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Meliá gana el pulso a la familia Sánchez Hill en la disputa por sus hoteles en Cuba
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por dos hoteles confiscados en 1959

Meliá gana el pulso a la familia Sánchez Hill en la disputa por sus hoteles en Cuba

Tras cinco años pleiteando, la justicia española archiva de forma definitiva la demanda de una familia de origen cubano contra la hotelera por la confiscación de dos de sus hoteles en la isla

Foto: Gabriel Escarrer, presidente de Meliá Hotels International.
Gabriel Escarrer, presidente de Meliá Hotels International.

La Audiencia Provincial de Palma de Mallorca ha vuelto a dar la razón a Meliá, ya de forma definitiva, tras confirmar la decisión del Juzgado de Primera Instancia nº24 de Palma de archivar la demanda presentada por la familia Sánchez Hill, de origen cubano, en la que reclamaba una indemnización millonaria a la hotelera y a su socio cubano, la compañía estatal Gaviota, por la explotación de dos de sus hoteles en Cuba, Paradisus Rio de Oro y Sol Rio y Luna Mares, según consta en el auto al que ha tenido acceso El Confidencial, fechado el 19 de abril. El tribunal confirma así la decisión del juzgado de instancia, que declaró la falta de jurisdicción y de competencia internacional para conocer el asunto.

La familia reclamaba una indemnización de al menos 10 millones tras alegar que los hoteles pertenecían a sus antepasados y les fueron confiscados (que no expropiados, pues no hubo indemnización) tras la Revolución cubana de 1959.

La demanda fue presentada ante la justicia española en 2019 después de que el Gobierno de Donald Trump reactivase la polémica Ley Helms-Burton, una ley que permite a norteamericanos y cubanos nacionalizados reclamar indemnizaciones en los tribunales de EEUU por los bienes que les fueron confiscados por Fidel Castro.

Larga disputa judicial

La familia, residente en EEUU, ha sustentado su demanda en el llamado enriquecimiento injusto, ya que la citada Ley Helms-Burton no resulta aplicable en España.

Apenas tres meses después de su presentación, el juzgado de instancia acordó archivarla tras señalar que no tiene competencia para resolver pleitos sobre inmuebles situados fuera de su territorio. Garrigues ha sido el asesor de Meliá durante todo el proceso judicial.

Este archivo fue recurrido por la familia y la Audiencia de Palma ordenó al juzgado reabrir la causa. Posteriormente, Meliá alegó que la demanda no podía dirigirse solo contra la hotelera y que también debía incluirse a Cuba como codemandada. Los Sánchez Hill ampliaron la demanda para incluir no solo al Estado cubano, sino también a Gaviota, el socio cubano de la hotelera. Tras constatar que no se les había notificado el procedimiento correctamente, el juzgado decretó la nulidad de actuaciones (el juzgado llegó a declarar a Cuba en rebeldía) para emitir la cédula de emplazamiento de la República de Cuba y de Gaviota.

Tras personarse correctamente en el proceso, Gaviota presentó una declinatoria, a la que se adhirió Meliá, que ha sido determinante para archivar de forma definitiva el procedimiento.

La sociedad cubana asociada a Meliá, defendida en el caso por Díez-Picazo Abogados, sostuvo en su escrito que Cuba goza de inmunidad de jurisdicción, y dado que la demanda iba dirigida contra Cuba, Meliá y Gaviota, esa falta de jurisdicción se extiende a todos.

También apuntó que atender la demanda de los Sánchez Hill implicaba pronunciarse sobre actos soberanos del Estado cubano, lo cual no es posible, y sobre bienes ubicados dentro de Cuba sin efectos extraterritoriales en España. La jueza, con el apoyo del Ministerio Fiscal, estimó los argumentos de la sociedad y archivó el procedimiento por falta de jurisdicción y de competencia internacional, decisión que ahora ha quedado confirmada por la Audiencia de Palma.

La Audiencia Provincial de Palma de Mallorca ha vuelto a dar la razón a Meliá, ya de forma definitiva, tras confirmar la decisión del Juzgado de Primera Instancia nº24 de Palma de archivar la demanda presentada por la familia Sánchez Hill, de origen cubano, en la que reclamaba una indemnización millonaria a la hotelera y a su socio cubano, la compañía estatal Gaviota, por la explotación de dos de sus hoteles en Cuba, Paradisus Rio de Oro y Sol Rio y Luna Mares, según consta en el auto al que ha tenido acceso El Confidencial, fechado el 19 de abril. El tribunal confirma así la decisión del juzgado de instancia, que declaró la falta de jurisdicción y de competencia internacional para conocer el asunto.

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