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"Martillito, mameluco": los insultos por los que te condenan por injurias en España
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"Martillito, mameluco": los insultos por los que te condenan por injurias en España

Apodos, insultos creativos, dibujos ofensivos, aunque también amenazas, en una recopilación de sentencias del desaparecido delito de injurias

Foto: Un juez dictando sentencia. (iStock)
Un juez dictando sentencia. (iStock)

Ya no se celebran juicios por insultos. Los delitos de injurias leves y sin publicidad pasaron a ser una falta administrativa tras la entrada en vigor, en julio de 2015, del nuevo Código Penal. Las miles de vistas en toda España por “me llamó esto” han dejado de celebrarse, pero algunas han dejado en la jurisprudencia curiosos pasajes. A veces más imaginativos, a veces más descarnados. Son muchísimas las sentencias que dirimen estos asuntos, llegando algunas, en su momento, a obligar al confinamiento en su casa del ofensor.

Tudela, en la provincia de Navarra, y localidad famosa por sus verduras y algunas anécdotas como las que reflejó el periodista Luis Carandell en su célebre ‘Celtiberia Show’, es el pueblo en el que Don Anselmo fue condenado a indemnizar a Don Tiburcio con 500 euros “por daño moral”. Molesto porque le había encargado ocho kilos de jamon fileteado y deshuesado y después solo había adquirido uno y medio, Anselmo llamó por teléfono para decirle al denunciante: “¡Cabrón, gordo de mierda, martillito, mameluco de pocos cojones!”. Por esos insultos y varias llamadas telefónicas extemporáneas, el tribunal estimó que era culpable.

Hizo el dibujo de un payaso con la inscripción ‘payaso' para regresar y tirárselo a su familiar al tiempo que le decía: “Este eres tú”

En ocasiones, la injuria se mezcla con la amenaza, que sí sigue siendo un delito penal. Fue el caso de Berta, que no contenta con llamar a su vecino “enano, cabrón, analfabeto y sinvergüenza”, remató la cadena de imprecaciones con una advertencia: “Te voy a ahogar con una camiseta del Barça”. Al parecer, el motivo de tanta disputa era una convivencia vecinal muy poco armónica.

Otras condenas incluyen el insulto multidisciplinar. Ese fue el caso de Juan Pedro, que además de toparse en la plaza del pueblo (en Piedrahita, Ávila) a su tío e increparle con expresiones tales como “payaso, mierda, fantoche, manga corta”, se tomó la molestia de regresar a su casa y hacer el dibujo de un payaso “con la inscripción ‘payaso” para regresar y tirárselo a su familiar al tiempo que le decía: “Este eres tú”.

Amenazas y agresiones

Entre los miembros de las Fuerzas Armadas también se dan los epítetos poco generosos. Por ejemplo los que recibió el cabo Ignacio: “Gafudo, carapolla... y otras similares”. Los apodos también se podrían considerar injuriosos, aunque en este caso, acaecido en Valencia, el juicio fue porque la cosa acabó a puñetazos. “Tadeo era despedido por un amigo con el que se cruzó utilizando el alias de ‘lechuguino’ y al verlo Jonás se dirigió a Tadeo usando ese mismo apodo, siendo recriminado por este porque no era su amigo y 'no podía utilizar el apodo si no lo conocía”. La discusión acabó a golpes y con el apodado ‘lechuguino’ condenado por agresión.

Entre las amenazas, agresiones e insultos también caben las rimas consonantes. Así, Jesús y sus amigos se acercaron a Iván al grito de “¡Quiquín, cabeza de serrín, tu familia es una puta mierda”, lo que hubiera quedado en una falta administrativa si no fuera porque después le empezaron a empujar y a dar puñetazos. Iván no se arredró y respondió con un fuerte cabezazo en la cara. El resultado es que todos fueron condenados.

Al que me eche mierda le juro por lo más sagrado que le hago una corbata colombiana con un cuchillo jamonero

Hay advertencias que entran de lleno en el terreno delictivo, aunque en este caso, al no haber denuncia, simplemente sirvieron para que el despido de Carlos se considerase muy procedente. El citado individuo, que trabajaba en una empresa de alimentación, mandó por un grupo de Whatsapp de trabajadores del centro la siguiente advertencia: “Al que me eche mierda, encima siendo mentira, le juro por lo más sagrado que le hago una corbata colombiana con un cuchillo jamonero y le rajo el cuello de oreja a oreja y le saco la lengua por la raja”. La sentencia también acredita que el hombre padecía algún trastorno grave de personalidad.

Las injurias e insultos que simplemente son “expresiones que lesionan la dignidad del otro” ya no son delito, pero las amenazas o los epítetos amedrentadores en el ámbito familiar, por ejemplo, tienen su propio recorrido en el Código Penal.

Ya no se celebran juicios por insultos. Los delitos de injurias leves y sin publicidad pasaron a ser una falta administrativa tras la entrada en vigor, en julio de 2015, del nuevo Código Penal. Las miles de vistas en toda España por “me llamó esto” han dejado de celebrarse, pero algunas han dejado en la jurisprudencia curiosos pasajes. A veces más imaginativos, a veces más descarnados. Son muchísimas las sentencias que dirimen estos asuntos, llegando algunas, en su momento, a obligar al confinamiento en su casa del ofensor.

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