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Este es el plazo del voto por correo de las elecciones Europeas 2024: ¿hasta cuándo puedo mandarlo?
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Comicios 9 de junio

Este es el plazo del voto por correo de las elecciones Europeas 2024: ¿hasta cuándo puedo mandarlo?

Ya puedes solicitar tu sufragio por correspondencia en caso de que sea esta la forma en la que quieras votar para los comicios al Parlamento Europeo, que se celebran en menos de un mes

Foto: Recuento del voto CERA en las pasadas elecciones vascas. (Europa Press)
Recuento del voto CERA en las pasadas elecciones vascas. (Europa Press)

El próximo 9 de junio, los ciudadanos de la Unión Europea acudirán a las urnas para renovar los 720 escaños del Parlamento Europeo. Ante la posibilidad de no poder asistir a los colegios electorales el día de la votación, los electores tienen la opción de votar por correo. Este procedimiento facilita la participación y garantiza que nadie se quede sin ejercer su derecho al voto debido a circunstancias personales o profesionales.

La solicitud para votar por correo se puede realizar hasta el 30 de mayo. Los interesados pueden gestionar esta solicitud de manera presencial en cualquier oficina de Correos presentando su DNI, pasaporte, permiso de conducir o tarjeta de residencia, en caso de ciudadanos de la UE. Alternativamente, también es posible solicitar el voto por correo a través de la página web de Correos utilizando un DNI electrónico o un certificado digital válido.

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Una vez enviada la solicitud, la Oficina del Censo Electoral enviará al domicilio indicado la documentación necesaria, a partir del 20 de mayo. Esta incluye las papeletas electorales, sobres para la votación, un certificado de la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral y un sobre con la dirección de la Mesa Electoral correspondiente.

La recepción de esta documentación debe ser firmada personalmente por el destinatario, quien debe acreditar su identidad con los documentos mencionados. En caso de no estar presente en el momento de la entrega, el elector deberá recoger el paquete en la oficina de Correos correspondiente o autorizar a otra persona para hacerlo en su nombre.

Plazo para enviar el voto

Una vez recibida la documentación, el votante debe seleccionar la papeleta de su preferencia, introducirla en el sobre de votación y cerrarlo. Este sobre, junto con el certificado, debe ser introducido en un sobre final dirigido a la Mesa Electoral. El último día para enviar el voto por correo certificado es el 6 de junio y se puede entregar en cualquier oficina de Correos de España. Será esta la que se encargará de entregar estos votos a las mesas electorales el día de las elecciones.

Fechas clave

Para facilitar el proceso, es importante tener en cuenta las siguientes fechas:

- Desde el 17 de abril: inicio del plazo para solicitar el voto por correo.

- 30 de mayo: fecha límite para solicitar el voto por correo.

- 6 de junio: último día para enviar el voto por correo certificado.

- 9 de junio: fecha de las elecciones, día en que Correos entregará los votos a las mesas electorales.

Voto desde el extranjero

Los ciudadanos españoles que residen temporalmente en el extranjero pueden participar en las elecciones mediante el voto ERTA, siempre que estén inscritos para votar en España. Estos deben solicitar este tipo de voto en la Oficina Consular correspondiente hasta el 11 de mayo y enviar su voto por correo certificado antes del 5 de junio.

Para los españoles que viven permanentemente en el extranjero (voto CERA), los materiales electorales serán enviados a la dirección registrada en el Censo de Electores Residentes Ausentes. Estos ciudadanos pueden votar en persona en la embajada o consulado entre el 1 y el 6 de junio, o enviar su voto por correo certificado antes del 4 de junio.

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