Es noticia
La Fiscalía denuncia "un plan generalizado" para la semilibertad de los presos del 'procés'
  1. España
Se opone al 100.2 de Bassa

La Fiscalía denuncia "un plan generalizado" para la semilibertad de los presos del 'procés'

"Es en este plan donde, sin duda, se encuentran las verdaderas razones de la concesión del régimen flexible", indica

Foto: Juicio en el Tribunal Supremo. (EFE)
Juicio en el Tribunal Supremo. (EFE)

La Fiscalía de Vigilancia Penitenciara se ha opuesto en un escrito a la concesión del régimen de semilibertad a la exconsellera condenada por el 'procés', Dolors Bassa. En un escrito presentado ante el Juzgado de Vigilancia Penitenciara nº 1 de Barcelona, el Ministerio Público denuncia que la aplicación del 100.2 a los políticos presos responde a un "plan generalizado".

"Lo cierto es que, de los nueve presos del denominado 'procés', a siete de ellos ya se les ha concedido el régimen del art. 100.2 del Régimen Penitenciario, habiendo manifestado la Consellera de Justicia de la Generalitat de Catalunya que se aplicará a todos los líderes soberanistas condenados por sedición por el Tribunal Supremo, afirmando que es una manera de cumplir la pena y recordando que es una anomalía que los presos y presas políticas estén en prisión, lo que pone en evidencia que la excepcionalidad exigida se ha convertido en una generalidad", indica la Fiscalía.

Foto: Oriol Junqueras. (Reuters)

"Es en este plan, de otorgar de forma generalizada un régimen de semilibertad, a todos los políticos condenados por la sentencia del Tribunal Supremo de fecha 14 de octubre de 2019, es donde, sin duda, se encuentran las verdaderas razones de la concesión del régimen flexible al penado, y no en razones tratamentales", agrega.

En cuanto al caso concreto de Bassa el escrito precisa que está condenada a la pena de 12 años de prisión por delito de sedición en concurso medial con un delito de malversación. Insiste en que el programa de tratamiento acorde con la tipología delictiva al que se debería someter a la exconsellera tiene que tener por objeto "enseñar a la interna a respetar la ley", "a que solo se puede conseguir aquello que se desea utilizando los mecanismos legalmente establecidos en la normativa que rige nuestro Estado Social y Democrático de Derecho". "No debemos olvidar que la interna no está condenada por querer transformar la estructura del Estado, fin totalmente legítimo y respetable, sino por querer hacerlo fuera de los cauces legalmente establecidos, con desviación de bienes públicos para la consecución de dichos objetivos", añade.

placeholder Salida de prisión de la 'exconsellera' de Trabajo Dolors Bassa. (EFE)
Salida de prisión de la 'exconsellera' de Trabajo Dolors Bassa. (EFE)

En el acuerdo de la Junta de Tratamiento de 13/02/20 se propone la aplicación del régimen del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario para que la interna pueda ofrecer atención a su madre, por su estado de salud y edad avanzada, y si bien cuenta con el soporte de un SAD (Servei d’Ayuda al Domicili), la profesional responsable de cuidar a la madre gozará de las vacaciones pactadas por contrato durante un mes, por lo que su madre quedará muchas horas sin atención, ya que la familia, hermana, hijos y sobrino de la interna trabajan y estudian respectivamente. Destaca el acuerdo que es prioridad de la interna estar con la familia y, muy especialmente, acompañar y cuidar a su madre.

La Fiscalía de Vigilancia Penitenciara se ha opuesto en un escrito a la concesión del régimen de semilibertad a la exconsellera condenada por el 'procés', Dolors Bassa. En un escrito presentado ante el Juzgado de Vigilancia Penitenciara nº 1 de Barcelona, el Ministerio Público denuncia que la aplicación del 100.2 a los políticos presos responde a un "plan generalizado".

Oriol Junqueras Dolors Bassa Generalitat de Cataluña
El redactor recomienda