El Tribunal Supremo rechaza suspender los indultos del 'procés' de forma urgente
Ha desestimado la petición de tres dirigentes de Ciudadanos de proceder a la suspensión cautelarísima de los indultos concedidos por el Gobierno a los nueve acusados
La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado hoy la petición de tres dirigentes de Ciudadanos (Cs) de proceder a la suspensión cautelarísima de los indultos concedidos por el Gobierno a los nueve acusados en la causa del 'procés' condenados a penas de prisión, al no apreciar que exista especial urgencia para tramitar dicha suspensión ‘inaudita parte’, es decir, sin escuchar a la Abogacía del Estado en representación del Gobierno.
Los magistrados del alto tribunal no aprecian el "riesgo" que sí veía Cs en la libertad que han obtenido con el perdón del Ejecutivo. Los magistrados señalan que invocar de forma genérica la "posibilidad" de que huyan de la acción de la justicia o que continúen delinquiendo no puede acogerse, ya que no se acompaña de "ninguna justificación que permita apreciar la inmediata materialización de tal riesgo". "Difícilmente puede considerarse suficiente a efectos de acreditar (…) la concurrencia de circunstancias de especial urgencia que justifiquen el sacrificio del principio de contradicción", dice.
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Los magistrados ordenan ahora tramitar el incidente cautelar por el procedimiento ordinario, dando a la Abogacía del Estado como contraparte un plazo de cinco días para formular alegaciones a la suspensión que solicitan los representantes de Ciudadanos. Entre otros argumentos, el Supremo no considera justificada la alegación de los recurrentes según la cual a la urgencia en la puesta en libertad de los indultados debería corresponder la urgencia en la atención de la medida cautelar de suspensión. "Dicho planteamiento no parece tomar debidamente en consideración que estamos en presencia del derecho fundamental a la libertad de toda persona, reconocido y garantizado en el artículo 17 de la Constitución, del que nadie puede ser privado sino en los casos y en la forma previstos en la ley, en este caso en virtud de la correspondiente resolución judicial que da cobertura legal a la privación de libertad de los condenados", indica el tribunal.
Los magistrados no aprecian el "riesgo" que sí veía Cs en la libertad que han obtenido con el indulto
Añade que, si desaparece esa cobertura judicial mediante el indulto, la libertad debe ser inmediata, lo que ha llevado a cabo el tribunal sentenciador, sin que pueda establecerse la correspondencia a que se refieren los recurrentes de Ciudadanos con una urgente suspensión de la situación de libertad propiciada por el indulto, "cuyo mantenimiento en el tiempo no supone sino respetar el derecho fundamental a la libertad del que la persona solo puede verse privado en los casos y la forma previstos en la ley".
Esta decisión supone el pistoletazo de salida para una tramitación de los indultos que se alargará varios meses. La sección encargada, la Quinta, dará paso ahora a su respuesta a las medidas cautelares reclamadas, es decir, se pronunciará sobre si la gracia se debe suspender de forma preventiva mientras estudia el fondo de la cuestión, pero lo hará después de recabar el criterio de la Abogacía del Estado, que tendrá 10 días para remitir sus argumentos.
Dentro de la Sala, compuesta en total por una treintena de magistrados, la sección designada para decidir sobre el perdón ha sido la Quinta. Antes de que se produzca la decisión final, pasará un año y varias fases. Fuentes jurídicas fijan al inicio de la primavera de 2022 el fallo definitivo. Otra de las primeras decisiones que adoptará la sección se referirá a la legitimación o la falta de ella de los partidos recurrentes. La del PP está muy cuestionada mientras que en el caso de Vox, su personación en el procedimiento como acusación popular provoca dudas. Cs, por su parte, ha atinado en el recurso al cederlo a los tres parlamentarios que se sentaban en el Parlament en el momento en el que los indultados organizaron el referéndum del 1-O para proclamar, a continuación, la independencia.
Pese a que los precedentes indican que las decisiones controvertidas suelen elevarse al pleno para que se adopten tras la deliberación de todos los magistrados, por el momento es la Quinta, formada por cinco jueces, la que se ocupará de estudiar los recursos. El presidente de la Sala tiene en su mano la posibilidad de elevarla para un estudio conjunto por parte de los 29 jueces que integran la Tercera.
La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado hoy la petición de tres dirigentes de Ciudadanos (Cs) de proceder a la suspensión cautelarísima de los indultos concedidos por el Gobierno a los nueve acusados en la causa del 'procés' condenados a penas de prisión, al no apreciar que exista especial urgencia para tramitar dicha suspensión ‘inaudita parte’, es decir, sin escuchar a la Abogacía del Estado en representación del Gobierno.