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Las claves que debe tener en cuenta en su cita anual con Hacienda
  1. Economía
SUBEN EL IRPF Y LOS TIPOS SOBRE EL AHORRO

Las claves que debe tener en cuenta en su cita anual con Hacienda

Es momento de pasar por caja y rendir cuentas con Hacienda. Desde el pasado 2 de abril y hasta el próximo 1 de julio los contribuyentes

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Las claves que debe tener en cuenta en su cita anual con Hacienda

Es momento de pasar por caja y rendir cuentas con Hacienda. Desde el pasado 2 de abril y hasta el próximo 1 de julio los contribuyentes están llamados a solicitar y confirmar sus borradores de la declaración de la renta de 2012, en la que hay que prestar especial atención al aumento del IRPF y los tipos en la base imponible del ahorro.

1. Novedades en el IRPF

La principal novedad de la declaración de 2012 es la subida del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas). Su aplicación se realiza de forma proporcional y aumenta el porcentaje de retención sobre las rentas del trabajo. Los incrementos van desde el 0,75 puntos porcentuales para las rentas más bajas, que pasarán de tributar a un tipo del 24% al 24,75%, hasta el aumento de siete puntos básicos que tendrán que abonar los contribuyentes con ingresos a partir de 300.000 euros, que pagarán un 52% en vez del 45% anterior. 

 

2. Novedades en la base imponible del ahorro

Otro de los principales aspectos de 2012 es el aumento de los tipos en la base imponible del ahorro. Hasta 2011, la tributación de las rentas generadas del ahorro oscilaba entre el 19% o 21%, en función de la cuantía. Sin embargo, el año pasado entraron en vigor los nuevos tramos en los que se aplica una subida de hasta seis puntos porcentuales para quienes hayan obtenido beneficios derivados de sus inversiones superiores a 24.000 euros, ya que pasa del 21% al 27%. 

 

Estas alzas, que estarán vigentes también en 2013, pueden provocar sorpresas negativas en la declaración, según señala Paloma Fernández España, de Cuatrecasas, que advierte de que las plusvalías pueden haber sufrido en origen retenciones del 21%, que no serán suficientes para pagar lo correspondiente por ese impuesto.

3Cómo compensar plusvalías y minusvalías

Dentro de la base imponible del ahorro se incluyen tanto los rendimientos del capital mobiliario (que pueden generar pérdidas y ganancias) como las rentas generadas por transmisiones patrimoniales (que generan plusvalías o minusvalías).

Se entiende por rendimiento del capital mobiliario los beneficios o pérdidas derivadas de la transmisión de valores mobiliarios, entre los que se incluyen, entre otros, las acciones, los dividendos, la renta fija, los depósitos o las cuentas corrientes, así como los regalos en especie que hacen las entidades bancarias. Las ganancias generadas por cualquiera de estos productos pueden compensarse con pérdidas derivadas también de las inversiones de la misma naturaleza. Además, las pérdidas pueden compensarse durante los cuatro años siguientes. 

En este sentido, Paloma Fernández señala que hasta hace unos años no era frecuente que se produjeran pérdidas en los rendimientos del capital mobiliario, pero ahora sí aparecen. “No es muy normal encontrarse rendimientos negativos, pero en los últimos años sí los hemos contabilizado en productos que estaban invertidos en Madoff o con estructurados y productos complejos”, apunta.

Por otra parte, también se pueden compensar entre sí las minusvalías y las plusvalías que se derivan de la trasmisión patrimonial de elementos. En este apartado se incluyen, por ejemplo, los fondos de inversión. A este respecto cabe recordar que en estos productos solo se tributa cuando se reembolsa (no mientras se está invertido) y que los traspasos entre fondos no tienen peaje fiscal.

4. Planes de pensiones

Mención aparte merecen los planes de pensiones. Las prestaciones tributan como rendimientos del trabajo personal en el IRPF, que actualmente tiene una base imponible de entre el 24,7% y el 52%, salvo en algunas comunidades como Cataluña, donde alcanza el 56%. Existe, sin embargo, una reducción del 40% para los beneficiarios de planes contratados antes de 2006 (cuando cambió la normativa) siempre que rescaten en forma de capital.

En lo que respecta a las aportaciones, estas permiten a los ahorradores beneficiarse de una reducción en la base imponible de IRPF, aunque con límites. Existen dos topes: uno cuantitativo y otro porcentual, y se toma como referencia el que primero se alcance. En el cuantitativo, el máximo deducible son 10.000 euros anuales -salvo para los partícipes mayores de 50 años, para los que el límite son 12.000 euros-. El límite porcentual es la cifra equivalente al 30% de la suma de los rendimientos del trabajo y las actividades económicas, que para los mayores de 50 años se amplía hasta el 50%.

En caso de superarse cualquiera de estos límites, el exceso puede trasladarse a la declaración de los cinco ejercicios siguientes. En el cómputo de los límites, no solo cuentan las aportaciones realizadas a planes de pensiones, sino también los flujos realizados a productos como Planes de Previsión Asegurados (PPA), Planes Individuales de Ahorro Sistemáticos (PIAS), seguros de vida-ahorro o planes de previsión social empresarial.

5. Desgravación por vivienda

La venta de una vivienda tributará como base imponible del ahorro entre el 21% y el 27%. Si por ella se generan pérdidas, también se podrá compensar con la base del ahorro y con posibilidad de pago diferido a cuatro años. “Si se producen beneficios, están exentas en un 50% las ganancias patrimoniales de inmuebles que hubiesen sido adquiridos entre 12 de mayo de 2012 y el 31 de diciembre de 2012”, apunta José Luis López Hermida, responsable de planificación patrimonial de BNP Wealth Management. 

En el caso de adquisición de vivienda habitual, en 2012 la deducción será igual para todos los contribuyentes, eliminado la doble fórmula que existía hasta ahora. Esto conduce a una deducción del 15% con una base máxima de 9.040 euros anuales, lo que significa 1.350 euros. Además, 2012 es el último año en el que se puede disfrutar de esta deducción por vivienda habitual, ya que se elimina en 2013, “aunque manteniéndose un régimen transitorio para quienes hasta entonces se han podido aplicar la deducción”, destaca Paloma Fernández.

Además, cabe recordar que a partir de 2013 desaparece también la deducción por aportaciones a cuentas ahorro-vivienda. Sin embargo, en 2012 está permitido a aquellos contribuyentes que hubiesen disfrutado de la deducción por este tipo de cuentas en ejercicios anteriores -siempre y cuando a 31 de diciembre de 2012 no hubiese transcurrido el plazo de cuatro años desde su apertura y no se hubiese adquirido la vivienda- devolver al fisco las deducciones obtenidas y ahorrarse los intereses de demora que sí que tendrá que abonar si pospone la declaración de las deducciones por la cuenta vivienda hasta 2013.

6. Tributación del juego

Los rendimientos derivados del juego son otro de los nuevos puntos que se deben tener en cuenta. Desde este año, las pérdidas originadas en juegos podrán ser compensadas con las ganancias obtenidas en ese mismo periodo, de manera que sólo tribute la ganancia patrimonial neta. Según recuerda Joan Pons, socio director del despacho Linktax y secretario de EFPA, “estas pérdidas en actividades como bingos o plataformas online nunca podrán superar las ganancias patrimoniales y no se computarán las pérdidas derivadas de juegos de la Onlae, ONCE o Cruz Roja”.

Es momento de pasar por caja y rendir cuentas con Hacienda. Desde el pasado 2 de abril y hasta el próximo 1 de julio los contribuyentes están llamados a solicitar y confirmar sus borradores de la declaración de la renta de 2012, en la que hay que prestar especial atención al aumento del IRPF y los tipos en la base imponible del ahorro.