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El Supremo anticipa su rechazo rotundo al indulto de Junqueras
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En los autos del tercer grado

El Supremo anticipa su rechazo rotundo al indulto de Junqueras

El tribunal que condenó a los políticos catalanes destaca la gravedad de los hechos y se queja de la permanente "reinterpretación" a la que se somete su sentencia

Foto: Junqueras en la primera de sus salidas por el tercer grado. (EFE)
Junqueras en la primera de sus salidas por el tercer grado. (EFE)
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El Tribunal Supremo dejó más que clara este viernes su postura sobre las penas impuestas a Oriol Junqueras y el resto de presos del 'procés' en los nueve autos en los que rechaza que puedan, en este punto, acceder a los regímenes de semilibertad que les fueron concedidos por las autoridades penitenciarias de Cataluña. El alto tribunal no se limita a tumbar el tercer grado y la flexibilización concedida a través del artículo 100.2. En sus escritos incide en repetidas ocasiones en la gravedad de los delitos cometidos y anticipa así cuál será su postura frente al indulto que tramita en la actualidad y que se ha convertido en el único asidero de los condenados para recuperar la libertad por la vía rápida.

Los autos repiten en múltiples ocasiones la literalidad del delito de las condenas impuestas a nueve de los condenados por el referéndum del 1-O. "Un delito de sedición y un delito de malversación de caudales públicos en su modalidad agravada por la cuantía", resaltan machaconamente en distintos puntos. Más allá de la descripción desnuda de las conductas penadas, las resoluciones que devuelven a los presos a la situación en la que se encontraban en el momento en que fueron condenados explican cómo valora el tribunal los hechos que les condujeron a prisión.

De la mano del presidente de la Sala, Manuel Marchena, los autos explican las condenas. Indican que no se impusieron a disidentes políticos o líderes independentistas, sino a autores de un delito de sedición y malversación ejecutado por quienes "dinamitaron las bases de la convivencia promoviendo un alzamiento tumultuario con el objeto de demostrar que las resoluciones del Tribunal Constitucional y de los jueces radicados en Cataluña ya no eran ejecutables".

Foto: Imagen capturada de la cuenta oficial de Òmnium Cultural de Twitter de los siete dirigentes independentistas presos en la cárcel de Lledoners. (EFE)

Como si de un mensaje futuro se tratara, el tribunal que condenó a penas de entre 9 y 13 años a los políticos señala que el hecho de que cumplan esas penas que se les impusieron es lo que le da sentido a su misma imposición. "Resulta pertinente reiterar aquí que en la tarea de acomodar el cumplimiento de las penas impuestas a los fines constitucionales que inspiran la ejecución de las penas privativas de libertad, nuestra sentencia no tiene que ser permanentemente reinterpretada", dicen los autos de forma literal.

Ofrece también la argumentación una pista sobre como interpreta el tribunal los hechos que provocaron las condenas. "En los hechos declarados probados y en su fundamentación jurídica se encuentran las claves para explicar la gravedad de los hechos sentenciados y su efecto demoledor para la convivencia democrática", dice. Por si no quedara suficientemente claro, recomienda: "Su detenida lectura descarta cualquier quiebra del principio de proporcionalidad".

"Los hechos declarados probados en nuestra sentencia ya no pueden ser objeto de reinterpretación ni por el penado ni por terceros", indica en otro punto. En otro de los párrafos —referente en este caso a la administración penitenciaria, pero que es de aplicación a otros órganos— el tribunal critica la tentación de "distanciarse de los principios y garantías que informan la ejecución de las penas de prisión impuestas por los tribunales".

La tercera instancia

Dice que el acatamiento de la legalidad "no debe hacerse depender de su grado de identificación o desacuerdo con la argumentación jurídica sobre la que se fundamenta la condena". "De lo contrario, se subvierte el papel que la ley reserva a los órganos administrativos que, de esta forma, se convierten en una extravagante tercera instancia que se arroga la tarea de hacer más justa la decisión emanada de los jueces y tribunales constitucionalmente llamados al ejercicio de la función jurisdiccional. Los órganos de la administración penitenciaria no pueden vaciar la respuesta penal proclamada por un tribunal de justicia, sometiendo su sentencia a una relectura". Más claro, imposible.

También inciden los magistrados en que es necesario que transcurra un período de tiempo mayor para que se flexibilicen las salidas de prisión de los presos. Al considerar "prematura" la semilibertad evidencian así que la libertad completa que obtendrían con el indulto tampoco les parece adecuada.

El inicio de la tramitación de los indultos fue el pistoletazo de salida a las negociaciones para los Presupuestos

El Gobierno ha asumido que su compromiso para resolver los indultos de los condenados por el proceso independentista de Cataluña choca tanto con los plazos para tramitarlos —que no dependen de los deseos del Ejecutivo ni de los partidos catalanes— como con el informe que al respecto haga el tribunal sentenciador y la Fiscalía, que fue la que promovió la desactivación del tercer grado.

El ministro de Justicia anunció públicamente la intención del Ejecutivo de iniciar la tramitación de los indultos el pasado 23 de septiembre. Lo hizo en el Congreso, durante una sesión de control al Gobierno, y el anuncio se coordinó previamente desde Moncloa. Fue el pistoletazo de salida a las negociaciones para los Presupuestos, y aunque tanto ERC como JxCAT lo desvincularon de las conversaciones, se interpretó, ya desde entonces, como un guiño a las formaciones independentistas.

Foto: El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, este miércoles, en un acto en el Palacio de la Moncloa. (EFE / Fernando Calvo)

Desde el propio Ministerio de Justicia, se aclaró entonces que la tramitación completa de los indultos se alargaría previsiblemente más de seis meses. La tramitación en el alto tribunal se encuentra en una fase inicial. Fuentes jurídicas informan de que, de momento, se ha recibido un informe de las cárceles donde cumplen su pena los presos, entre ellas, la de Lledoners sobre Junqueras, que adelantó El Confidencial.

Recibida la respuesta y unificados todos los expedientes, la documentación será remitida a la Fiscalía del TS. Los encargados de informar serán los cuatro fiscales del 'procés', que deben revisar una por una la solicitud emitida para cada uno de los penados, de forma individualizada. También la Abogacía del Estado deberá emitir su posicionamiento de la misma forma. Por último, el tribunal que los sentenció informará al respecto una vez delibere el tiempo que sea necesario.

El Tribunal Supremo dejó más que clara este viernes su postura sobre las penas impuestas a Oriol Junqueras y el resto de presos del 'procés' en los nueve autos en los que rechaza que puedan, en este punto, acceder a los regímenes de semilibertad que les fueron concedidos por las autoridades penitenciarias de Cataluña. El alto tribunal no se limita a tumbar el tercer grado y la flexibilización concedida a través del artículo 100.2. En sus escritos incide en repetidas ocasiones en la gravedad de los delitos cometidos y anticipa así cuál será su postura frente al indulto que tramita en la actualidad y que se ha convertido en el único asidero de los condenados para recuperar la libertad por la vía rápida.

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