Es noticia
Telecinco, condenada a pagar 70.000 euros a una persona a la que confundió con un etarra
  1. España
LA CADENA UTILIZÓ UNA FOTO OBTENIDA A TRAVÉS DE INTERNET

Telecinco, condenada a pagar 70.000 euros a una persona a la que confundió con un etarra

El Tribunal Supremo ha condenado a Gestevisión Telecinco S.A. a indemnizar con 70.000 euros a Iñigo Albisu, cuya fotografía fue emitida en el informativo de la

Foto: Telecinco, condenada a pagar 70.000 euros a una persona a la que confundió con un etarra
Telecinco, condenada a pagar 70.000 euros a una persona a la que confundió con un etarra

El Tribunal Supremo ha condenado a Gestevisión Telecinco S.A. a indemnizar con 70.000 euros a Iñigo Albisu, cuya fotografía fue emitida en el informativo de la cadena identificándole con un miembro de ETA que había sido detenido en el Reino Unido junto a otros dos miembros de la banda terrorista. El fallo reprocha a la cadena su falta de diligencia informativa, tras un pleito que se ha prolongado durante casi cinco años.

Los hechos se remontan al 27 de abril de 2007, cuando el informativo de las 14,30 horas de la citada cadena dio cuenta de la detención de varios etarras en el Reino Unido de los que mostró su fotografía e identificó como Zigor Ruiz, Ana López Monge e Íñigo Albisu (el terrorista era en realidad Íñigo Albizu Fernández aunque el Ministerio del Interior lo identificó como Albisu), de quien mostró una fotografía obtenida a través de Internet. La cadena sustituyó la foto de Albisu por la del verdadero etarra 26 minutos después, cuando la Guardia Civil difundió la foto del verdadero etarra, pero sin mencionar el error cometido.

Albisu presentó una demanda por intromisión ilegítima en su honor en el juzgado de Instrucción número 3 de Tolosa (Gipúzkoa), que en octubre de 2008 falló a favor del demandante. Telecinco recurrió el fallo aduciendo que no hubo “intencionalidad de falsedad por su parte”, sino un mero error excusable al considerar la homonimia entre el demandante y la persona detenida, y por la inmediatez y premura de la noticia, al ser el primer informativo en ofrecerla.

Los límites del derecho de información

El juzgado consideró que la preeminencia del derecho a la libertad de información sobre el derecho al honor exige que “la información dada sea veraz, comprobada y contrastada según cánones de profesionalidad informativa”, que la cadena no cumplió. El fallo dice que la cadena no comprobó  “la veracidad (de la fotografía) mediante las oportunas averiguaciones propias de un profesional diligente”, más aún cuando se trata de un nombre y de un apellido muy corriente en el País Vasco.

Telecinco apeló la sentencia en septiembre de 2009 ante la Audiencia Provincial de Gipúzkoa, que la confirmó en todos sus extremos, y posteriormente ante el Tribunal Supremo, que ha vuelto a confirmarla. “No puede soslayarse –dice el fallo- el perjuicio que supone para una persona la difusión de su detención por su supuesta pertenencia a una organización terrorista, cuyo rechazo social es mucho más acusado que el que podría darse en otro tipo de conductas”.

El tribunal considera que la obtención de la fotografía del demandante por Internet  “no es un modo de comprobación de la veracidad de la información”, y que la premura por dar la noticia no es una excusa de justifique “el no emplear la diligencia debida en el contraste de las informaciones que han de darse en un programa de televisión (…) no basta la ausencia de intencionalidad –continúa-, pues la gravedad de la imputación es tal, que antes de divulgarse por un medio de comunicación sería jurídicamente exigible, no ya una diligencia mínima, sino máxima por vulnerar tan explícitamente el derecho al honor como límite al derecho de información”.

El Tribunal Supremo ha condenado a Gestevisión Telecinco S.A. a indemnizar con 70.000 euros a Iñigo Albisu, cuya fotografía fue emitida en el informativo de la cadena identificándole con un miembro de ETA que había sido detenido en el Reino Unido junto a otros dos miembros de la banda terrorista. El fallo reprocha a la cadena su falta de diligencia informativa, tras un pleito que se ha prolongado durante casi cinco años.

Telecinco