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La vida del perro Excalibur no vale 150.000€: Sanidad no indemnizará a sus dueños
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la muerte fue "inevitable"

La vida del perro Excalibur no vale 150.000€: Sanidad no indemnizará a sus dueños

El TSJM rechaza la reclamación de la enfermera Teresa Romero y asegura que Sanidad actuó con precaución y pertinencia cuando decidió sacrificar al can en su domicilio de Alcorcón

Foto: Teresa Romero en un homenaje en el primer aniversario del sacrificio de su perro
Teresa Romero en un homenaje en el primer aniversario del sacrificio de su perro

La vida del perro 'Excalibur' no vale 150.000 euros. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) acaba de desestimar las pretensiones de sus dueños, la enfermera Teresa Romero (infectada por el virus del ébola en la crisis sanitaria que se vivió en el otoño de 2014) y su marido Javier Limón, que solicitaban esta indemnización económica después de que la Comunidad de Madrid ordenara el sacrificio del can en octubre de ese año. En una reciente sentencia fechada el 6 de abril, el TSJM condena además a la pareja a pagar las costas del juicio, aunque les permite aún recurrir ante el Tribunal Supremo.

La enfermera y su pareja habían acudido a los tribunales después de que la Consejería de Sanidad rechazara el pasado el 26 de febrero de 2015 la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada por ambos en noviembre de 2014. Teresa y Javier pedían 150.000 euros por los daños morales "que les causó el sacrificio", que ejecutó el 8 de octubre de 2014 el equipo del Centro de Vigilancia Sanitaria Veterinaria (Visavet) de la Universidad Complutense de Madrid. Teresa Romero había sido diagnosticada de ébola dos días antes, el 6, tras atender a un misionero infectado en Liberia. Ese día, la Consejería de Sanidad concluyó que había "un riesgo no asumible en el cuidado del animal", que permanecía solo en el piso de Alcorcón de la enfermera del hospital Carlos III.

Foto: Fachada del Hospital La Paz-Carlos III de Madrid donde permanece hospitalizada la enfermera que atendió al fallecido por fiebre hemorrágica de Crimea-Congo. (EFE)

Un grupo de bomberos forzó la puerta de la vivienda tras la autorización de un juzgado. Luego los veterinarios fabricaron un biombo metálico con ruedas para avanzar sin ser atacados por el perro. Los facultativos estaban protegidos con monos blancos con capucha, máscara completa, calzas y dos pares de guantes. Cuando estaban cerca de 'Excalibur', le dispararon un dardo anestésico. Ya sedado, el can (un macho de 11 años de la raza American Stafford) recibió una inyección de pentobarbital sódico directamente en el corazón, lo que le provocó la muerte. El sacrificio de 'Excalibur', practicamente televisado por los medios de comunicación y las redes sociales, generó una ola de indignación y protestas a las puertas del domicilio que acabaron incluso con algunos activistas en defensa de los animales heridos.

El sacrificio de Excálibur no fue un delito

La pareja afirmaba en su demanda que "la actuación administrativa" de Sanidad vulneró los artículos 24 y 33 de la Constitución Española, y los artículos 3, 4, 17 y 21 de la Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal, argumentando "que se procedió al sacrificio del perro de manera arbitraria y desproporcionada puesto que la decisión no se basó en ninguna evidencia científica, ya que no se accedió previamente al historial clínico del animal, ni se llevó a cabo ningún tipo de diagnóstico previo, ni se tomaron muestras ni se realizaron pruebas médicas que permitieran evaluar el riesgo sanitario de acuerdo con los conocimientos científicos y técnicos de cada momento". Técnicamente el perro no era de ellos, sino del hermano de Teresa.

En su sentencia, el TSJM señala que con carácter general todos los dueños de animales deben "soportar el sacrificio de los mismos como medida de salvaguarda de salud pública, y en el caso que nos ocupa se estaba ante un alto riesgo de epidemia por contagio del virus del ébola". Además, "dado el escaso conocimiento científico sobre la prevención y tratamiento del virus en general, y sobre la infección y potencial riesgo de transmisión por los perros en particular, pero constando que los mismos son un factor de alto riesgo para la transmisión del virus, fue inevitable proceder al sacrificio del perro de los recurrentes ante la imposibilidad real de trasladarlo vivo y de custodiarlo por personal entrenado que pudiera seguir un protocolo de actuación debidamente contrastado y en un establecimiento con condiciones de bioseguridad adecuadas para impedir el contagio de quienes entraran en contacto con el animal y, a través de ellos, a terceras personas".

Es decir, entiende el tribunal que "a los recurrentes tampoco les asiste la razón al afirmar que se procedió al sacrificio del perro de manera arbitraria, desproporcionada y sin base en evidencias científicas" y que Sanidad actuó según los principios de precaución y pertinencia ya que "no existían en nuestro país protocolos ni medios humanos entrenados para manejar al animal con vida". Por lo tanto, los dueños no sufrieron daños morales, "por lo que no tienen derecho a ser indemnizados a título de responsabilidad patrimonial de la Administración demandada".

La vida del perro 'Excalibur' no vale 150.000 euros. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) acaba de desestimar las pretensiones de sus dueños, la enfermera Teresa Romero (infectada por el virus del ébola en la crisis sanitaria que se vivió en el otoño de 2014) y su marido Javier Limón, que solicitaban esta indemnización económica después de que la Comunidad de Madrid ordenara el sacrificio del can en octubre de ese año. En una reciente sentencia fechada el 6 de abril, el TSJM condena además a la pareja a pagar las costas del juicio, aunque les permite aún recurrir ante el Tribunal Supremo.

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