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El TSJM avala la candidatura de Ribón a las elecciones del ICAM
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El TSJM avala la candidatura de Ribón a las elecciones del ICAM

El TSJ de Madrid confirma la sentencia que rechaza la impugnación de la candidatura de Eugenio Ribón en las últimas elecciones del ICAM presentada por su competidor, Miguel Durán

Foto: Eugenio Ribón, decano del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM).
Eugenio Ribón, decano del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM).

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) respalda la legalidad de la candidatura de Eugenio Ribón en las últimas elecciones del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM), celebradas a finales de 2022. El tribunal ha desestimado el recurso presentado por uno de los competidores, el abogado Miguel Durán, contra una sentencia de instancia que rechazó anular la candidatura de Ribón y parte de su equipo -María Dolores Fernández Campillo, Emilio Ramírez y José Ignacio Monedero- por no haber dimitido de sus cargos en la anterior junta antes de concurrir al proceso electoral, según informa la institución en un comunicado.

En la resolución, el tribunal concluye que los estatutos del ICAM, que no exigen la dimisión de los miembros de la Junta cesante, prevalecen sobre las disposiciones del artículo 79.3 del Real Decreto 135/2021, el cual establece que los miembros de la Junta de Gobierno deben dimitir para presentarse a nuevas elecciones. La sentencia confirma que el Colegio de la Abogacía de Madrid posee autonomía organizativa y que sus estatutos vigentes, publicados en 2006, permiten a la Junta cesante continuar en funciones durante el proceso electoral.

El tribunal también recuerda que no hay ninguna normativa, ni autonómica ni estatal, que obligue a los miembros de la junta cesante a dimitir antes de unas elecciones.

La sentencia de instancia ya confirmó que el artículo 79.3 del Estatuto General de la Abogacía Española (EGAE) "no resultaba de aplicación directa al ICAM debido a su carácter subsidiario", recuerda el colegio. "La norma estatal se aplica solo en ausencia de normativa autonómica y específica en los estatutos del Colegio. Además, subrayó que el artículo 31.3 de los estatutos del ICAM establece que la Junta de Gobierno queda en funciones durante el periodo electoral, lo que no constituye causa de inelegibilidad para los candidatos", concluye.

Desde el inicio del proceso, el ICAM ha defendido que sus estatutos prevalecían sobre el EGAE, alegando que el artículo 31.3 de sus estatutos permite que el Decano y la Junta de Gobierno continúen en funciones durante la convocatoria electoral, sin exigir su dimisión.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) respalda la legalidad de la candidatura de Eugenio Ribón en las últimas elecciones del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM), celebradas a finales de 2022. El tribunal ha desestimado el recurso presentado por uno de los competidores, el abogado Miguel Durán, contra una sentencia de instancia que rechazó anular la candidatura de Ribón y parte de su equipo -María Dolores Fernández Campillo, Emilio Ramírez y José Ignacio Monedero- por no haber dimitido de sus cargos en la anterior junta antes de concurrir al proceso electoral, según informa la institución en un comunicado.

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