legislación estatal en los próximos meses.

Por lo pronto, los afectados pueden interponer un recurso ante el ayuntamiento correspondiente, si bien, deberán probar que la venta del inmueble generó una pérdida. "La carga de la prueba va a ser fundamental para poder recuperar el dinero. Es decir, el afectado tiene que demostrar que la operación le generó minusvalías. Y no vale con decir que compró su casa por 100.000 y la vendió por 80.000, porque lo que hay que demostrar es que el suelo o el terreno sobre el que se levanta el inmueble ha perdido valor entre la compra y la venta", señala este abogado. Para conseguir esta prueba, o este informe técnico, habrá que recurrir a peritos o tasadores especializados.

También está por ver si el Gobierno toma cartas en el asunto y, tal y como sucedió con las cláusulas suelo, articule un procedimiento extrajudicial para que los afectados puedan recuperar su dinero.

¿Cómo calculan los ayuntamientos la plusvalía municipal?

"Como regla general, los inmuebles urbanos se revalorizan año tras año de manera constante. De este modo, desde que se adquiere un inmueble hasta que se transmite de nuevo, con toda seguridad su valor habrá aumentado. Sin embargo, la coyuntura económica que lleva atravesando nuestro país ha  hecho que el valor de las fincas urbanas sufra una disminución", explica Paula Teresa Lanza, abogada de V Abogados.

Esta abogada explica que el cálculo del impuesto se realiza de manera objetiva tomando como referencia el valor catastral y los años durante los que el propietario ha sido titular del terreno (entre un mínimo de uno y un máximo de veinte).

Pongamos un par de ejemplos:

  1. Se adquiere un inmueble en el año 2004, por un valor de 108.000 euros, que posteriormente se vende en el año 2016 por un precio de 73.000 euros. El contribuyente, en el momento de la venta ha tenido que hacer frente a un pago de unos 3.600 euros.
  2. Se adquiere un inmueble en el año 2007, por un valor de 191.000 euros, que posteriormente se vende en el año 2015 por un precio de 134.000 euros. El contribuyente, en el momento de la venta tuvo que abonar aproximadamente 12.000 euros por liquidación del impuesto.

"Como podemos observar, se produce una disminución del valor del inmueble y no un incremento del valor del mismo, por lo que no se produce una ganancia económica para el vendedor, sino todo lo contrario. Es por ello que el impuesto se calcula sin tener en cuenta si el inmueble ha ganado o no valor y se genera una ficción de incremento económico que además impide al contribuyente toda prueba en contrario", concluye Ángela Gómez Alonso, abogada del mismo despacho. 

Es, después del impuesto sobre bienes inmuebles (IBI), el impuesto que más ingresos aporta a las arcas de los ayuntamientos, junto con el impuesto de matriculaciones. El incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU), más conocido como plusvalía municipal, permitió a los 8.122 municipios que hay en España ingresar en 2015 más de 2.675 millones de euros. Más de 12.500 millones de euros desde que estalló la crisis en 2008.

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