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Hijos, padres, cónyuge... Así se repartirá tu patrimonio si no haces testamento
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Hijos, padres, cónyuge... Así se repartirá tu patrimonio si no haces testamento

Sin este documento, el cónyuge solo heredará si no hay ascendientes ni descendientes. En todo caso, Abante recuerda que para realizar una buena planificación sucesoria, con el testamento no basta: “Organizar la herencia va más allá”

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Nos cuesta pensar en el futuro, mucho más si se trata de preparar nuestra sucesión. A día de hoy, la gran mayoría de los españoles sigue sin hacer testamento, y aunque el número se ha incrementado desde la llegada de la pandemia, todavía es minoritario: 690.863 personas prepararon este documento en 2022, tan solo un 1,4% de los residentes en España, según los últimos datos a año completo del Consejo General del Notariado.

La cifra sorprende aún más si tenemos en cuenta lo sencillo que resulta llevar a cabo este papeleo: basta con coger el DNI y acudir a un notario. Una vez allí, “será él quien informará y asesorará jurídicamente al testador para adecuar su voluntad a la ley”, explica el colectivo. El precio medio de este trámite oscila entre los 38 y los 50 euros.

Pero ¿qué ocurrirá con tu patrimonio si no lo llevas a cabo? Será la ley (el Código Civil o la legislación civil de las comunidades autónomas) la que determinará quién o quiénes heredarán siguiendo un orden de parentesco; y el gran perjudicado podría ser tu cónyuge en casi todos los casos.

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Por ejemplo, si tienes dos hijos y un cónyuge, este último solamente recibirá el usufructo (uso y disfrute vitalicio) de un tercio de la herencia, y tus hijos recibirán el resto del patrimonio a partes iguales. El valor del usufructo será mayor o menor en función de la edad del viudo (a más edad, menor valor del usufructo). Esto podría provocar que quede en una situación financiera complicada o perder mucho nivel de vida si cuenta con unos ingresos bajos o poca liquidez.

Para evitar esto, cuando hay descendientes, desde Abante Asesores recomiendan “realizar un ejercicio de planificación sucesoria que nos ayude a determinar cómo queremos que ocurran las cosas y cómo queremos que se reparta y gestione nuestro patrimonio. Si realizamos testamento, podríamos dejar a nuestro cónyuge, por ejemplo, el usufructo universal (usufructo de toda la herencia) o el tercio de libre disposición más el usufructo del tercio de mejora. Incluso, podríamos dejarle elegir en el momento del fallecimiento cuál de estos dos escenarios prefiere”.

Si no hay testamento de por medio, tu cónyuge solo heredará el patrimonio en el caso de fallecer sin ascendientes ni descendientes

Si no tienes hijos y sí ascendientes, la situación tampoco resultaría muy favorable para tu esposo/a: los herederos forzosos serían tus padres o abuelos, quienes recibirían al menos un tercio de la herencia, mientras que tu cónyuge recibiría el usufructo de la mitad de la herencia. Los dos tercios restantes son de libre disposición, aunque en el caso de no tener testamento, tu cónyuge recibiría el usufructo del 50% de la herencia y los ascendientes, el resto.

De esta manera, si no hay testamento de por medio, tu cónyuge solo heredará el patrimonio en el caso de fallecer sin ascendientes ni descendientes. Además, si no estabais casados y erais pareja de hecho, este no heredará los bienes, salvo en algunas comunidades autónomas.

“Pensar en nuestra sucesión es un tema delicado que, aunque nos preocupa, no suele estar entre nuestras prioridades del presente. Actuamos así porque tenemos estructuras cerebrales de millones de años que están diseñadas para que pensemos siempre en el corto plazo, lo que nos hace visualizar el presente en primera persona y el futuro, en tercera”, señala Paula Satrústegui, socia de Asesoramiento patrimonial de Abante. En todo caso, añade, para realizar un buen ejercicio de planificación sucesoria, con el testamento no basta: “Organizar la herencia va mucho más allá”.

Planificar la herencia (más allá del testamento)

La baraja de preguntas que debemos hacernos al planificar la sucesión, según Paula Satrústegui, es muy amplia. Y el testamento, no es la respuesta a todas ellas. ¿Qué decisiones sobre mi patrimonio puedo adelantar? ¿Qué opciones tengo para asegurar que mi familia esté protegida si me sucede algo? ¿Tengo el testamento que más se ajusta a mis deseos y las necesidades de mi familia? ¿Me conviene hacer una donación en vida?

"Planificar la sucesión no se limita a hacer un testamento. Lo primero es tener una imagen precisa de nuestro patrimonio para poder organizarlo de una forma realista. Y decidir cómo lo queremos repartir y cuándo hacerlo". La socia de Asesoramiento patrimonial de Abante recuerda, además, que "este ejercicio no es un hecho aislado, sino que debe formar parte de nuestro plan personal y patrimonial, es decir, de nuestro proyecto biográfico. Esto es lo que nos va a permitir tomar decisiones sensatas y coherentes con nuestros objetivos y con nuestra situación personal, familiar, financiera y empresarial".

Pongamos un ejemplo ilustrado de la Guía de Planificación Sucesoria de Abante. Álvaro es viudo y, ante los rumores de posibles aumentos impositivos, quería saber si tenía sentido traspasar en estos momentos parte del patrimonio a sus hijos. En primer lugar, habría que analizar su proyecto biográfico. ¿Cuál es el coste de mantener el nivel de vida actual a lo largo de los próximos años? "Tras analizar los ingresos y los gastos que tendrá, observamos que necesitará 20.000 euros anuales. Dicho déficit aumentará con la inflación a lo largo del tiempo".

Una vez determinado el coste del objetivo (775.845 euros, según los cálculos de Abante), "debemos analizar el patrimonio que tenemos en la actualidad para financiarlo". Después, una vez resuelto el coste del objetivo y el patrimonio financiero disponible, "podremos ver cómo va a evolucionar el patrimonio financiero teniendo en cuenta esos ingresos y gastos en distintos escenarios de rentabilidad".

placeholder Fuente: Abante.
Fuente: Abante.

"Tras comprobar que tenemos patrimonio suficiente para mantener el nivel de vida -explica Abante- podremos ver cuál es el patrimonio que nos sobra y que, por tanto, podremos donar si queremos a nuestros hijos. Una vez que sabemos que hay una parte de nuestro patrimonio que podemos donar, ya podemos contextualizar qué impacto tendría si volviesen el Impuesto de Patrimonio (IP) y el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) y así determinar la conveniencia de realizar dicha donación".

En el caso de Álvaro, como explica Paula Satrústegui, "vemos que si dona 240.000 euros a su hijo el coste del ISD sería de 401 euros, ya que en la actualidad existe una bonificación en dicha región. Si no existiese dicha bonificación el coste sería de 40.131 euros. A dicho coste habría que añadir los gastos de notario e IRPF. Además, podemos que ver que el coste del IP sería de 7.447 euros y, en caso de realizar la donación, bajaría a 5.287 euros. Teniendo en cuenta estos números podremos determinar si merece la pena realizar esa donación o es mejor esperar al fallecimiento".

Otros productos para la planificación

En todo caso, existen otros productos financieros de ahorro e inversión, como los seguros de vida y los planes de pensiones, que podemos tener en cuenta a la hora de planificar la sucesión. Por ejemplo, "el tomador de un seguro podría dejar como beneficiario a la persona que quisiera, aunque aquí los abogados advierten de que utilizar los seguros para saltarse la legítima puede dar lugar a reclamaciones por parte de los herederos forzosos, que podrían reclamar las primas pagadas", explica la socia de Asesoramiento patrimonial de Abante.

Respecto a los planes de pensiones, añade, hay que tener en cuenta que "el partícipe puede designar al beneficiario las cantidades que él quiera". En este sentido, Satrústegui recuerda que "esos derechos consolidados no tributan en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, sino que siguen la misma regla fiscal que los planes de pensiones, es decir, pasarían a considerarse rendimientos del trabajo del beneficiario, tributando, así, en el IRPF en el momento del rescate".

Aunque puede resultar abrumador en un primer momento, “todo este ejercicio nos va a ayudar a ganar perspectiva para reconocer la parte más intangible, ser realista con ella y comprometernos para, después, pintar esos objetivos en números y trazar el plan financiero y patrimonial que nos permita alcanzarlos y dejar a nuestra familia como queremos, de forma que ganemos tranquilidad y seguridad para el futuro”, ultima Satrústegui.

Nos cuesta pensar en el futuro, mucho más si se trata de preparar nuestra sucesión. A día de hoy, la gran mayoría de los españoles sigue sin hacer testamento, y aunque el número se ha incrementado desde la llegada de la pandemia, todavía es minoritario: 690.863 personas prepararon este documento en 2022, tan solo un 1,4% de los residentes en España, según los últimos datos a año completo del Consejo General del Notariado.

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