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Europa en la encrucijada: ¿obligará a Google a 'olvidar' los datos de sus ciudadanos?
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Europa en la encrucijada: ¿obligará a Google a 'olvidar' los datos de sus ciudadanos?

Este martes la UE se pronunciará sobre si Google es responsable de la cancelación de datos de los usuarios, y si se le puede aplicar la directiva europea

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Este martes el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), dictará sentencia sobre un litigio enquistado que enfrenta desde hace ya mucho tiempo a la Agencia Española de Protección de Datos contra Google sobre el llamado "derecho al olvido".

En ella se decidirá si el gigante de internet es responsable de la cancelación de datos de los usuarios y si se le puede aplicar la directiva europea. Pero además, el órgano judicial sentará jurisprudencia en una materia extremadamente importante que, asombrosamente, carecía de una regulación específica hasta ahora.

En 1998 el diario La Vanguardia publicó, en su edición de papel y a instancias del Ministerio de Trabajo, una relación de subastas judiciales públicas derivadas de distintos embargos, entre las que figuraba el nombre de Mario Costeja González. Cuando el periódico digitalizó su hemeroteca, esta información apareció en Google. El afectado lo denunció a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), que mediante resolución solicitó a Google que la retirara.

Si empezamos a quitar contenido cada vez que una persona lo quiera, la función del buscador de Google se quedará coja

Desde entonces la filial del buscador en España ha recurrido ante la Audiencia Nacional más de 150 casos prácticamente iguales, en contra de las decisiones de la AEPD, en una absurda constante jurídica que se ha venido repitiendo año tras año.

Según han explicado desde el departamento de Legal de Google España a Teknautas, "todas las resoluciones tienen que ver con información publicada en boletines oficiales o en periódicos. La AEPD permite al medio publicar esa información, pero no a nosotros. Estamos en contra porque consideramos que mientras sea pública y esté indexada, podemos mostrarla en nuestros resultados. Los editores siempre tienen la opción de no indexar esa información mediante los protocolos de exclusión".

En todo este tiempo la Audiencia Nacional no ha resuelto el conflicto, limitándose a remitirlo al TJUE. Hasta este martes.

En juego, la cancelación de datos de los usuarios

El TJUE tiene que resolver hasta nueve cuestiones prejudiciales y la decisión es, en palabras del propio Google, "vital para la compañía" ya que están en juego aspectos tales como si se le puede aplicar la directiva europea en materia de protección de datos, si se considera que el buscador realiza tratamientos de datos o sólo almacena información y la muestra, si está obligado a atender los ejercicios de derecho de cancelación de los afectados y si es competente la Agencia de Protección de Datos para entrar en estos asuntos.

El caso tiene tanta trascendencia que la tecnológica lo dejó en manos de Francisco Enrique González Díaz, conocido como "el Martillo de Welch" o "el Gran Inquisidor". En la parte contraria se encuentra el despacho de abogados Abanlex, compuesto por dos jóvenes abogados madrileños.

Como apuntamos, una de las cuestiones más esperadas que está en juego es si, tras la sentencia, Google se verá obligada a atender cada una de las peticiones de los afectados por la indexación de información referida a su persona publicada en páginas web de terceros, aunque se trate de una información publicada lícitamente. De ser así, a los de Mountain View les espera por delante un arduo trabajo.

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El órgano judicial tiene que decidir qué es lo que técnicamente hace el buscador: si trata los datos o simplemente y de forma mecánica los almacena y los muestra. De darse este último caso, Google no tendrá ninguna responsabilidad sobre la eliminación de datos, sino el editor que los hubiese subido.

Al respecto, Google ha manifestado que "si empezamos a quitar contenido cada vez que una persona lo quiera, la función del buscador se quedará coja". Fuentes vinculadas al caso han reconocido a Teknautas que "de dar la razón a la parte acusadora, cabría la posibilidad de que, a partir de ahora, cualquier usuario molesto con algún tipo de información tuviese la opción de que Google la retirase de los resultados de búsquedas. Es decir, que decidiese qué sale en los medios de comunicación y qué en los buscadores".

"¿Se dan cuenta de lo que podría suponer?", han añadido. "Mucha información podría desaparecer de los buscadores".

¿Se le puede aplicar a Google la normativa europea?

Otra de las cuestiones que tiene que resolver el tribunal es si a Google se le puede aplicar la Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a su libre circulación.

Al respecto hay que recordar que Google no tiene sede en Europa, sino que su matriz está en EEUU. Sin embargo, el artículo 4.1 de dicha normativa establece que el derecho nacional también es aplicable cuando "el responsable del tratamiento no esté establecido en el territorio de la Comunidad y recurra, para el tratamiento de datos personales, a medios, automatizados o no", por lo que está por ver lo que decide el tribunal.

Joaquín Muñoz, abogado de Abanlex, ha explicado que "Google España no realiza una actividad accesoria, sino la principal del buscador. Además, no es necesario que tenga el domicilio social en Europa; basta con que tenga uno permanente, como la filial española, y que haga un recurso a medios en Europa, como por ejemplo sus arañas de búsqueda que pasan por servidores europeos".

Por su parte, desde Google España se han curado de espanto y ya han asegurado que "si el tribunal dice que no tenemos responsabilidad de cancelación de datos ya es una victoria para nosotros. Sobre si nos aplican o no la normativa europea, no nos parece relevante porque ya la estamos cumpliendo". "La única diferencia es que por fin dejaremos de abrir recursos en la Audiencia Nacional tras las resoluciones de la AEPD, que creemos que se ha estado equivocando todo este tiempo".

Una ley obsoleta, la encargada de resolver el caso

La Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo es la normativa en la que el TJUE se va a fijar para resolver el caso. El problema según la mayoría de juristas consultados, es que es del año 1995 y no está pensada para buscadores, algo que se puede apreciar en distintos puntos como, por ejemplo, en el que define el tratamiento de datos o en la necesidad de que la compañía tenga la sede en territorio europeo.

La Directiva 95/46/CE es la normativa en la que el TJUE se va a fijar para resolver el caso. El problema según la mayoría de juristas, es que es del año 1995 y no está pensada para buscadores

Precisamente por todo esto, en el Parlamento Europeo lleva tiempo produciéndose un debate para desarrollarla y solventar, de esta forma, sus posibles deficiencias.

El pasado 25 de junio, el abogado general del TJUE Niilo Jääskinen consideró en una decisión no vinculante que Google no es responsable de los datos personales incluidos en las páginas web a las que remite su servicio de búsqueda, y que la normativa europea no ampara el derecho al olvido. El letrado indicó que Google no tiene obligación de eliminar información legítima y legal que se ha hecho pública porque traería consigo una injerencia en la libertad de expresión del editor de la página web.

Según Joaquín Muñoz, abogado de Abanlex, "sea cual sea el criterio de la sentencia, lo que se habrá conseguido con este procedimiento iniciado es arrojar un poco de luz sobre una materia con tantos interrogantes técnicos y jurídicos".

Para bien o para mal, a partir de ahora los usuarios tendrán conocimiento sobre quién es el responsable frente el que hay que ejercitar los derechos y cuál es el procedimiento adecuado.

Este martes el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), dictará sentencia sobre un litigio enquistado que enfrenta desde hace ya mucho tiempo a la Agencia Española de Protección de Datos contra Google sobre el llamado "derecho al olvido".

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