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¿Cómo se rellena la solicitud del ingreso mínimo vital sin certificado? Así se pide en la web de la Seguridad Social

Desde el 15 de junio, arranca el plazo para solicitar el ingreso mínimo vital, la nueva prestación aprobada por el Gobierno que tiene por objetivo "reducir el nivel de pobreza y exclusión" de los hogares en situación de vulnerabilidad, según ha reiterado el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en varias ocasiones.

[¿Vas a solicitar el ingreso mínimo vital? Usa antes este simulador]

La solicitud debe realizarse a través de la sede electrónica de la Seguridad Social y, cuando la situación sanitaria lo permita, también se podrá efectuar en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS). Como ya adelantó Pablo Iglesias, vicepresidente segundo y ministro de Derechos Sociales y Agenda 2030, aquellas solicitudes que se presenten durante los tres primeros meses de vigencia de la ayuda serán reconocidas con efecto retroactivo desde el 1 de junio. Después de este plazo, el derecho a la prestación de la renta mínima nacerá a partir del primer día del mes siguiente al de la fecha de presentación de la solicitud.

Para poder acceder a la prestación, no solo hay que cumplir con los requisitos establecidos en cuanto a la edad, la residencia legal en España y los límites de renta y patrimonio, sino que también es necesario contar con la documentación pertinente. Una vez reunido todo el papeleo, ya se puede acudir a la sede electrónica de la Seguridad Social para rellenar la solicitud. Pero, ¿cómo se cumplimenta el formulario para poder acceder a la renta mínima?

La revista de la Seguridad Social ha compartido un vídeo donde se explican los pasos a seguir para rellenar la solicitud, desde los datos personales a la documentación adjunta que debe acompañar el modelo. Si se cuenta con certificado electrónico o usuario y contraseña en el sistema Cl@ve, la vía recomendable para rellenar el formulario es a través de este enlace seleccionando el método de autenticación, tal y como explican desde la publicación. Si por el contrario no se cuenta con certificado digital ni registro en el sistema Cl@ve, se puede acceder a la solicitud en este enlace y cumplimentarla con la documentación necesaria del solicitante y de los posibles beneficiarios de la unidad de convivencia.