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El Constitucional rechaza la recusación que lanzó Forcadell "por impertinente y abusiva"
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El Constitucional rechaza la recusación que lanzó Forcadell "por impertinente y abusiva"

El Pleno no atiende la petición de la presidenta del Parlament que acusó al TC de falta de parcialidad

Foto: La presidenta del Parlamento de Cataluña, Carmen Forcadell. (Reuters)
La presidenta del Parlamento de Cataluña, Carmen Forcadell. (Reuters)

El Pleno del Tribunal Constitucional ha rechazado de plano y por unanimidad la recusación de sus 12 miembros que planteó este miércoles la presidenta del Parlamento catalán, Carme Forcadell. El tribunal señala que se trata de una recusación "genéricamente formulada" y que, aunque se refiere al conjunto de los magistrados, en realidad "va dirigida al órgano mismo y no a sus integrantes".

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Forcadell pidió la recusación de todo el TC por su "falta de imparcialidad" y para "garantizar" su derecho de defensa. El escrito, registrado este miércoles, califica la reforma de la ley orgánica del Constitucional como una "reforma exprés de la Constitución" en la que el derecho de defensa está aún más restringido que en la aplicación del Estado de excepción. Forcadell alega en el escrito que no existe en el ordenamiento jurídico español ningún procedimiento que genere tanta "indefensión" como el que prevé la ley orgánica del TC.

La aplicación de las atribuciones sancionadoras del TC, a su juicio, vulnera el artículo 10 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, el Convenio Europeo de los Derechos Humanos y la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, "al no contar con ninguna garantía procesal de un juicio justo".

El Tribunal Constitucional señala en su auto que es un órgano único en su género, que no pertenece al Poder Judicial y que está compuesto sólo por doce magistrados sin posibilidad de sustitución interna. Señala que, según la doctrina constitucional, puede denegarse la tramitación de una recusación tanto como consecuencia de su defectuoso planteamiento procesal como en atención a su argumentación. Así ocurre en aquellos casos en los que la recusación se dirige contra el conjunto de los magistrados, que en anteriores ocasiones el tribunal ya ha calificado "de impertinentes y abusivas".

En este tipo de recusaciones, señala el auto, "vienen a coincidir dos órdenes de peculiaridades". La primera "deriva de la especificidad del Tribunal Constitucional, órgano constitucional único en su género, no integrado en el Poder Judicial, compuesto por doce únicos magistrados, sin posibilidad de sustitución interna, a cuyo Pleno corresponde la competencia en materia de recusación de sus magistrados". La segunda deriva de la naturaleza misma de la recusación, "en la que, propiamente, no se recusa a los magistrados, sino al propio Tribunal Constitucional". Una recusación así, "carece de sustantividad jurídica y no es acreedora de una decisión sobre el fondo".

El Pleno del Tribunal Constitucional ha rechazado de plano y por unanimidad la recusación de sus 12 miembros que planteó este miércoles la presidenta del Parlamento catalán, Carme Forcadell. El tribunal señala que se trata de una recusación "genéricamente formulada" y que, aunque se refiere al conjunto de los magistrados, en realidad "va dirigida al órgano mismo y no a sus integrantes".

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