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según el reglamento que desarrolla la ley

Madrid quiere un cuidador nocturno en cada tienda de mascotas: "Es una aberración"

Los comercios lo califican de "golpe mortal". Se limita a un máximo de ocho gatos y ocho perros los animales en las tiendas. Las protectoras lamentan que acabará con las casas de acogida

El escaparate de una tienda de mascotas.

El Gobierno regional presidido por Cristina Cifuentes ya ha redactado el reglamento que desarrollará la Ley de Protección de los Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid (la 4/2016 de 22 de julio), aprobada el verano del año pasado. Un texto que, aunque se trata de un borrador, ha soliviantado a uno de los sectores implicados, las tiendas que comercializan mascotas, unas 400 en toda la región. "El borrador es una aberración. Está lleno de medidas encaminadas a que no se puedan vender animales en comercios especializados, cuando estos son precisamente los que más garantías cumplen", señala Josep Arnas, secretario general de la Asociación del Sector del Animal de Compañía (ASAC). El plazo de alegaciones acaba el 23 de junio. "Nosotros presentaremos las nuestras esta misma semana", explica Arnas.

Hay dos puntos del reglamento que suponen sendos torpedos en la línea de flotación de las tiendas. Los dos recogidos en el artículo 35. "En todos los centros de venta será necesaria la presencia física de al menos un cuidador, así como de un responsable de la atención, durante las horas de cierre al público". Es decir, que obliga a los comercios a tener personal por las noches. En definitiva, más gasto para un colectivo en el que la mayoría, en torno al 90%, son empresas familiares y pymes. "Esto es un golpe mortal para muchos", afirman desde ASAC, y recuerdan lo que pasó en Austria en 2005, "cuando otra ley muy restrictiva provocó el cierre de muchas tiendas y el aumento incontrolado de la venta ilegal. Tanto, que en 2008 se dio marcha atrás".

El segundo punto polémico es la limitación del número de perros y gatos que pueden estar en las tiendas a la venta. Estas pueden comercializar peces, reptiles, roedores, conejos, hurones, pájaros de jaula, perros y gatos, pero el reglamento marca que "los centros de venta que ejerzan esta actividad en locales cerrados podrán alojar un máximo de ocho perros y ocho gatos. La estancia máxima será de dos semanas, contadas a partir de la fecha de su entrada. Transcurrido este tiempo, el animal será retirado y se devolverá al criador, o bien se procurará su adopción". Josep Arnas se pregunta "qué base técnica se ha utilizado para definir esta limitación. Se limita a ocho independientemente del espacio del local".

Podía haber sido peor. Inicialmente, la ley iba a prohibir la comercialización física de animales en las tiendas y limitaba su venta a través de catálogos o medios similares. Ahora solo lo que se prohíbe es la venta de perros catalogados como potencialmente peligrosos. "Lo que se hace en las tiendas es un comercio ético y responsable, muy regularizado y fiscalizado, que busca el bienestar del animal. Sin embargo, el reglamento pasa de puntillas por el comercio entre particulares, que no garantiza que todo se haga correctamente. Hay 285.000 anuncios de compraventa en la red que no se controlan", sentencia Arnas. Según los últimos datos del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (finales de 2015), en la comunidad hay 1,13 millones de perros registrados, 139.000 gatos y 6.400 mascotas de otro tipo. En todo caso, todos los centros de venta dispondrán de un plazo máximo de dos años desde que entre en vigor el reglamento para adaptarse a las condiciones que fija.

El texto elaborado por la Consejería de Medio Ambiente también regula la tenencia de mascotas entre particulares. En primer lugar, limita la presencia de animales en un mismo domicilio a cinco perros y/o gatos. Todo lo que supere esa cifra "quedará condicionado a la obtención de una autorización por el ayuntamiento en el que dicho domicilio se ubique". Además, todos los propietarios de gatos y perros, "o cualquier animal de otra especie que salga al exterior del domicilio en el que reside y sea susceptible de causar daños a otros animales, a las personas o a sus bienes", como los hurones, "deben contratar un seguro de responsabilidad civil". En el caso de animales potencialmente peligrosos, esa póliza debe ser superior a los 120.000 euros.

José Luis Blázquez, veterinario y fundador de la cadena de clínicas Openvet, cree en cambio que el reglamento es positivo. "Está mucho más matizada la función de cada una de las partes involucradas en el trabajo con animales de compañía. Todo lo referido al bienestar animal está muy bien cubierto. El texto incorpora a las mascotas al día a día de la sociedad y les confiere una serie de derechos que antes no tenían". Los veterinarios entienden que el reglamento conllevará cambios y mejoras en las tiendas y en los centros de acogida, pero lo importante es que "todo estará más regulado. Estamos cansados de encontrarnos con animales que vienen comprados en tiendas llenos de parásitos y enfermedades. Esto es un paso más que va a suponer un control más exhaustivo de las condiciones de las mascotas que están en estos centros. La ley persigue minimizar los riesgos de los animales".

Los centros de acogida también son protagonistas del reglamento, que estipula que solo podrán figurar como propietarios de animales de compañía "las entidades legalmente constituidas y titulares de un centro de acogida registrado de acuerdo con la normativa vigente". En la región hay 95 puntos de acogida: el CIAAM, que depende de la Comunidad de Madrid, 21 centros permanentes de carácter municipal, 49 centros temporales en otros tantos municipios (donde están los animales hasta su traslado al CIAAM) y 24 albergues privados (de los que 15 están gestionados por sociedades protectoras). Entre 2005 y 2015, estos centros gestionaron la adopción de 78.457 animales, de los que el 71% eran perros.

El artículo 33 del reglamento regula las condiciones físicas de estos centros. Para Matilde Cubillo, presidenta de la Federación de Asociaciones Protectoras y de Defensa Animal, que gestiona el CIAAM, el texto supone el "fin de las casas de acogida que trabajan con muchas entidades privadas. La única medida drástica de control que fija el reglamento es contra las asociaciones", se lamenta Cubillo. Es decir, que las protectoras que trabajan con casas de acogida porque no tienen un albergue propio no van a poder tener perros y gatos a su nombre. "En cambio, en Madrid hay un grave problema con las asociaciones de caza, que trabajan con rehalas y no las controlan, crían y se desprenden de los animales, y el reglamento no incluye ninguna medida contra este gremio. El 50% de los perros que hay en los albergues son de caza. Hay que ir contra la raíz del abandono, y esto no se aborda en el reglamento".

En Madrid, muchas protectoras, sobre todo pequeñas, no tienen capacidad económica para tener un centro propio y suelen trabajar con casas de acogida mientras se busca salida a los animales abandonados. "Justo ahora que la Comunidad de Madrid ha aprobado el sacrificio cero y muchas perreras empiezan a estar saturadas, el nuevo reglamento se quita de un plumazo a estas asociaciones que están ayudando, porque no van a poder tener animales a su nombre", señala Cubillo. Su federación prevé un importante trasvase de animales a los centros municipales. "Todo esto es surrealista. Las casas de acogida son muy importantes. El animal, mientras se le busca adopción, está mucho más sociabilizado, se puede estudiar su carácter, todo son beneficios. Estamos de acuerdo en que se controle a las asociaciones, pero no que se eliminen drásticamente. El 90% de las asociaciones que hay en Madrid trabajan con casas de acogida".

Rafael Gómez Montoya, diputado del PSOE, cree que estas medidas conllevarán que los ayuntamientos tengan que aumentar sus gastos, "tanto en el mantenimiento de los centros como en personal. La comunidad no puede legislar para que pague otro, al menos no debería sin consensuar con ellos, y este reglamento no está negociado con la Federación Madrileña de Municipios". Para el parlamentario socialista, "aunque las actas digan lo contrario, este reglamento no ha pasado por el Consejo de Protección Animal de la comunidad. Por cierto, entre el 1 de enero de 2016 y el 31 de marzo de 2017, solo ha tenido una reunión, la del 10 de marzo de 2017", se lamenta Gómez Montoya. La Federación de Asociaciones Protectoras y de Defensa Animal también va a hacer alegaciones al reglamento.

Las protectoras critican que desaparezcan las casas de acogida; los veterinarios creen en cambio que es positivo controlar y profesionalizar estos centros

El veterinario Blázquez considera en cambio que lo que hace el nuevo reglamento es profesionalizar y controlar a las protectoras. "Muchas hacen las cosas mal. Se juntan tres amigos con buena intención y al final trabajan de cualquier manera. El reglamento es bueno porque va a poner orden y control. Supongo que desaparecerán muchas protectoras, pero es que muchas no cumplen con los requisitos. No tienen dinero para hacer las cosas bien. El objetivo es la tenencia responsable, y que los centros de acogida gestionen correctamente a los animales, ya que tendrán que revisar sus instalaciones. Todo esto es en beneficio de la salud de las mascotas".

Claves del borrador del reglamento

1. Limitación de movimientos de los perros peligrosos. Los canes que tengan la condición de potencialmente peligrosos no podrán acceder a "establecimientos, instalaciones, medios de transporte u otras ubicaciones". Según el PSOE, "de esta forma se pone en peligro su adopción, al criminalizarlos tanto".

2. Seguros obligatorios para los dueños. Todos los propietarios de perros, gatos, hurones y cualquier animal de otra especie que salgan al exterior del domicilio en el que residen y sean susceptibles de causar daños deben contratar un seguro de responsabilidad civil. En el caso de animales potencialmente peligrosos, ese seguro deberá ser superior a los 120.000 euros.

3. Limitaciones de mascotas en casa. "La tenencia en un mismo domicilio de un total superior a cinco perros y/o gatos quedará condicionada a la obtención de autorización por el ayuntamiento en el que dicho domicilio se ubique".

4. Cuidadores nocturnos. En todos los centros de venta será necesaria la presencia física de al menos un cuidador, así como de un responsable de la atención, durante las horas de cierre al público. Es decir, se obliga a los comercios a tener personal por las noches. En Madrid, hay unas 400 tiendas que mueven 160 millones de euros al año.

5. Limitación de mascotas que se exponen al público. "Los centros de venta que ejerzan esta actividad en locales cerrados podrán alojar un máximo de ocho perros y ocho gatos".

6. Fin de las casas de acogida. El reglamento estipula que las entidades de defensa de los animales legalmente constituidas deberán ser titulares de un centro de acogida registrado de acuerdo con la normativa vigente. Esto pone fin a las casas de acogida con las que trabajan estas entidades. 

7. La cría por parte de particulares. No se consideran criaderos los domicilios particulares en los que conviva un propietario con un máximo de dos hembras de su propiedad. Este podrá dar en adopción los cachorros si puede demostrar "de forma fehaciente que no se ha producido transacción o actividad comercial lucrativa con los animales nacidos. En ningún caso se superarán las dos camadas por hembra en toda su vida reproductora".

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