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La jueza aprueba el permiso de Cuixart: "Lo volveremos a hacer" solo es un "pensamiento"
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CUMPLE CONDENA EN LLEDONERS

La jueza aprueba el permiso de Cuixart: "Lo volveremos a hacer" solo es un "pensamiento"

Avala la salida de prisión durante tres días en contra del criterio de la Fiscalía, que asegura que no se ha producido ningún cambio que evidencie que lamenta los hechos por los que ha sido condenado

Foto: El presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart, a su regreso a prisión tras un primer permiso en enero. (EFE)
El presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart, a su regreso a prisión tras un primer permiso en enero. (EFE)

El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 5 de Cataluña ha autorizado la salida de prisión durante tres días de Jordi Cuixart, condenado a nueve años de cárcel en el juicio del 'procés' por un delito de sedición. La magistrada María Jesús Arnau rechaza así los argumentos de la Fiscalía, que se oponía al permiso porque el presidente de Ómnium Cultural no muestra arrepentimiento alguno y asegura que lo volvería a hacer. La jueza, sin embargo, considera que esta afirmación no es más que "una mera expresión de un pensamiento ideológico o político", a lo que se suma un informe psicológico que apunta a que Cuixart se refiere con ello "a la voluntad de continuar reivindicando el derecho a decidir sobre la situación de Cataluña de forma pacífica y no violenta”.

"El interno reconoce los hechos delictivos, pero no está conforme con su calificación jurídica, y no muestra arrepentimiento, defendiendo su inocencia, lo cual es sin duda un pensamiento y decisión legítimos, puesto que la normativa penitenciaria no impone la obligación al condenado de arrepentirse ni a que se declare culpable y que prescinda de su declaración de inocencia", sostiene Arnau. A la vista de que Cuixart ya ha cumplido la cuarta parte de su condena y "tiene buena conducta" en prisión, la magistrada avala entonces el permiso apoyándose en los informes aportados por la Junta de Tratamiento Penitenciario, en los que se afirma que el de Ómnium reconoce los hechos recogidos en la sentencia y presenta voluntad de cambio.

Foto: Carteles reclamando la libertad para los Jordis. (EFE)

"El interno es consciente que con sus actos se produjo una intensa discrepancia frente al orden legal, así como que con su actuación se ocasionaron algunas conductas inadecuadas pero del todo imprevisibles, y que quizás las cosas se podrían haber hecho de otra manera", sostiene uno de los análisis que Arnau incluye en su auto. "En su calidad de presidente de Ómnium Cultural y siendo consciente de su poder de convocatoria, realizó llamadas a la resistencia pacífica y a la movilización pacífica en un acto de desobediencia civil masiva como fue el referéndum de autodeterminación del uno de octubre, manifestando que las fórmulas de resistencia no violenta forman parte del derecho de reunión y de protesta", asegura por su parte el informe psicológico.

Para dar luz verde al permiso, Arnau también aborda la actitud de Cuixart en la cárcel de Lledoners, donde asegura que evita enfrentamientos con otros internos "utilizando habilidades sociales y estrategias de resolución de conflictos, así como ayudando a los compañeros de módulo siempre que puede". Según sostiene la jueza, "su grado de colaboración con los diversos profesionales y de ayuda al resto de los internos es encomiable", halagos que se apoyan también en la educadora de la cárcel, que asegura que el de Ómnium está "realizando actividades a nivel tratamental, a nivel formativo, a nivel laboral y a nivel de actividades socio-educativas-culturales".

El Supremo "no impone limitaciones"

En la fase final del juicio del 'procés', la Fiscalía reclamó que se dejara constancia en sentencia de la obligada aplicación del 36.2 del Código Penal con los condenados. En este artículo se especifica que cuando la duración de la pena de prisión impuesta sea superior a cinco años, el juez o tribunal podrá ordenar que la clasificación del condenado en el tercer grado de tratamiento penitenciario no se efectúe hasta el cumplimiento de la mitad de la pena impuesta. No obstante, el tribunal no recogió este guante y argumentó que supondría una intromisión gratuita en un terreno ajeno a su competencia, postura que Arnau recuerda ahora en su auto.

"De dicho pronunciamiento que se contiene en la sentencia del Supremo, se infiere que el tribunal sentenciador no impone que el condenado deba esperar a cumplir la mitad de la sentencia para acceder al tercer grado de tratamiento penitenciario", afirma la magistrada. "La conclusión que se deriva con claridad es que el tribunal sentenciador no impone limitaciones a priori en el itinerario penitenciario del condenado, limitándose a indicar que los acuerdos de la administración penitenciaria son revisables por el Juzgado de Vigilancia, cuyas resoluciones son a su vez revisables, vía apelación, por el tribunal competente".

El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 5 de Cataluña ha autorizado la salida de prisión durante tres días de Jordi Cuixart, condenado a nueve años de cárcel en el juicio del 'procés' por un delito de sedición. La magistrada María Jesús Arnau rechaza así los argumentos de la Fiscalía, que se oponía al permiso porque el presidente de Ómnium Cultural no muestra arrepentimiento alguno y asegura que lo volvería a hacer. La jueza, sin embargo, considera que esta afirmación no es más que "una mera expresión de un pensamiento ideológico o político", a lo que se suma un informe psicológico que apunta a que Cuixart se refiere con ello "a la voluntad de continuar reivindicando el derecho a decidir sobre la situación de Cataluña de forma pacífica y no violenta”.

Jordi Cuixart Juicio procés
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