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Condenan a TVE a pagar una indemnización por señalar la "intensa actividad sexual" de una vecina
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EN 'LA MAÑANA' DE LA 1

Condenan a TVE a pagar una indemnización por señalar la "intensa actividad sexual" de una vecina

El Tribunal Supremo ha condenado a la televisión pública por hacer un reportaje con el que se vulneraba el derecho al honor, la intimidad y la propia imagen de la afectada

Foto: María Casado, en 'La mañana'. (TVE)
María Casado, en 'La mañana'. (TVE)

Televisión Española y una mujer deberán de indemnizar a una vecina de un pueblo de Salamanca por un reportaje que realizó La mañana de La 1 en 2017. En esta pieza informativa, el formato de la televisión pública dio detalles sobre la vida sexual de la afectada y de cómo los ruidos que hacía le habían acarreado una sanción del ayuntamiento. Según ha podido conocer Vertele, los jueces consideran que, aunque hacer este reportaje y denunciar esta situación estaba justificado, fue "desproporcionado" decir en un programa de televisión que "las molestias acústicas producidas pudieran proceder de la intensa actividad sexual de la vecina".

Fue en marzo de 2017, cuando La mañana de TVE emitió un reportaje en el que una mujer de Salamanca denunciaba los intensos ruidos de su vecina. Por crear este alboroto, la mujer había recibido una sanción por parte de las autoridades locales. En esta pieza de vídeo, varios testigos afirmaban que estos ruidos provenían de las relaciones sexuales que mantenía esta vecina.

Foto: María Casado en su último día en 'La mañana'. (RTVE)

Los supuestos afectados también la acusaban de haber provocado grietas y caída de objetos con los golpes que daba mientras mantenía relaciones sexuales. Incluso dejaron caer la posibilidad de que esta vecina ejerciese la prostitución. El programa de TVE también identificó la vivienda de esta mujer, llegando a mostrar la calle, el piso o la puerta del domicilio de donde salían estos ruidos.

placeholder Mariló Montero, presentadora de 'La mañana de La 1' (TVE)
Mariló Montero, presentadora de 'La mañana de La 1' (TVE)

Ante esto, la mujer consideró que habían vulnerado su intimidad y denunció a la vecina y a TVE por mostrar su domicilio. Aunque en un primer momento un juzgado de Salamanca rechazó esta demanda, la Audiencia Provincial sí que estableció una indemnización que ha confirmado el Tribunal Supremo. Es por ello que TVE y la vecina tendrán que indemnizar a esta mujer con un total de 10.000 euros. Y es que los jueces consideran que con este reportaje se vulnera el derecho al honor, la intimidad y la propia imagen de la afectada.

Según el Tribunal Supremo, las declaraciones de la mujer en La mañana aludían a "la vida privada de su vecina" y no a la contaminación acústica. Los jueces consideran que denunciar los ruidos era algo "legítimo", pero no especular sobre la vida sexual de su vecina en TVE. "No está justificado y es desproporcionado que se aireara en un programa de televisión que las molestias acústicas producidas pudieran proceder de la intensa actividad sexual de la vecina, suponen un atentado tanto a la intimidad como a la reputación personal de la demandante", dice el Supremo.

Televisión Española y una mujer deberán de indemnizar a una vecina de un pueblo de Salamanca por un reportaje que realizó La mañana de La 1 en 2017. En esta pieza informativa, el formato de la televisión pública dio detalles sobre la vida sexual de la afectada y de cómo los ruidos que hacía le habían acarreado una sanción del ayuntamiento. Según ha podido conocer Vertele, los jueces consideran que, aunque hacer este reportaje y denunciar esta situación estaba justificado, fue "desproporcionado" decir en un programa de televisión que "las molestias acústicas producidas pudieran proceder de la intensa actividad sexual de la vecina".

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