Un gallego se queda sin la herencia de su esposa por rehacer su vida con otra mujer
El testamento de su primera esposa no le permitía volver a casarse y él no lo hizo, aunque sí tuvo una pareja formal durante 20 años después de quedarse viudo
Un gallego ha visto cómo la Audiencia Provincial de A Coruña anulaba la herencia que había recibido hace años de su mujer, fallecida en 1996. La causa es que el testamento recogía que el hombre no podría volverse a casar, pero él rehízo su vida con otra mujer y, aunque no llegaron a casarse, sí que fueron pareja formal durante veinte años.
El caso ha levantado mucha expectación en Galicia y se remonta a 1975, cuando una mujer hizo testamento dejando sus bienes a su marido, pero con la condición de que éste no rehiciera su vida cuando ella no estuviera. Sin embargo, la mujer aún vivió dos décadas, ya que no falleció hasta 1996, momento en el que el hombre recibió su herencia.
El hombre tuvo otra relación con una mujer, que algunos testigos sitúan incluso antes de que falleciera su primera esposa. Cumplió con lo que exigía el testamento, es decir, nunca se casó de nuevo. Sin embargo, esa segunda relación se extendió durante más de 20 años hasta que su segunda mujer falleció en el año 2016. Entonces, llegaron los problemas.
Devolverá la herencia
La hermana de su primera mujer, es decir, su cuñada, decidió demandar al hombre por haber incumplido los términos marcados en el testamento. Sin embargo, el juzgado de primera instancia que juzgó el caso dio la razón al viudo ya que demostró que no se había vuelto a casar, que es la estipulación que había que cumplir.
El hombre aparece en la esquela de su segunda mujer como su esposo
La cuñada recurrió y, ahora, la Audiencia Provincial de A Coruña le da la razón. Da por acreditado que hubo una relación que duró años y equipara esa unión de hecho con un matrimonio cualquiera. Por eso, ha decidido retirarle la institución de la herencia y solo tendrá derecho al usufructo que le corresponde por ley. Además, el fallo anula tanto la venta como la transmisión de los bienes que haya hecho en estos años en los que fue su propietario.
Tal y como recoge La Voz de Galicia, se "acredita la existencia de una relación afectiva y de apariencia conyugal, con carácter habitual y estable, mantenida durante muchos años. Ambos se comportaban socialmente como pareja y con la apariencia de un matrimonio". Incluso en la esquela de la segunda mujer aparece mencionado el hombre como su esposo, por lo que la audiencia cree que se produjo un error en la valoración de la prueba por parte del juzgado que instruyó la causa en un primer momento y ahora da la razón a la demandante.
Un gallego ha visto cómo la Audiencia Provincial de A Coruña anulaba la herencia que había recibido hace años de su mujer, fallecida en 1996. La causa es que el testamento recogía que el hombre no podría volverse a casar, pero él rehízo su vida con otra mujer y, aunque no llegaron a casarse, sí que fueron pareja formal durante veinte años.