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'Call centers' y derechos de autor: por qué no escucharás a Bisbal si llamas a Movistar
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'Call centers' y derechos de autor: por qué no escucharás a Bisbal si llamas a Movistar

La música de espera telefónica depende de la suma que la empresa esté dispuesta a pagar por su reproducción, por ello es habitual tonos que no tienen derechos de autor

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Cuando llamas a una empresa para pedir información o hacer alguna consulta y sus líneas están ocupadas, lo normal es que esté preparada para amenizarte la espera con alguna musiquilla. Sin embargo, no siempre lo consigue, pues las canciones elegidas por sus responsables no suelen concordar con las que incluyes en tus listas de Spotify. ¿Por qué nunca escuchas el último éxito mientras aguardas a que un operador te atienda por teléfono?

Foto: (Plantronics Germany)

La explicación radica principalmente en el coste y la burocracia. "Cuando eliges a un autor cuya obra está registrada en la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), hay que pedir permiso al autor y a la SGAE y pagar a ambos", explica Jesús Ángel Morato, fundador de Escena Digital Locutores, a Teknautas. A través de su web, Morato ofrece música acompañada de una locución para su uso en diferentes canales, desde radio y televisión hasta centralitas telefónicas.

En su caso, él mismo edita las canciones a partir de piezas de librería que compra en internet y después ensambla a su gusto. Solo cobra a sus clientes por la voz y el trabajo de edición. Estos pueden elegir la canción que prefieran de un amplio catálogo de música libre de derechos de autor, un calificativo que no es sinónimo de gratuito o sin ‘copyright’, sino que informa de que los temas están libres de derechos de terceros, ya sean músicos, compositores, directores, productores, etc. "El creador soy yo y cedo los derechos para emitir la música con la locución en el medio para el que la contratan", aclara Morato. "Si la utilizan con otro propósito es un uso ilegal".

Así, adquirir obras libres de derechos sale más barato que la comercial o la compuesta por encargo. “Solo pagas una vez para utilizar la música en tu proyecto”, explica Alberto Quintero, fundador de Tonopro y Audionity, webs que ofrecen miles de canciones de distintos autores que ceden sus composiciones bajo esta premisa.

Con ese único pago, el comprador obtiene una licencia —no exclusiva y no transferible— que le otorga los derechos de sincronización y de comunicación pública en un canal y para un proyecto concreto. "No tienes que volver a entregar otra cantidad, ni a las páginas ni a ninguna otra agencia o sociedad de gestión", señala Quintero. Para el uso de alguna obra del repertorio que administra, la SGAE fija una tarifa mensual de 2,95 euros por cada tramo de cinco líneas telefónicas.

El uso de sintonías libres de derechos de autor permite que las empresas se ahorren los gastos derivados de la renovación de las músicas

No obstante, hay excepciones: algunos de los artistas cuya obra aparece en las webs están registrados en entidades de gestión de derechos. Si el cliente quiere utilizar una pieza del repertorio de estos artistas, "tendrá que consultar a la sociedad pertinente por si tiene que obtener una autorización", dice Quintero.

A la música de espera para centralitas o contestadores automáticos le corresponde una licencia comercial para uso corporativo en Tonopro, que tiene una duración ilimitada y se aplica a todo el mundo. "Utilizar música libre de derechos como tono de espera en centralitas exime de pagos anuales a las agencias para renovar la licencia y de pagos extra a las entidades de gestión de derechos de autor", afirma su fundador.

El pago a los autores

Los compositores, ya sean aficionados o profesionales, que ofrecen sus temas a través de estas bibliotecas ‘online’ se llevan una comisión. En Tonopro varía entre el 50 y el 70%, según el tipo de acuerdo al que lleguen con la web: tienen la posibilidad de ceder una obra de manera no exclusiva o hacerlo de manera exclusiva con validez en España o a nivel mundial. En estos últimos supuestos, el autor no podría ofrecer los mismos temas en otra colección física o catálogo ‘online’ de música libre de derechos española o internacional, respectivamente.

"Jamendo remunera directamente al artista y nadie comparte el cobro", asegura Martin Guerber, uno de los responsables de Jamendo, una página de música Creative Commons que también puede utilizarse en centralitas telefónicas comprando una licencia de tipo estándar (49 euros). Entre los artistas españoles que comparten sus títulos a través de la plataforma luxemburguesa, Guerber destaca a Roger Subirana Mata y bandas como Sundayers y Stormy Mondays.

El precio "es hasta diez veces menor que el de una canción con ‘copyright’", añade Guerber. "El tema vale para un ‘call center’: si una empresa tiene una oficina con varias líneas, puede utilizarlo en todas, pero necesitará una licencia para cada oficina si dispone de más de una".

Pero una compañía puede preferir música exclusiva, compuesta solo para su proyecto. En este caso, el autor que elijan (dentro de los que colaboran con una de las plataformas) cede "determinados derechos sobre el uso de música", indica Quintero, cuyos gastos también debe cubrir el cliente.

¿Y si se trata del último ‘hit’ de Justin Bieber o Enrique Iglesias? "Para utilizar canciones previamente grabadas en un disco, no solo se necesita solicitar y pagar los derechos autorales, editoriales y la parte de la sociedad de gestión, sino que también hacen falta los derechos de utilización del máster original", explica el responsable de Tonopro. Estos pertenecen a la compañía discográfica y no existe una tarifa fija, sino que su valor depende de parámetros como la importancia del artista o su deseo de promoción. "Hablamos de miles de euros", advierte Quintero.

Recurriendo a los clásicos

¿Quién no ha esperado alguna vez al teléfono al ritmo de una sinfonía de Mozart o Beethoven? Los derechos de ‘copyright’ de una composición musical tienen una validez de 70 años tras la muerte de su autor. A partir de entonces, pasan a formar parte del dominio público. Por eso "nadie puede exigir el pago de derechos de autor por utilizar un tema de Vivaldi", dice Quintero.

Sin embargo, las librerías ‘online’ sí cobran por las adaptaciones de los clásicos. "Es por la grabación", señala el responsable de la web. Las grabaciones sonoras tienen dos tipos de derechos: el de autor y el de la grabación. Si uno o varios músicos interpretan de nuevo la composición y la graban, la nueva obra adquiere derechos correspondientes a la grabación, los artistas, el arreglista que la haya adaptado y, en algunos países, "hasta el ingeniero que haya mezclado la música", afirma Quintero.

Por eso, una empresa que quisiera una versión de ‘Para Elisa’ de Beethoven, también tendría que obtener una licencia en las páginas de música libre de derechos, o directamente de los responsables de la adaptación.

Aunque parezca algo de lo más simple, detrás de esa musiquilla que escuchas al teléfono hay una compleja trama de licencias y derechos que se simplifica enormemente gracias a estas webs y a los autores que forman parte de sus catálogos.

Cuando llamas a una empresa para pedir información o hacer alguna consulta y sus líneas están ocupadas, lo normal es que esté preparada para amenizarte la espera con alguna musiquilla. Sin embargo, no siempre lo consigue, pues las canciones elegidas por sus responsables no suelen concordar con las que incluyes en tus listas de Spotify. ¿Por qué nunca escuchas el último éxito mientras aguardas a que un operador te atienda por teléfono?

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