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Dolores Vázquez no recibirá indemnización por estar en la cárcel siendo inocente
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POR EL CRIMEN DE ROCÍO WANNINKHOF

Dolores Vázquez no recibirá indemnización por estar en la cárcel siendo inocente

El Tribunal Supremo ha rechazado la petición de indemnización de cuatro millones que demandaba Vázquez por haber estado en la cárcel 519 días por el asesinato de Rocío Wanninkhof

Foto: Fotografía de archivo de Dolores Vázquez. (EFE)
Fotografía de archivo de Dolores Vázquez. (EFE)

Dura sentencia contra Dolores Vázquez. El Tribunal Supremo ha rechazado la petición de indemnización de cuatro millones de euros que demandaba Vázquez por haber estado en la cárcel 519 días por el asesinato de Rocío Wanninkhof.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo desestima el recurso de casación interpuesto por Dolores Vázquez contra la sentencia de la Audiencia Nacional (AN), de 16 de octubre de 2012, que confirmó la resolución del Ministerio de Presidencia. La sentencia de la AN entendió que la recurrente “tendría que haber canalizado su reclamación a través del artículo 293 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y no en el marco del 294.1, donde sólo se podría reclamar si no se hubieran producido los hechos, tras el cambio de la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre dicho artículo, que se produjo en noviembre de 2010”.

Para el Alto Tribunal, Dolores Vázquez, refugiada en Reino Unido, tendría que haber canalizado su reclamación por la vía general del error judicial del artículo 293 “y no por la vía privilegiada del artículo 294.1.” Eso sí, no se excluye la pretensión indemnizatoria “porque se cuestione la culpabilidad o no de la recurrente que, insistimos, nunca se ha cuestionado, sino que la vía procedimental elegida sea la oportuna, conforme a nuestra legislación nacional”.

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Wenceslado Francisco Olea, asegura que en este supuesto no se exige a Vázquez prueba alguna de su inocencia, sino simplemente que acuda a la vía ordinaria para obtener la indemnización correspondiente, que es la declaración de error judicial. “No es al interesado al que se le exige prueba alguna de su ausencia de culpabilidad, sino a la misma autoridad nacional a la que se confiere la potestad de declarar la existencia o no de error judicial en la adopción de la medida cautelar”, según el Supremo.

La sentencia, eso sí, incluye un voto particular, firmado por la magistrada Margarita Robles, que es partidaria de conceder la indemnización a Dolores Vázquez por el tiempo que estuvo en prisión provisional por unos hechos que le son “completamente ajenos”. Cree que la tesis de la mayoría impide que pueda acudir a la vía de la previa declaración de error judicial (artículo 293 LOPJ) por haber transcurrido el plazo de caducidad de tres meses para hacerlo.

Su equipo de abogados, liderado por el letrado Pedro Apalategui, no quiere hablar sobre Loli, como es conocida en su entorno más cercano. Tras tanto ruido mediático, prefieren guardar silencio, puesesperaban conseguir una buena indemnización para su cliente. El Ministerio de Justicia planteó una indemnización de 120.000 euros por los daños sufridos. Dolores Vázquez recibió ofertas generosas, auténticas fortunas económicas por acudir a programas del corazón ycontar su vida con Alicia Hornos, la madre de Rocío.

Dura sentencia contra Dolores Vázquez. El Tribunal Supremo ha rechazado la petición de indemnización de cuatro millones de euros que demandaba Vázquez por haber estado en la cárcel 519 días por el asesinato de Rocío Wanninkhof.

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