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  1. Economía

El endeudamiento del municipio supera el 110% de sus ingresos, lo que obliga a Solbes a autorizar el préstamo de 2.200 millones de euros.

Al alcalde de Madrid, Alberto Ruiz-Gallardón, le gusta jugar con fuego y, al final, se ha quemado. Eurostat –la agencia estadística de la Unión Europea-

El endeudamiento del municipio supera el 110% de sus ingresos, lo que obliga a Solbes a autorizar el préstamo de 2.200 millones de euros.

Al alcalde de Madrid, Alberto Ruiz-Gallardón, le gusta jugar con fuego y, al final, se ha quemado. Eurostat –la agencia estadística de la Unión Europea- le ha obligado a consolidar dentro del presupuesto municipal la deuda generada por la sociedad Madrid Calle 30, encargada de la ejecución de las obras de la M-30, y que suponen un endeudamiento adicional de 2.200 millones de euros para el consistorio.

La consecuencia más inmediata de esta decisión de Bruselas, sobre la que no caben apelaciones, supone que el Ayuntamiento de Madrid se sitúa al margen de la legalidad, ya que el artículo 53.2 de la Ley de Haciendas Locales deja bien claro que cuando el endeudamiento a corto y largo plazo (más de un año) sea más del 110% de los ingresos corrientes, se precisará la autorización pertinente del Ministerio de Hacienda. Y hay que tener en cuenta que los pasivos del Ayuntamiento de Madrid superarán este año de largo el 150%, según calculan algunos funcionarios municipales.

La decisión de Bruselas, adelantada por el diario Expansión, supone el segundo varapalo de importancia para el equipo económico de Gallardón, que vio como su Operación Mintra también fue echada para atrás por Eurostat, aunque en este caso quien va a pagar las consecuencias será la Comunidad de Madrid, que ha tenido que asumir finalmente la deuda.

El alcalde no podrá echar la culpa a Bruselas, ya que la consideración de Madrid Calle 30 como empresa pública está avalada por un grupo de trabajo formado por la Intervención General del Estado, el Instituto Nacional de Estadística y el Banco de España, a quienes no han convencido los argumentos del regidor madrileño.

Para evitar la negativa de Bruselas, que ya ha remitido la pertinente comunicación oficial a través del INE, el Ayuntamiento había previsto vender el 20% de la sociedad a una empresa privada; pero, según fuentes de toda solvencia, ni siquiera así la operación podrá seguir adelante, aunque aumente ese porcentaje. A no ser que cambie el diseño de la operación.

Pública o privada

Se argumenta que el criterio principal para clasificar a una empresa como pública o privada no es la presencia de socios particulares en su accionariado, sino que la toma de decisiones no dependa de los poderes públicos. Y hay que tener en cuenta que el proyecto ha sido inspirado, diseñado y ejecutado por el Ayuntamiento de Madrid, y no por una empresa privada, que entraría en su capital cuando el proyecto está en avanzado estado de ejecución. De hecho, el Consistorio tiene previsto hacer la adjudicación el próximo 4 de julio, posiblemente a un consorcio formado por las constructoras que se reparten la tarta.

En un reciente informe elaborado por Consultores de Administraciones Públicas –del Grupo AFI- se decía que la clave para determinar la clasificación de este tipo de operaciones era “la evidencia de que el socio privado es quien asume la mayor parte de los riesgos de ejecución del contrato”, lo que desde luego no parece en el caso de Madrid Calle 30, donde el Ayuntamiento ha tenido un papel estelar.

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