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Las empresas podrán cambiar su propuesta de aplicación del resultado por el virus
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COLEGIO DE REGISTRADORES Y CNMV

Las empresas podrán cambiar su propuesta de aplicación del resultado por el virus

Si la junta ya está convocada, las empresas pueden aplazar la decisión sobre la propuesta de aplicación del resultado recogida en la convocatoria hasta otra junta posterior

Foto: El presidente de la CNMV, Sebastián Albella. (EFE)
El presidente de la CNMV, Sebastián Albella. (EFE)

Las empresas que se replanteen su política de retribución al accionista como consecuencia de la crisis del coronavirus podrán reformular las cuentas anuales, incluyendo la nueva propuesta de aplicación del resultado, o sustituir la propuesta antigua por una nueva, siempre que no se haya convocado aún la junta de accionistas.

Si la junta ya está convocada, las empresas pueden aplazar la decisión sobre la propuesta de aplicación del resultado recogida en la convocatoria hasta otra junta posterior. Estas son las opciones que plantean el Colegio de Registradores de España y la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) en un comunicado conjunto.

La normativa vigente exige a las empresas formular sus cuentas anuales, el informe de gestión y la propuesta de aplicación del resultado en los tres primeros meses del ejercicio. Las cuentas y la aplicación del resultado deberán ser aprobadas en la junta de accionistas.

Sin embargo, tanto la CNMV como el Colegio de Registradores consideran que la situación creada por la epidemia es "absolutamente extraordinaria", por lo que ponen sobre la mesa una serie de alternativas.

Una de las opciones para las empresas es reformular las cuentas y modificar la propuesta de aplicación del resultado incluida en la memoria. Si la junta de accionistas estuviera convocada, la reformulación obligaría a desconvocarla por razones de fuerza mayor.

Si la empresa opta por no reformular las cuentas, algo que puede resultar gravoso, y si aún no ha convocado la junta, podrá sustituir la propuesta de aplicación del resultado por otra alternativa.

Esa nueva propuesta deberá justificar la decisión e ir acompañada por un escrito del auditor en el que éste indique que ese cambio no habría modificado su opinión sobre las cuentas.

Las sociedades cotizadas deberán hacer pública la nueva propuesta y el escrito del auditor en su web y en la de la CNMV. Si ya se ha convocado la junta, la empresa puede diferir la decisión sobre la aplicación del resultado incluida en la convocatoria hasta una junta posterior. En ese caso, se exigirá también el escrito del auditor.

Las empresas que se replanteen su política de retribución al accionista como consecuencia de la crisis del coronavirus podrán reformular las cuentas anuales, incluyendo la nueva propuesta de aplicación del resultado, o sustituir la propuesta antigua por una nueva, siempre que no se haya convocado aún la junta de accionistas.

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