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¿Cuándo se cobra el ingreso mínimo vital? Esta es la fecha para recibir la ayuda
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Se notificará por SMS

¿Cuándo se cobra el ingreso mínimo vital? Esta es la fecha para recibir la ayuda

Tras los cambios introducidos para flexibilizar los requisitos y agilizar los trámites, el plazo máximo de resolución es de seis meses y el período de retroactividad se alarga hasta el 31 de diciembre

Foto: Varios desempleados hacen cola en las oficinas del INEM - Archivo. (EFE)
Varios desempleados hacen cola en las oficinas del INEM - Archivo. (EFE)

Más de 400.000 personas en 150.000 hogares se benefician ya del ingreso mínimo vital, según el secretario de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, Israel Arroyo. Pese a que hasta el pasado mes aún eran muchas las solicitudes denegadas y otras tantas las pendientes de aprobación, a falta de subsanar errores u ofrecer datos complementarios, el Gobierno asegura que la flexibilización de los requisitos decretada el pasado mes de septiembre está surtiendo efecto. Pero, ¿qué hay de quienes permanecen a la espera? ¿Cuándo cobrarán la prestación los beneficiarios?

Los solicitantes a quienes se les acepte la prestación la cobrarán el primer día laborable del mes, con lo cual el próximo pago será el martes, 1 de diciembre. "Como pasa con el desempleo y las pensiones, algunos bancos adelantan el pago a los beneficiarios, pero desde la Seguridad Social lo liberamos el primer día laborable del mes", explica a preguntas de este periódico el departamento que dirige Escrivá.

Todas las personas que presenten su solicitud durante los seis primeros meses —antes del 31 de diciembre— tienen derecho a ella con efectos retroactivos al 1 de junio. Desde el 31 de diciembre, regirá el artículo 11 del Real Decreto-ley 20/2020, que establece los mismos plazos contemplados para otros trámites de la Seguridad Social: "El derecho a la prestación del ingreso mínimo vital nacerá a partir del primer día del mes siguiente al de la fecha de presentación de la solicitud". En otras palabras, quienes presenten su solicitud el 20 de enero y cumplan con los requisitos, tendrán derecho a cobrar a partir del 1 de febrero, por poner un ejemplo.

Foto: Una persona sin recursos en una calle de Valencia (EFE)

Después de que el Consejo de Ministros aprobara una serie de modificaciones en la normativa que regula el ingreso mínimo vital, el organismo estatal tiene la obligación de resolver y notificar el procedimiento en un plazo máximo de seis meses desde la fecha de entrada en el registro del expediente administrativo, en lugar de los tres meses previstos inicialmente. Además, no se producirá ninguna desestimación por silencio administrativo. "Con esta medida se pretende evitar que los problemas que han tenido los ciudadanos para obtener toda la documentación, especialmente en el contexto de pandemia, les haga perder derechos económicos", señala el ministerio en un comunicado.

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) notificará a los solicitantes a través de un SMS —que en el caso de las unidades de convivencia recibiría el titular que solicita la ayuda en nombre de todos los miembros del hogar— si se ha aceptado la ayuda. A las familias que tengan derecho a la renta mínima por haber recibido una asignación de menor a cargo también se les comunicará la noticia por medio de un mensaje y se les hará llegar una resolución donde se explica su concesión.

Comprobar el estado de la solicitud

El estado de la solicitud puede comprobarse en cualquier momento a través de la sede electrónica de la Seguridad Social, desde la misma web mediante la cual se tramitan las solicitudes. Para ello, se necesitará haber anotado previamente el código de la solicitud que el sistema ofrece al usuario al finalizar el trámite, un número largo que contiene tanto cifras numéricas como letras y que se muestra en la pantalla una vez se han revisado los datos introducidos en la última página del formulario. Con esta clave en mano, bastará con seguir los siguientes pasos:

  1. Acceder a la sede electrónica de la Seguridad Social con el certificado Cl@ve o sin él.
  2. Dirigirse al apartado 'Aportar documentación a la solicitud'.
  3. Introducir el código y el DNI.
  4. Comprobar el estado de la solicitud.

Más de 400.000 personas en 150.000 hogares se benefician ya del ingreso mínimo vital, según el secretario de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, Israel Arroyo. Pese a que hasta el pasado mes aún eran muchas las solicitudes denegadas y otras tantas las pendientes de aprobación, a falta de subsanar errores u ofrecer datos complementarios, el Gobierno asegura que la flexibilización de los requisitos decretada el pasado mes de septiembre está surtiendo efecto. Pero, ¿qué hay de quienes permanecen a la espera? ¿Cuándo cobrarán la prestación los beneficiarios?

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