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La banca tendrá que devolver los gastos de la tasación anteriores a la ley hipotecaria
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SE ZANJA LA POLÉMICA

La banca tendrá que devolver los gastos de la tasación anteriores a la ley hipotecaria

La banca deberá los gastos de tasación de todas aquellas hipotecas firmadas antes de la entrada en vigor de la Ley de Contratos de Créditos Inmobiliarios, en julio de 2019

Foto: Juzgados especializados en cláusulas abusivas. (EFE)
Juzgados especializados en cláusulas abusivas. (EFE)

El Tribunal Supremo zanja una nueva polémica. La banca deberá devolver los gastos de tasación de todas aquellas hipotecas firmadas antes de la entrada en vigor de la Ley de Contratos de Créditos Inmobiliarios, en junio de 2019. La ley hipotecaria estipula que los gastos notariales vinculados a la firma de una hipoteca deben ser pagados por la banca, mientras que el gasto de la tasación se atribuyen al cliente, de ahí que aquellos hipotecados que pueden reclamar son los que firmaron una hipoteca con el banco antes de la entrada en vigor de la ley y que tuvieron que asumir el coste de la tasación.

"El Tribunal Supremo resuelve que los gastos de tasación, cuando no sea aplicable la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, incumben al banco y no al consumidor", ha comunicado hoy el alto tribunal. "Con esta sentencia quedan resueltas por la Sala de lo Civil todas las consecuencias de la nulidad de las cláusulas que imponen a los consumidores los gastos de formalización del préstamo hipotecario".

Y prosigue, "esta doctrina supone que los consumidores tienen derecho a la restitución de todos los gastos pagados en concepto de registro de la propiedad, gestoría y tasación, así como de la mitad de los gastos notariales. Solo el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados, en el que las normas tributarias establecen que el principal sujeto pasivo es el prestatario, corre a cargo de los consumidores", concluye el Tribunal Supremo en su comunicado.

"Estábamos pendientes precisamente de que se resolviera si los consumidores podrían recuperar los gastos de tasación y finalmente se resuelve que al igual que la gestoría, se podrán recuperar al 100%. Celebramos que por tanto que el Supremo zanje por fin el reparto de los gastos y, esta vez sí, a favor de los consumidores que podrán recuperar el 100% de gestoría, notaría y tasación", declara Patricia Suárez, presidenta de Asufin. "Lamentamos, sin embargo, que hayan tenido que pasar siete años para que el cliente recupere 1.335,89 euros más intereses y que solo vaya a recuperar las costas de primera instancia, teniendo que asumir los gastos de segunda instancia y del Supremo", añade Suárez.

Por su parte, desde reclamador.es señalan que “se trata de una importante noticia para los hipotecados con préstamos firmados antes de junio de 2019. La Sentencia que se ha conocido hoy, es coherente con lo que siempre hemos venido defendiendo, primero ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) como consecuencia de una de las cuestiones prejudiciales que dieron lugar a la Sentencia de 16 de julio de 2020 y segundo, conforme al fallo de dicha resolución: es el banco el que debe afrontar el 100% del gasto de tasación en todos los préstamos anteriores a la vigente ley de créditos inmobiliarios, en vigor desde el día 1 de junio de 2019”, apunta la codirectora legal de reclamador.es, Almudena Velázquez.

“Se trata de una buena noticia, más si cabe cuando viene precedida de varias sentencias de este mismo Tribunal contrarias a los intereses de los hipotecados, como por ejemplo fue la dictada en relación al IRPH o los acuerdos de novación por cláusula suelo. Con esta sentencia seguiremos luchando para que todos los tribunales ofrezcan a los afectados por esta cláusula abusiva el 100% de los gastos de tasación, registro de la propiedad y notaría, así como el 50% de los gastos notariales”.

Se zanja otro frente abierto contra la banca

Por su parte, y para evitar una mayor litigiosidad, desde Asufin hacen un llamamiento para que las entidades financieras "devuelvan estos importes a sus clientes sin tener que acudir a tribunales. Son procedimientos que suponen un alto coste tanto para los consumidores como para todos los contribuyentes".

A principios de enero, la Audiencia Provincial de Oviedo ya se pronunció en línea con los argumentos esgrimidos ahora por el Supremo, al condenar a Deutsche Bank a pagar los gastos de tasación. "Ante la falta de una norma nacional aplicable en defecto de pacto que impusiera al prestatario el pago de la totalidad o de una parte de esos gastos, no cabe negar al consumidor la devolución de las cantidades abonadas", recogió en su sentencia.

En enero de 2019, el Tribunal Supremo acordó que los gastos de notaría debían dividirse entre banco y cliente, una decisión similar a la que adoptó para los de gestoría y para el registro de la hipoteca, que en el caso de la inscripción deberá ser abonada por la entidad, y en la cancelación, por el prestatario.

Posteriormente, en junio de 2020, el TJUE decidió que las cantidades pagadas en concepto de gastos de hipoteca a raíz de una cláusula declarada abusiva deben ser devueltos al consumidor salvo que el derecho nacional disponga lo contrario. De este modo, si se declara nula una cláusula abusiva que impone al cliente el pago de todos los gastos de constitución y cancelación de una hipoteca, el derecho comunitario se opone a que el juez nacional niegue al consumidor la devolución de las cantidades abonadas en virtud de esa cláusula.

Frente al aplauso unánime de consumidores y bufetes de abogados, el sector bancario destacaba que el fallo solo era aplicable en caso de la que la cláusula hubiera sido declarada abusiva por un tribunal, lo que llevaba a valorar cada caso concreto.

El Tribunal Supremo zanja una nueva polémica. La banca deberá devolver los gastos de tasación de todas aquellas hipotecas firmadas antes de la entrada en vigor de la Ley de Contratos de Créditos Inmobiliarios, en junio de 2019. La ley hipotecaria estipula que los gastos notariales vinculados a la firma de una hipoteca deben ser pagados por la banca, mientras que el gasto de la tasación se atribuyen al cliente, de ahí que aquellos hipotecados que pueden reclamar son los que firmaron una hipoteca con el banco antes de la entrada en vigor de la ley y que tuvieron que asumir el coste de la tasación.

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