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'Los Albertos' fracasan en el intento de evitar su procesamiento por estafa procesal
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'Los Albertos' fracasan en el intento de evitar su procesamiento por estafa procesal

La Sala 15ª de la Audiencia Provincial de Madrid, formada por los magistrados Alberto Jorge Barreiro, María Pilar Oliván Lacasta y Alberto Molinari López-Recuero, ha dictado

La Sala 15ª de la Audiencia Provincial de Madrid, formada por los magistrados Alberto Jorge Barreiro, María Pilar Oliván Lacasta y Alberto Molinari López-Recuero, ha dictado un Auto en el que rechaza admitir a trámite el Incidente de Nulidad formulado por Alberto Alcocer, al que se adhirieron posteriormente Alberto Cortina y Ramón Hermosilla, con el que los dos financieros y su abogado pretendían que se dejara sin efecto la imputación del delito de estafa procesal en grado de tentativa que pesa sobre ellos.

Cortina y Alcocer, más conocidos como ‘Los Albertos’, están acusados junto a Hermosilla y otros colaboradores como presuntos autores de delitos de denuncia falsa, falsedad en documento privado y estafa procesal en grado de tentativa, en relación a la carta falsificada utilizada por Los Albertos para intentar paralizar su ingreso en prisión.

Vicio procesal

El Juzgado de Instrucción número 11 de Madrid dictó el pasado 16 de mayo auto de apertura de juicio oral en la Audiencia Provincial de Madrid, que aún debe señalar la fecha para el juicio. El Auto dictado por la Audiencia Provincial, con fecha 20 de octubre de 2008, desautoriza de forma radical la pretensión de Alcocer y los otros imputados, y afirma que “la parte recurrente pretende ahora que la Sala entre a dirimir cuestiones fácticas y jurídicas de fondo propias de la fase de plenario y de la sentencia, y que se entre en un debate totalmente impropio del momento procesal en que nos hallamos”. Según la sala, la representación de los procesados “Incurre así en el mismo vicio procesal del que ya dio muestras en otros recursos precedentes”.

Los magistrados de la Sala 15 detallan en el Auto las maniobras procesales de Los Albertos y sus ex abogados, llegando a afirmar que “ante la inexistencia de un recurso ordinario instrumentaliza el incidente de nulidad de actuaciones operando con él como si se tratara de un recurso más”. Dado que el recurso de nulidad, recuerdan, está pensado para supuestos en que se vulneren derechos fundamentales en una resolución que ponga fin al proceso, “se evita de este modo, mediante la implantación de una vía específica excepcional en la jurisdicción ordinaria, la interposición de recursos de amparo ante el Tribunal Constitucional”.

El Auto concluye, antes de rechazar su admisión a trámite, que “la interposición de un incidente de nulidad de actuaciones sólo puede interpretarse como un entorpecimiento del trámite normal de la jurisdicción ordinaria que no se ajusta a derecho”. La Sala 15ª de la Audiencia Provincial de Madrid es la competente para resolver los recursos de apelación planteados en el Procedimiento de Investigación D.P. 38/2005/D que se sigue en el Juzgado nº11 de los de Madrid para depurar las responsabilidades derivadas de la falsificación de una carta atribuida al arquitecto Pedro Sentieri, aparecida misteriosamente en el buzón de la documentalista Gloria Álvarez, justo veinte días después de que el Tribunal Supremo condenase a Los Albertos a tres años y cuatro meses de prisión, carta que les exculpaba de los delitos cometidos en el caso Urbanor, y que fue utilizada por la referida señora para formular una falsa denuncia ante la Fiscalía General del Estado.

La Sala 15ª de la Audiencia Provincial de Madrid, formada por los magistrados Alberto Jorge Barreiro, María Pilar Oliván Lacasta y Alberto Molinari López-Recuero, ha dictado un Auto en el que rechaza admitir a trámite el Incidente de Nulidad formulado por Alberto Alcocer, al que se adhirieron posteriormente Alberto Cortina y Ramón Hermosilla, con el que los dos financieros y su abogado pretendían que se dejara sin efecto la imputación del delito de estafa procesal en grado de tentativa que pesa sobre ellos.