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El Gobierno califica de "inédita" la sentencia y se reafirma en la alarma "para salvar vidas"
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EL TC TUMBA EL ESTADO DE ALARMA

El Gobierno califica de "inédita" la sentencia y se reafirma en la alarma "para salvar vidas"

"Estamos ante una decisión sin precedentes, puesto que todos los países de nuestro entorno han recurrido a fórmulas similares para luchar contra la pandemia", sostienen en Moncloa

Foto: El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. (EFE)
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. (EFE)

El Gobierno está estudiando la sentencia del Tribunal Constitucional que ha declarado inconstitucional el confinamiento del estado alarma, pero su primera reacción ha sido de "sorpresa" por la resolución. Pese a "respetar" la sentencia, fuentes del Ejecutivo han calificado la decisión adoptada por una mayoría de seis votos contra cinco de "inédita" y se han reafirmado en que la medida adoptada al inicio de la pandemia "era absolutamente imprescindible para salvar vidas y conforme a la Constitución y a la ley orgánica del estado de alarma".

Estas mismas fuentes de Moncloa aseguran que "estamos ante una decisión sin precedentes, puesto que todos los países de nuestro entorno han recurrido a fórmulas similares, dentro de sus respectivas legislaciones, para luchar contra la pandemia". Se defiende así desde el Gobierno que sin esta herramienta no se hubiera llegado a tiempo de parar el virus y no hubiera sido posible mantener las medidas necesarias para detener su avance más allá de 60 días.

Foto: Controles policiales a la entrada y salida de Manacor. (EFE)

Desde el Ejecutivo recuerdan que "el Tribunal Constitucional ha dictado su fallo tras el recurso presentado por VOX", una formación que, matizan, "votó a favor del estado de alarma cuando este fue presentado por primera vez ante el Congreso". Concretamente, se mostró a favor de su primera prórroga, aunque desde la formación de Santiago Abascal siempre han trasladado lo contrario a la opinión pública, indicando que siempre se opusieron. Este mismo miércoles, tras conocerse la sentencia, desde la formación insistían en que "solo VOX votó en contra".

Se subraya por otra parte en Moncloa que la falta de unanimidad en la sentencia del TC "da a entender el debate interno que ha suscitado este fallo". La ponencia del magistrado Pedro González-Trevijano declara inconstitucional parte del artículo 7 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el covid-19. Ha sido el voto de la magistrada María Encarnación Roca el que ha decantado la inconstitucionalidad por seis a cinco.

Foto: La ministra de Justicia, Pilar Llop. (EFE)

Como ha informado este diario, la sentencia del TC declara inconstitucionales los apartados 1,3 y 5 del artículo 7. El primero apuntaba a que "durante la vigencia del estado de alarma, las personas únicamente podrán circular por las vías o espacios de uso público" para la realización de las mencionadas actividades. El tercero limitaba "la circulación de vehículos particulares por las vías de uso público" a estas actividades, y el quinto establecía que el ministro del Interior podía "acordar el cierre a la circulación de carreteras o tramos de ellas por razones de salud pública, seguridad o fluidez del tráfico o la restricción en ellas del acceso de determinados vehículos por los mismos motivos".

El TC concluye que la limitación de derechos fundamentales por el confinamiento es más propia de otros estados como el de excepción. Para su aplicación, el Gobierno debe solicitar la previa autorización del Congreso de los Diputados en la que se determinen sus efectos, mientras que el estado de alarma se aprueba por decreto y la autorización del Congreso solo es necesaria en caso de tener que prorrogarse a partir de los 15 días. Esta figura, mucho más restrictiva, permite entre otras cuestiones la detención "de toda persona de la que existan sospechas fundadas de que va a provocar alteraciones del orden público" o "la suspensión del secreto de las comunicaciones". Asimismo, se recoge que a través del estado de excepción "podrá autorizarse la suspensión de todo tipo de publicaciones, emisiones de radio y televisión, proyecciones cinematográficas y teatrales y el secuestro de publicaciones".

El Gobierno está estudiando la sentencia del Tribunal Constitucional que ha declarado inconstitucional el confinamiento del estado alarma, pero su primera reacción ha sido de "sorpresa" por la resolución. Pese a "respetar" la sentencia, fuentes del Ejecutivo han calificado la decisión adoptada por una mayoría de seis votos contra cinco de "inédita" y se han reafirmado en que la medida adoptada al inicio de la pandemia "era absolutamente imprescindible para salvar vidas y conforme a la Constitución y a la ley orgánica del estado de alarma".

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