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La ley de transitoriedad de Puigdemont permite cambiar la Constitución por decreto
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Razones del pánico de las empresas

La ley de transitoriedad de Puigdemont permite cambiar la Constitución por decreto

La nueva norma, que ha sido suspendida por el Tribunal Constitucional, rebaja la Constitución al rango de "ley ordinaria" y, por tanto, puede modificarse por decreto ley

Foto: El presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont. (Reuters)
El presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont. (Reuters)

La ley de transitoriedad jurídica y fundacional de la República es la norma preparada por los partidos independentistas catalanes liderados por el presidente catalán Carles Puigdemont para regir en los meses que tarde Cataluña en aprobar su Constitución y celebrar sus primeras elecciones. Fuentes jurídicas consultadas al respecto han desvelado que dicha norma, suspendida por el Tribunal Constitucional, pero que según Junts pel Sí y la CUP entrará en vigor en cuanto se declare la independencia, permitiría a la Generalitat independentista cambiar por decreto cualquier punto de la Constitución española durante este periodo de tiempo indeterminado.

Estas fuentes explican que la ley de transitoriedad oculta en su redacción diversas “píldoras venenosas” que en la práctica consiguen tres cosas: restar poder al Parlament en favor de la Generalitat, la cual podría gobernar por decreto ley casi sin control; rebajar la Constitución al rango de "ley ordinaria", y que, por tanto, pueda modificarse por decreto; y se muestra especialmente intervencionista sobre el poder judicial, estableciendo mecanismos para relevar jueces y fiscales y cambiarlos por otros más afines al nuevo régimen.

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Es decir, la ley de transitoriedad dinamitaría la división de poderes en la nueva Cataluña. Y dejaría tamaña arbitrariedad en manos del Ejecutivo, lo que ha provocado que las empresas huyan en masa en busca de la seguridad jurídica que otorga la Constitución española, según explican las fuentes legales consultadas. La Constitución española no será perfecta, pero para su reforma se precisa una mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras (210 diputados y 159 senadores). Eso dibuja un marco de gran estabilidad. En lugar de esa garantía, la Constitución o la mayor parte de lo que quedaría en vigor de ella en Cataluña podría ser modificado por la Generalitat a través de decretos sin tener que negociar nada con el Parlament, gracias a este nuevo texto legal.

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La ley de transitoriedad se define como norma suprema. En la práctica, funcionaría como una Constitución provisional para un periodo de tiempo indefinido: el que tardasen las fuerzas políticas catalanas –PDeCAT, ERC y la CUP– en ponerse de acuerdo en redactar una nueva Carta Magna y convocar elecciones.

placeholder El Tribunal Constitucional suspendió en septiembre la ley de transitoriedad catalana. (EFE)
El Tribunal Constitucional suspendió en septiembre la ley de transitoriedad catalana. (EFE)

El artículo 32 de la ley reza en su punto 2 que “no pueden ser objeto de decreto ley la reforma de esta ley, la regulación del proceso constituyente, la Constitución de Cataluña, el presupuesto y la ley electoral”. Es decir, todo lo demás sí puede ser modificado por decreto. Y los decretos ni siquiera pueden ser tutelados por el Consell de Garanties Democràtiques. Otorga, pues, a la nueva Generalitat, un poder ejecutivo y discrecional sin contrapeso alguno.

El margen que se otorga al decreto ley es tal que puede modificar leyes ordinarias. Y en otra de las “cápsulas venenosas” que contiene la ley de transitoriedad se afirma que “los artículos de las leyes orgánicas, del Estatuto de Autonomía de Cataluña y de la Constitución española que estaban vigentes en el momento de la entrada en vigor de esta ley, pasan a tener rango de ley ordinaria cuando no se hayan incorporado a esta ley y siempre que no la contravengan”, según consta en el artículo 13.1. Habría que remontarse a la Constitución de la República de Weimar (Alemania, 1919) para encontrar tanto margen y discrecionalidad en un instrumento como el decreto ley, cuya aplicación margina a la cámara legislativa.

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Constitución en vigor

La ley de transitoriedad contempla que la mayor parte de la Constitución española siga en vigor durante esa fase constituyente de la nueva república. Pero su contenido íntegro podría ser alterado por esa vía legal, haciendo del decreto un auténtico 'bazoka jurídico' en manos de la nueva Generalitat. Lo mismo pasaría con el grueso de la legislación española.

En el mundo empresarial se teme que la ley de transitoriedad se desarrolle a través de un decreto ómnibus que afecte a un amplio espectro de temas

En el artículo 12.1 de la ley de transitoriedad se da alguna pista de por dónde pueden ir los planes de la Generalitat: “El Govern puede dictar las disposiciones necesarias para la adaptación, modificación e inaplicación del derecho local, autonómico y estatal vigentes a la entrada en vigor de esta ley, de acuerdo con lo que se establece en los apartados siguientes y en el decreto ley que los desarrolle”. Es decir, ya se apuntan estas intenciones de radical cambio normativo, que podría venir por la vía de un decreto ley ómnibus, con un alcance muy amplio.

Decreto ómnibus

placeholder Pinche aquí para leer la Ley de transitoriedad jurídica.
Pinche aquí para leer la Ley de transitoriedad jurídica.

Dicho decreto ómnibus no se menciona como tal en la ley de transitoriedad. Pero en el texto, a menudo se ofrecen pistas sobre un “decreto ley que desarrolle esta ley”, tal y como se menciona en el artículo 15.4 o en el artículo 17.2. Es decir, habría un decreto para desplegar en su plenitud la ley de transitoriedad y que podría alcanzar casi cualquier aspecto de la vida jurídica, económica o social.

En medios empresariales se teme que ese decreto ómnibus podría aplicarse a modificaciones para tener plenas competencias: espacio aéreo, espectro radioeléctrico, control de fronteras o costas, por ejemplo, algo lógico en un proceso secesionista. Pero también podría afectar aspectos fiscales o de intervención en la economía o en aspectos del libre mercado, en caso de que la CUP, que ha estado en la vanguardia del 'procés', tuviera un gran peso durante este periodo de transitoriedad para el que no se fija límite en el tiempo. Demasiadas incertidumbres para unas empresas que han preferido mudarse a un marco legal con menos zonas de sombra.

La ley de transitoriedad jurídica y fundacional de la República es la norma preparada por los partidos independentistas catalanes liderados por el presidente catalán Carles Puigdemont para regir en los meses que tarde Cataluña en aprobar su Constitución y celebrar sus primeras elecciones. Fuentes jurídicas consultadas al respecto han desvelado que dicha norma, suspendida por el Tribunal Constitucional, pero que según Junts pel Sí y la CUP entrará en vigor en cuanto se declare la independencia, permitiría a la Generalitat independentista cambiar por decreto cualquier punto de la Constitución española durante este periodo de tiempo indeterminado.

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