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Último día para solicitar el voto por correo en las elecciones del 26-M: guía para rezagados
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Último día para solicitar el voto por correo en las elecciones del 26-M: guía para rezagados

El primer trámite, que consiste en recoger y entregar un certificado de inscripción en el Censo, puede agilizarse si se hace 'online', pero en cualquier caso habrá que acudir a Correos

Foto: Un elector hace cola para votar por correo. (EFE)
Un elector hace cola para votar por correo. (EFE)

Los residentes en España que quieran votar por correo en las elecciones municipales, autonómicas y europeas del próximo 26 de mayo tienen hasta el cierre de las oficinas este jueves para solicitar su derecho. Aunque la participación en los comicios regionales suele menguar con respecto a los de ámbito nacional —y más incluso en los continentales— multitudinarias colas pueden sucederse como ya ocurrió de cara al 28 de abril, cuando más de 1.300.000 personas depositaron sus papeletas a través del servicio postal.

[Correos abrirá este fin de semana para facilitar el voto por correo]

Los interesados tendrán que acudir a una oficina de Correos para gestionar el primer trámite, que consiste en recoger y entregar un certificado de inscripción en el Censo mostrando el DNI, permiso de conducir, pasaporte o tarjeta de residencia de extranjero para acreditar la identidad. También es posible efectuar este paso de forma telemática a través de la siguiente dirección, que permite cumplimentar el impreso 'online' y hacer las copias necesarias para su posterior presentación.

Cómo solicitarlo 'online'

1. Datos del elector. El primer bloque a rellenar está dedicado a la información básica del elector (nombre, apellidos, fecha de nacimiento y DNI).

2. Dirección de remisión. Mediante el siguiente apartado, el elector ha de especificar la dirección donde quiere recibir la documentación.

3. Datos de la persona autorizada. En caso de enfermedad o incapacidad —acreditada por medio de certificación médica oficial— la solicitud puede ser firmada y presentada en nombre del elector por persona autorizada notarial o consularmente. El elector tiene derecho a que estos dos documentos sean gratuitos y deberá incluirlos en el sobre de remisión.

4. Fecha de la solicitud. Para completar el formulario, será necesario escribir la fecha de firma y el nombre de la provincia en cuyo censo figuara inscrito el elector.

5. Confirmación. Antes de generar la solicitud, es importante revisar los datos para evitar malentendidos.

6. Imprimir. Por último, el usuario deberá imprimir los dos documentos que se generan: una copia para la delegación provincial de la Oficina del Censo Electoral y otra para sí mismo.

placeholder Formulario 'online' para solicitar el voto por correo.
Formulario 'online' para solicitar el voto por correo.

Horario de las oficinas

Aunque se realice el proceso de forma telemática, los impresos de la solicitud de voto por correo deben ser presentados personalmente en las oficinas de Correos, donde después de comprobar la identidad del elector, serán fechados y sellados. El ejemplar dirigido a la delegación provincial de la Oficina del Censo Electoral de su provincia de inscripción deberá ser introducido en el sobre de remisión, en el cual se deberá adherir una etiqueta con la información de destinatario y de remitente.

En circunstancias normales, este segundo paso se podrá efectuar en el horario habitual de cada local, si bien la entidad pública ha anunciado que ampliará la franja en algunas oficinas de las principales ciudades (que pueden consultarse en este enlace) y que para facilitar las gestiones abrirá las puertas de sus locales durante los festivos y el domingo 19 de mayo, en horario de mañana, sólo para los trámites relacionados con el voto por correo.

Plazos para la emisión del voto

Entre el 6 y el 19 de mayo se abre el plazo para recibir la documentación facilitada por la Oficina del Censo Electoral. Se requerirá que el solicitante la obtenga personalmente en su domicilio y, en caso contrario, el cartero remitirá un aviso que le conmina a acudir a recogerla en la oficina donde la solicitó. La sede electrónica del Instituto Nacional de Estadística (INE) permite localizar la solicitud y consultar el estado del envío​ de la documentación en tiempo real. Si las papeletas no llegan en esos días, será posible reclamarlas en las mismas dependencias de Correos donde se realizó la solicitud.

Una vez recibida la documentación, el ciudadano deberá rellenar la papeleta de voto o elegirla entre las distinas opciones, insertarla en el sobre y cerrarlo completamente para, posteriormente, acudir de nuevo a una oficina con el fin de depositar el voto. Esta segunda operación se puede llevar a cabo desde el 6 hasta el 24 de mayo, después de que la Junta Electoral haya decidido ampliar el plazo de emisión originalmente previsto para el día 22 —cuatro días antes de que abran los colegios electorales—. La oficina tramitará el envío como correo certificado y urgente, con carácter gratuito.

Los residentes en España que quieran votar por correo en las elecciones municipales, autonómicas y europeas del próximo 26 de mayo tienen hasta el cierre de las oficinas este jueves para solicitar su derecho. Aunque la participación en los comicios regionales suele menguar con respecto a los de ámbito nacional —y más incluso en los continentales— multitudinarias colas pueden sucederse como ya ocurrió de cara al 28 de abril, cuando más de 1.300.000 personas depositaron sus papeletas a través del servicio postal.

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