Es noticia
¿Qué opciones tienen los contribuyentes sancionados por el modelo 720?
  1. Jurídico
Tras la sentencia del TJUE

¿Qué opciones tienen los contribuyentes sancionados por el modelo 720?

El fallo del TJUE sobre este modelo abre la puerta a que los sancionados puedan exigir la devolución de la multa. Pero no todas las reclamaciones tienen la misma probabilidad de éxito

Foto: La recaudación cierra 2021 con un récord de 223.382 millones, un 15,1% más.
La recaudación cierra 2021 con un récord de 223.382 millones, un 15,1% más.
EC EXCLUSIVO Artículo solo para suscriptores

La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que echa por tierra la normativa sobre la declaración de bienes de los españoles en el extranjero está generando un gran revuelo. Y no es para menos. Desde que se implantó el modelo 720, Hacienda ha recaudado 230 millones de euros únicamente en sanciones. Una cantidad que podría estar comprometida después del fallo de Luxemburgo, ya que abre la puerta a que los contribuyentes que han sido multados puedan exigir la devolución de las cuantías que pagaron de forma indebida.

* Si no ves correctamente el módulo de suscripción, haz clic aquí.

"Los afectados podrán reclamar, tienen derecho a que se les resarza", destaca Ignacio Fernández Abad, socio en el Departamento Tributario de Fuster-Fabra. Ahora bien, como indican todos los abogados consultados por El Confidencial, no todas las reclamaciones tienen las mismas probabilidades de éxito. Es por ello que diferencian entre dos tipos de sanciones.

Foto: María Jesús Montero y Cristóbal Montoro, ministra y exministro de Hacienda. (EFE/Ballesteros)

Por un lado, aquellas que están en proceso de ser recurridas, ya sea ante Hacienda o los tribunales. Estos contribuyentes tienen más opciones de recuperar lo abonado, ya que bastará con que añadan el fallo del TJUE a sus recursos como argumento para defender la impugnación. "Para ellos, esta sentencia es la salvación. Conseguirán la devolución más pronto que tarde", resume Jon Ander Álvaro, abogado y economista en el bufete GTA Villamagna, que ve posible que algunos jueces tengan en cuenta de oficio el dictamen europeo para dictar su resolución. "Es algo que ya están haciendo con la plusvalía", aclara.

Responsabilidad patrimonial

Por otro lado, se encuentran los contribuyentes cuyas sanciones fueron recurridas, pero han devenido firmes. Es decir, aquellas que fueron impugnadas en los tribunales o ante la Administración sin éxito. En estos casos, Marta Puig, abogada fiscalista en el despacho Durán-Sindreu, ve una solución posible: abrir un expediente de responsabilidad patrimonial.

Este procedimiento administrativo está pensado para aquellos casos en los que el Estado aprueba una norma contraria a la ley (como es el caso de las sanciones del 720), ya sea interna o europea. A través de este recurso, los afectados pueden exigir una indemnización por el daño generado, que en este caso sería la sanción pagada indebidamente. El procedimiento consiste en elaborar un escrito ante el Consejo de Ministros, organismo que admite la responsabilidad en primera instancia. En caso de rechazarlo, el afectado debería acudir ante el Tribunal Supremo para impugnar la decisión.

Foto: Imagen: EC.

Se trata, sin embargo, de una opción complicada. "Se utiliza cuando están agotadas todas las ordinarias y en estos momentos hay toda una serie de casos pendientes en distintas instancias", señalan desde el Ministerio de Hacienda, y agregan que todavía es muy pronto para analizar la viabilidad de las reclamaciones patrimoniales. Una opinión que comparte Puig, que recuerda que en 2015 se modificaron los supuestos en los que se podría acudir a este procedimiento, acotando de forma significativa la opción de los ciudadanos de reclamar por esta vía.

En la misma línea se pronuncia el socio de Deloitte Legal Luis Rodríguez Otero, que recuerda que, actualmente, la normativa española exige que la sanción se haya impugnado y haya obtenido al menos una sentencia desestimatoria firme en la vía judicial. Este último requisito, no obstante, "está siendo objeto de revisión por el TJUE", por lo que podría eliminarse eventualmente.

Foto: Sede del Tribunal de Justicia de la UE en Luxemburgo. (EFE)

Menos pesimista se muestra el abogado Pablo G. Vázquez, de GVA Asesores, que considera que el expediente de responsabilidad patrimonial es una vía más que factible para los afectados con multas firmes. "Aunque es cierto que los requisitos son exigentes, estamos hablando de una sentencia del TJUE en la que se ha declarado contrario al derecho europeo el régimen sancionador. Además, la duda sobre el encaje jurídico del modelo lleva instalada años. Hay bastantes argumentos para defender que la Administración impuso sanciones con base en un modelo que sabía que eventualmente podría ser declarado ilegal", razona.

¿Qué pasa con aquellas sanciones que no fueron recurridas en ningún momento? En este escenario, la posibilidad de recuperar la cuantía pagada es muy remota, aunque Vázquez aún ve una solución: abrir un procedimiento de nulidad por pleno derecho. Esta opción viene recogida en el artículo 217 de la Ley General Tributaria y permite declarar la nulidad de aquellos actos en materia fiscal que no hayan sido recurridos en plazo y que contravengan leyes de rango superior, como ocurre en este caso.

Ahora bien, de acuerdo con la normativa, la última palabra para impuestos que sean competencia del Estado le corresponde al titular del Ministerio de Hacienda, por lo que es más que probable que las peticiones en este sentido sean desestimadas.

El modelo sigue vigente

Aunque sí supone un importante revés para Hacienda, es importante señalar que la obligación de declarar los bienes en el extranjero sigue vigente. "El TJUE ha anulado el régimen sancionador, pero los contribuyentes deben seguir presentando el modelo 720", recuerda Fernández Abad. La diferencia radica en que, actualmente, la Agencia Tributaria no podrá multar como lo venía haciendo hasta ahora por omisiones de información o errores en los escritos.

Foto: (iStock) Opinión
TE PUEDE INTERESAR
¿El fin del Modelo 720?
Javier Ubeda Bernabé Cristina Mayo Rodríguez

La 'laguna legal' de las sanciones, no obstante, no durará mucho. A pesar de que el fallo comunitario ha pillado a la Administración relativamente desprevenida (el abogado general del TJUE fue mucho más laxo en sus conclusiones), el letrado prevé que próximamente se anuncie una modificación legislativa por parte del ministerio que lidera María Jesús Montero para adaptar el régimen de multas a las exigencias europeas. "Seguramente Hacienda ya estaba preparada, se esperaba algo así. No sería raro que tuviéramos noticias dentro de poco", adelanta.

La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que echa por tierra la normativa sobre la declaración de bienes de los españoles en el extranjero está generando un gran revuelo. Y no es para menos. Desde que se implantó el modelo 720, Hacienda ha recaudado 230 millones de euros únicamente en sanciones. Una cantidad que podría estar comprometida después del fallo de Luxemburgo, ya que abre la puerta a que los contribuyentes que han sido multados puedan exigir la devolución de las cuantías que pagaron de forma indebida.

Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) Multa
El redactor recomienda