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El Supremo condena en firme a Losantos por intromisión al honor de Zarzalejos
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EL LOCUTOR DEBERÁ INDEMNIZARLE CON 100.000 EUROS

El Supremo condena en firme a Losantos por intromisión al honor de Zarzalejos

El Tribunal Supremo ha condenado definitivamente a Federico Jiménez Losantos por “intromisión ilegítima al honor” de José Antonio Zarzalejos cuando éste era director de ABC y

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El Supremo condena en firme a Losantos por intromisión al honor de Zarzalejos

El Tribunal Supremo ha condenado definitivamente a Federico Jiménez Losantos por “intromisión ilegítima al honor” de José Antonio Zarzalejos cuando éste era director de ABC y le condena a una indemnización de 100.000 euros, al pago de las costas y a publicar el fallo en los tres principales diarios de tirada nacional. El Supremo da validez así a la sentencia en Primera Instancia y revoca el recurso del locutor admitido por la Audiencia Provincial de Madrid.

La sentencia del Supremo es firme y ha sido su ponente el presidente de la Sala Primera del TS, Juan Antonio Xiol Ríos. En ella, el alto tribunal decide que el locutor, ahora en Esradio, sea condenado en los mismos términos que dictaba la sentencia de Primera Instancia de 2008. En ella se establecía que los términos con los que Losantos se dirigía a Zarzalejos desde su micrófono “constituyen una intromisión ilegítima en el derechos fundamental al honor”, por lo que se le condenaba a “poner fin a las actuaciones” y “a cualesquiera otras de contenido equivalente”; a “abstenerse en lo sucesivo de realizar actos que comporten una intromisión ilegítima en el derecho al honor de D. José Antonio Zarzalejos”.

Además, Losantos deberá publicar “a su costa el fallo de la presente sentencia mediante anuncios en los diarios El País, El Mundo y ABC, y asimismo leer literalmente el fallo de esta sentencia en su programa”, e indemnizar a Zarzalejos “por los daños que le han sido causados en la cantidad de 100.000 euros”.

El Supremo establece meridianamente claro que la sentencia de Primera Instancia y la de la Audiencia Provincial, que admitió el recurso de Losantos, “recogen en lo sustancial los mismo hechos probados (…)”. Y aclara el TS: “creemos que las expresiones empleadas por el demandado son ciertamente ofensivas y atentatorias al honor, que se produjeron en diferentes programas radiofónicos sucesivos durante veinte meses, es decir, una campaña de insultos dirigida por el recurrido contra el recurrente y, por tanto, se debe estimar una vulneración en el derecho al honor del demandante protegido en el artículo 18.1 de la Constitución Española”.

El Supremo, frente al criterio peculiar de la Audiencia Provincia, establece que “las expresiones proferidas por sí solas hacen irrelevante cualquier ponderación sobre si el demandante es un personaje público y sobre el contexto mediático en el que se realizan pues al resultar objetivamente injuriosas constituyen por sí mismas una intromisión ilegítima en el derecho al honor”. Es decir, el TS admite que Zarzalejos “no fue criticado, sino insultado” a lo largo de 20 meses y fruto de una campaña.

El Tribunal Supremo ha condenado definitivamente a Federico Jiménez Losantos por “intromisión ilegítima al honor” de José Antonio Zarzalejos cuando éste era director de ABC y le condena a una indemnización de 100.000 euros, al pago de las costas y a publicar el fallo en los tres principales diarios de tirada nacional. El Supremo da validez así a la sentencia en Primera Instancia y revoca el recurso del locutor admitido por la Audiencia Provincial de Madrid.