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La Fiscalía se opone al indulto a los presos del 'procés' y avisa ante acuerdos "políticos"
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El criterio del Ministerio Público

La Fiscalía se opone al indulto a los presos del 'procés' y avisa ante acuerdos "políticos"

"Nunca se debe identificar con motivaciones de índole política o derivadas de acuerdos políticos", dicen los escritos

Foto: Oriol Junqueras, uno de los políticos presos. (EFE)
Oriol Junqueras, uno de los políticos presos. (EFE)

Los fiscales del 'procés' han informado este martes en contra de indultar a los doce políticos catalanes presos por la comisión de delitos de sedición y de malversación. En los escritos independientes, Jaime Moreno, Consuelo Madrigal, Javier Zaragoza y Fidel Cadena argumentan contra la gracia que inició su tramitación el pasado septiembre. Sus informes han sido ya remitidos a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo que se dirigirá ahora a la Abogacía del Estado para reclamar su criterio y que emitirá también su propio dictamen.

Para los fiscales, condonar las penas —incluyendo la inhabilitación— cuando la función pública que desempeñaban los condenados ha sido el vehículo necesario para la comisión del delito sería una decisión "tan injustificada como arbitraria". "El ejercicio de responsabilidades públicas como miembros de un Gobierno autonómico conlleva unos especiales deberes de respeto y sujeción a la Constitución y a las leyes, y unas especiales responsabilidades en el cumplimiento de las mismas, cuya aplicación están obligados a garantizar ante la ciudadanía", indican además, subrayando que el artículo 100.2 de la Constitución prohibe el indulto para los presidentes y los demás miembros del Gobierno "si la acusación fuere por traición o por cualquier delito contra la seguridad del Estado en el ejercicio de sus funciones".

Foto: Protesta en Madrid contra la sentencia del 'procés'. (EFE)

A juicio del Ministerio Fiscal, las circunstancias que concurren en el caso no aconsejan la concesión de los indultos solicitados. No se aprecian razones de justicia, equidad o utilidad pública que autoricen su concesión y los informes que se han emitido son totalmente desfavorables. Los informes destacan que la gracia tiene un carácter excepcional y solo puede concederse cuando concurran circunstancias muy especiales que aquí no aprecian "y que nunca se deben identificar con motivaciones de índole política o derivadas de acuerdos políticos".

Los escritos destacan la enorme gravedad de las conductas que provocaron las penas impuestas y defienden que no pueden considerarse injustas en atención a la gravedad de los delitos cometidos. Para los fiscales, tampoco adolecen de falta de equidad ya que cumplen rigurosamente con el principio de proporcionalidad de las penas y, por último, sostener la utilidad pública de esta iniciativa de gracia no es lo más recomendable cuando se ha pretendido la ruptura del marco básico regulador de la convivencia democrática.

Aseguran los escritos, además, que no se aprecia una aceptación manifiesta de la responsabilidad por el delito cometido ni un decidido propósito de no reincidir como muestras de acatamiento a la legalidad conculcada. Ponen de manifiesto que la ejecución de lo juzgado y el cumplimiento de las penas son principios constitucionales básicos para el mantenimiento de la convivencia y de la paz social. "En lo que concierne a la pena de inhabilitación especial impuesta, su cumplimiento efectivo es todavía más necesario si tenemos en cuenta que el condenado se ha prevalido de su autoridad y de su posición institucional como alto responsable público", destacan los fiscales.

Vaciar la sentencia

Los informes agregan que la pena de inhabilitación especial debe cumplirse en toda su integridad, so pena de vaciar absolutamente de contenido la sentencia dictada por el Tribunal Supremo. Detallan los comportamientos penados e indican que hay varios datos que demuestran la gravedad intrínseca a ellos. "El delito es cometido por la autoridad máxima de la Comunidad Autónoma que reiteradamente incumple, burla y menoscaba la autoridad emanada del Tribunal Constitucional, intérprete auténtico de la CE, en la que se basaba la legitimidad de sus cargos.

También advierten que el indulto no puede ser un medio, en abstracto y al margen de las particulares circunstancias, para alterar a modo de tercera instancia el sentido o signo de una resolución judicial. "No se trata de una medida que pueda concederse en general, por la mera discrepancia con el tenor de la sentencia o la mera conveniencia de una situación política global", aseguran.

Los fiscales del 'procés' han informado este martes en contra de indultar a los doce políticos catalanes presos por la comisión de delitos de sedición y de malversación. En los escritos independientes, Jaime Moreno, Consuelo Madrigal, Javier Zaragoza y Fidel Cadena argumentan contra la gracia que inició su tramitación el pasado septiembre. Sus informes han sido ya remitidos a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo que se dirigirá ahora a la Abogacía del Estado para reclamar su criterio y que emitirá también su propio dictamen.

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