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La Audiencia rechaza reducir la pena a una exconsejera de los ERE por la malversación
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Griñán no solicitó la revisión

La Audiencia rechaza reducir la pena a una exconsejera de los ERE por la malversación

El tribunal sevillano niega que Carmen Martínez Aguayo, igual que Miguel Ángel Serrano, puedan beneficiarse de la nueva redacción del delito por su papel en el reparto de las ayudas fraudulentas

Foto: Carmen Martínez Aguayo, durante el juicio de los ERE. (EFE / José Manuel Vidal)
Carmen Martínez Aguayo, durante el juicio de los ERE. (EFE / José Manuel Vidal)

La Audiencia de Sevilla ha rechazado rebajar las condenas de los dos altos cargos de la Junta que solicitaron la revisión de sus penas del caso ERE al calor de la revisión del delito de malversación. El tribunal sevillano descarta que la nueva redacción del Código Penal en sus artículos 432 y 433 pueda beneficiar a la exconsejera de Hacienda Carmen Martínez Aguayo y al exdirector general de IDEA Miguel Ángel Serrano Aguilar, ambos en prisión desde hace casi tres meses por las condenas a seis años impuestas por su papel en la pieza politica de caso de los ERE fraudulentos.

Ambos habían reclamado la revisión de las condenas que decretó la Audiencia de Sevilla en noviembre de 2019 y que fueron confirmadas por el Tribunal Supremo el pasado mes de julio, aunque la redacción de la sentencia no se conoció hasta noviembre. El letrado de Martínez Aguayo, Víctor Moreno Catena, reclamó la absolución de su representada en virtud al nuevo artículo 432 o que fuera condenada por la nueva fórmula en su "modalidad no agravada". La tesis del letrado es que el papel de la exdirigente autonómica no resultó en un ánimo de lucro, que es lo que se tipifica en el artículo 433 del Código Penal impulsado por el Gobierno del PSOE y Unidas Podemos.

Foto: Carmen Martínez Aguayo (derecha) a su salida de los juzgados de Sevilla. (EFE / José Manuel Vidal)

En su petición, el letrado recuerda que el nuevo texto ha sustituido "el verbo 'sustraer' por el verbo 'apropiarse". Esto apunta el letrado "viene a modificar la acción típica del mentado delito", por lo que los hechos por los que fue condenada Carmen Martínez Aguayo no se ajustan a esa definición. Sí se ajustan, abunda, al nuevo artículo 433, que se aplica al cargo público que "diere al patrimonio público que administrare una aplicación pública diferente de aquélla a la que estuviere destinado". Esto es lo que ocurrió, según la sentencia de la Audiencia de Sevilla, con los fondos de la partida 31.L que fueron distribuidos de forma irregular y son el origen del caso de los ERE. Pero, continua el letrado, la sentencia no abunda en la legalidad o no de las ayudas, que se están juzgando en distintas piezas separadas.

La Audiencia, en el auto que se ha hecho público este miércoles, explica que aunque la sentencia del procedimiento específico no aluda a la legalidad de las ayudas, sí se refiere la fórmula de reparto, que es lo que se considera fraudulento y lo que motivó la condena por malversación (y prevaricación) para Martínez Aguayo. Eso, insiste en el escrito el tribunal, concuerda con la malversación definida por el artículo 432 del nuevo Código Penal. Además, los jueces de la sección primera de la Audiencia de Sevilla insisten en que la forma de actuar de Martínez Aguayo su encaja en el citado artículo, ya que "incluye en su tipicidad tanto a quien se apropia de esos fondos como a quien, quebrantando su deber de lealtad en la administración, decide darles una finalidad inequívocamente ilegal".

Serrano y Martínez Aguayo pueden recurrir la decisión de la Audiencia de Sevilla en el Supremo

En el caso de Miguel Ángel Serrano Aguilar, los jueces de la Audiencia hispalense utilizan los mismos argumentos y recuerdan que el procedimiento de reparto de ayudas supuso "una aplicación presupuestaria fraudulenta", más allá de la legalidad de los 680 millones en ayudas sociolaborales que la Junta repartió entre el 2000 y el 2009. La solicitud realizada por el letrado Juan Carlos Alférez, que representa al exdirector general del IFA/IDEA, también queda rechazada por el tribunal sevillano en una ejecutoria firmada por los jueces Pilar Llorente, Patricia Fernández y Enrique García López, con fecha de 15 de marzo.

Los dos letrados pueden interponer contra esta decisión un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. De momento, son las dos únicas representaciones de los exaltos cargos condenados por los ERE que han hecho esta petición. El resto, entre quienes está el abogado de José Antonio Griñán, han optado por evitarlo, convencidos de que la reforma del Código Penal no beneficiaría a sus representados. Como recuerdan fuentes jurídicas, la redacción de los artículos asociados al delito de malversación vuelve al statu quo previo a la reforma que impulsó Mariano Rajoy en 2015, que es precisamente la que se utilizó para condenar al expresidente de la Junta y el resto de exdirigentes.

Foto: José Antonio Griñán en los juzgados de Sevilla. (EFE/Julio Muñoz)

Martínez Aguayo cumple su pena de seis años en la cárcel de mujeres de Alcalá de Guadaíra, a escasos kilómetros de Sevilla, mientras que Serrano Aguilar hace lo propio en Sevilla I, al igual que el exconsejero de Innovación, Francisco Vallejo y el exviceconsejero Jesús Rodríguez. En Huelva está el exconsejero de Empleo José Antonio Viera y en Puerto III está Antonio Fernández, que fue su sucesor en la cartera donde se originó el fraude de los ERE. No están el prisión Griñán ni el exviceconsejero de Empleo Agustín Barberá, que ha solicitado la suspensión de su pena por su situación médica y está a la espera de un informe forense.

El caso del exjefe del Ejecutivo andaluz está pendiente de revisión tras eludir la entrada en la cárcel para tratarse el cáncer de próstata que le fue diagnosticado a finales de año. Esta semana, la prisión Sevilla I ha abierto la puerta a su ingreso, ya que, en un informe firmado por su directora, constata que los tratamientos de radioterapia son compatibles con el internamiento en la cárcel.

La Audiencia de Sevilla ha rechazado rebajar las condenas de los dos altos cargos de la Junta que solicitaron la revisión de sus penas del caso ERE al calor de la revisión del delito de malversación. El tribunal sevillano descarta que la nueva redacción del Código Penal en sus artículos 432 y 433 pueda beneficiar a la exconsejera de Hacienda Carmen Martínez Aguayo y al exdirector general de IDEA Miguel Ángel Serrano Aguilar, ambos en prisión desde hace casi tres meses por las condenas a seis años impuestas por su papel en la pieza politica de caso de los ERE fraudulentos.

José Antonio Griñán