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La cesta de Navidad también tributa a Hacienda: ¿qué hay que pagar si se gana una?
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La cesta de Navidad también tributa a Hacienda: ¿qué hay que pagar si se gana una?

La cesta de Navidad que se gana en un sorteo se considera ganancia patrimonial, por lo que hay que tributar por ello en la base general de la declaración del IRPF

Foto: Cesta de Navidad (Pixabay)
Cesta de Navidad (Pixabay)

A pesar de que el sector de las cestas de Navidad tuvo una fuerte que crisis que hizo pensar que estaba condenado al fracaso, durante los últimos años ha venido resurgiendo de sus cenizas. Entre los años 2007 y 2012, en plena crisis económica, se redujo a la mitad la venta de cestas por año. Sin embargo, el año pasado ya se vio un incremento de un 10% en la adquisición de cestas, un sector en vías de alcanzar las cifras previas a la crisis.

Los orígenes de la costumbre de entregar en las empresas una cesta de Navidad se remonta a la Antigua Roma, donde ya existía la tradición pagana de celebrar Saturnalia, la festividad con la que los romanos celebraban el solsticio de invierno, ofreciendo una cesta llena de alimentos durante el mes de diciembre. Ahora, es relativamente común que las empresas continúen esta tradición y que los españoles participen en sorteos de otras, ya sea en el supermercado del barrio, en el bar donde uno se toma las cañas con los amigos o en la peluquería de turno.

Es importante tener en cuenta que a ojos de Hacienda, no es lo mismo una cesta de Navidad que se gana en uno de estos sorteos que la que entrega la compañía en la que uno trabaja como obsequio antes de que acabe el año. Desde la compañía de seguros Legálitas recuerdan que si bien no es habitual que el ganador lo declare ni que Hacienda lo reclame, "la ley especifica que cualquier ganancia patrimonial debería declararse en el IRPF​, no siendo indiferente, por tanto, las cestas y macrocestas sorteadas según el número ganador del Sorteo de Navidad".

En Legálitas explican las diferencias que existen entre ambos tipos de cestas: por un lado, la que regalan las empresas son consideradas retribución en especie, "con lo cual habría que valorar a precio de mercado esos artículos y se sumaría al salario, en el apartado de retribuciones en especie". Entretanto, por el otro lado, las cestas que se reciben como consecuencia de un sorteo se consideran ganancias patrimoniales que no derivan de la transmisión de un elemento patrimonial, por lo que van a la base general y el valor será el de mercado. Así, si el 22 de diciembre, día de la Lotería de Navidad se resulta ganador de una gran cesta, "la Ley del IRPF recoge que deberemos tributar por ello en la base general de la declaración del IRPF correspondiente a ese ejercicio".

Ganancias en especie

En caso de que lo que se gane sea un artículo de más categoría, como una bicicleta, una moto, un ordenador o un vehículo, es importante recordar que el premiado tiene que disponer de liquidez suficiente para hacer frente al pago de Hacienda por dicha ganancia patrimonial. "Una alegría que finalmente se puede volver un quebradero de cabeza", advierte Legálitas, ya que la Agencia Tributaria obliga a tributar por este premio.

Si la 'cesta' en sí es un vehículo, el premiado deberá pagar, además, el impuesto de matriculación, el impuesto de circulación y los cambios de titularidad de Tráfico. Si el afortunado lo que gana es una vivienda, tendrá que pagar también los correspondientes tributos de transmisión de vivienda.

A pesar de que el sector de las cestas de Navidad tuvo una fuerte que crisis que hizo pensar que estaba condenado al fracaso, durante los últimos años ha venido resurgiendo de sus cenizas. Entre los años 2007 y 2012, en plena crisis económica, se redujo a la mitad la venta de cestas por año. Sin embargo, el año pasado ya se vio un incremento de un 10% en la adquisición de cestas, un sector en vías de alcanzar las cifras previas a la crisis.

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