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Un segundo juez avala la semilibertad de los presos del 'procés'
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El 100.2 de Dolors Bassa

Un segundo juez avala la semilibertad de los presos del 'procés'

El magistrado indica que la condenada por sedición y malversación "ha expuesto una voluntad personal de desistimiento de retorno al entorno político".

Foto: Carteles por la libertad de los presos. (EFE)
Carteles por la libertad de los presos. (EFE)

Un segundo magistrado, el de Vigilancia Penitenciaria 1 de Cataluña, ha avalado la aplicación del artículo 100.2 para los presos del 'procés'. En un auto relativo a la exconsellera Dolors Bassa, el juez Jesús Ignacio Moncada, asegura que en esta fase de cumplimiento de la condena que le impuso el Tribunal Supremo es necesario tener en cuenta que la condenada por sedición y malversación "ha expuesto una voluntad personal de desistimiento de retorno al entorno político".

En el acuerdo de la Junta de Tratamiento de 13/02/20 se propone la aplicación del régimen del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario para que pudiera ofrecer atención a su madre, por su estado de salud y edad avanzada, y si bien cuenta con el soporte de un SAD (Servei d’Ayuda al Domicili), la profesional responsable de cuidar a la madre gozará de las vacaciones pactadas por contrato durante un mes, por lo que su madre quedará muchas horas sin atención, ya que la familia, hermana, hijos y sobrino de la interna trabajan y estudian respectivamente. Destacaba el acuerdo que es prioridad de la interna estar con la familia y, muy especialmente, acompañar y cuidar a su madre.

El magistrado rechaza los argumentos de la Fiscalía contra la aplicación del 100.2 y dice que "la dicusión política ya conocida" se circunscribe "a su esfera intelectual y de asunción emocional" y no es entendible en un tratamiento penitenciario.

La pasada semana, la jueza de Vigilancia Penitenciaria 5 de Barcelona, María Jesús Arnau, avaló por su parte la decisión de la Junta de Tratamiento Penitenciario de la cárcel de Lledoners de aplicar la semilibertad a través del artículo 100.2 del Reglamanto al presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart. En un auto, la magistrada actúa contra el criterio de la Fiscalía que se posicionó en contra.

"Ha de reiterarse que nos encontramos en la jurisdicción de vigilancia penitenciaria, por lo que no puede pretenderse que la condena penal se extienda a una condena del itinerario penitenciario del interno, obstaculizando e impidiendo situaciones", indicaba en su auto en el que asegura que el Ministerio Público "parece olvidar" este extremo en su valoración. "Tales impedimentos, sin una motivación suficiente serían contrarios a nuestro ordenamiento jurídico y, en especial, a la normativa penitenciaria", agregaba.

Un segundo magistrado, el de Vigilancia Penitenciaria 1 de Cataluña, ha avalado la aplicación del artículo 100.2 para los presos del 'procés'. En un auto relativo a la exconsellera Dolors Bassa, el juez Jesús Ignacio Moncada, asegura que en esta fase de cumplimiento de la condena que le impuso el Tribunal Supremo es necesario tener en cuenta que la condenada por sedición y malversación "ha expuesto una voluntad personal de desistimiento de retorno al entorno político".

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