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¿Hasta cuándo se puede votar por correo en las elecciones municipales? Plazos y horarios
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El plazo se amplía hasta el 24 de mayo

¿Hasta cuándo se puede votar por correo en las elecciones municipales? Plazos y horarios

El 16 de mayo es la fecha límite para solicitar el derecho, mientras que la documentación podrá recibirse hasta el día 19 y el voto podrá emitirse dos días antes de que abran los colegios

Foto: Un grupo de personas hace cola para votar por correo. (EFE)
Un grupo de personas hace cola para votar por correo. (EFE)

España vive una triple cita electoral el próximo 26 de mayo después de que Pedro Sánchez venciera en las elecciones generales y, al igual que en aquella ocasión, el voto por correo podría marcar una cifra récord. En aquella ocasión lo ejercieron más de 1.300.000 personas y las colas en las oficinas fueron tan mulititudinarias que la Junta Electoral Central tuvo que ampliar en varias ocasiones el plazo para depositar las papeletas a través del servicio postal.

Se dé o no una situación similar, la fecha para solicitar el voto por correo es inamovible y tiene como límite este jueves, 16 de mayo. Hasta entonces, los interesados tendrán que acudir a una oficina de Correos para gestionar el primer trámite, que consiste en recoger y entregar un certificado de inscripción en el Censo mostrando el DNI, permiso de conducir, pasaporte o tarjeta de residencia de extranjero para acreditar la identidad. También es posible efectuar este paso de forma telemática a través de la siguiente dirección, que permite cumplimentar el impreso 'online' y hacer las copias necesarias para su posterior presentación.

Los impresos de la solicitud de voto por correo deben ser presentados personalmente por el interesado en las oficinas de Correos, donde después de comprobar su identidad, serán fechados y sellados. El ejemplar dirigido a la delegación provincial de la Oficina del Censo Electoral de su provincia de inscripción deberá ser introducido en el sobre de remisión, en el cual se deberá adherir una etiqueta con la información de destinatario y de remitente.

Foto: Largas colas en Correos para votar en las elecciones generales del 28 de abril de 2019. (EFE)

La entidad pública ha anunciado que ampliará el horario de algunas oficinas de las principales ciudades (que pueden consultarse en este enlace) y que para facilitar las gestiones abrirá las puertas de sus locales durante los festivos y el domingo 19 de mayo, en horario de mañana, sólo para los trámites relacionados con el voto por correo.

Entre el 6 y el 19 de mayo se abre el plazo para recibir la documentación facilitada por la Oficina del Censo Electoral. Se requerirá que el solicitante la obtenga personalmente en su domicilio y, en caso contrario, el cartero remitirá un aviso que le conmina a acudir a recogerla en la oficina donde la solicitó. La sede electrónica del Instituto Nacional de Estadística (INE) permite localizar la solicitud y consultar el estado del envío​ de la documentación en tiempo real.

Una vez recibida la documentación, el ciudadano deberá rellenar la papeleta de voto o elegirla entre las distinas opciones, insertarla en el sobre y cerrarlo completamente para, posteriormente, acudir de nuevo a una oficina con el fin de depositar el voto. Esta segunda operación se puede llevar a cabo desde el 6 hasta el 24 de mayo, después de que la Junta Electoral haya decidido ampliar el plazo de emisión originalmente previsto para el día 22 —cuatro días antes de que abran los colegios electorales—. La oficina tramitará el envío como correo certificado y urgente, con carácter gratuito.

Voto por correo desde España

  • 3 abril - 16 de mayo: solicitud de voto por correo.
  • 6 de mayo - 19 de mayo: envío de la documentación.
  • 6 de mayo - 24 de mayo: remisión del voto por correo.

Voto por correo de residentes en el extranjero

  • 2 de abril - 28 de abril: solicitud de voto por correo.
  • Hasta el 24 de mayo: envío del voto por correo.

Voto presencial de residentes en el extranjero

  • 2 de abril - 27 de abril: solicitud del voto.
  • 22 de mayo - 24 de mayo: voto en la oficina o sección consular.

Residentes en España temporalmente fuera

  • Antes del 28 de abril: solicitud de la documentación.
  • Hasta el 24 de mayo: remisión del voto por correo

España vive una triple cita electoral el próximo 26 de mayo después de que Pedro Sánchez venciera en las elecciones generales y, al igual que en aquella ocasión, el voto por correo podría marcar una cifra récord. En aquella ocasión lo ejercieron más de 1.300.000 personas y las colas en las oficinas fueron tan mulititudinarias que la Junta Electoral Central tuvo que ampliar en varias ocasiones el plazo para depositar las papeletas a través del servicio postal.

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