Es noticia
El TSJC anula por primera vez autorizaciones para instalar dos parques eólicos en Cataluña
  1. Mercados

El TSJC anula por primera vez autorizaciones para instalar dos parques eólicos en Cataluña

BARCELONA, 8 (EUROPA PRESS) El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha anulado las autorizaciones por las que se instalaron dos parques eólicos

BARCELONA, 8 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha anulado las autorizaciones por las que se instalaron dos parques eólicos en La Serra del Tallat y La Serra de Vilobí (Lleida), a raíz de dos recursos interpuestos por la entidad ecologista Ipecena contra la antigua Conselleria de Trabajo e Industria y Acciona.

En rueda de prensa, los abogados de Ipcena explicaron que la Sala de lo Contencioso-Administrativa del TSJC considera que el emplazamiento de estos parques es "incompatible" con el planteamiento urbanístico de dichas zonas. Por ello, ambos parques "se encuentran en situación de ilegalidad desde el punto de vista urbanístico".

Para los ecologistas de Ipcena (Institución de Poniente para la Conservación y el Estudio del entorno Natural) --perteneciente a Ecologistes de Catalunya (EdC)-- estas sentencias, que aún no son firmes, "pueden sentar jurisprudencia aplicable al resto de centrales eólicas de Cataluña". De hecho, si prosperan, tardará unos tres o cuatro años en materializarse en el derribo de los parques eólicos.

El rumbo que seguirán las sentencias puede ser diverso a partir de ahora. Ayer terminó el plazo para presentar recursos, proceso que, según los denunciantes, nadie ha llevado a cabo. Según los abogados, se deberían registrarse tres o cuatro sentencias en el mismo sentido si el caso crea jurisprudencia.

SON NECESARIOS PLANES GENERALES.

Según las sentencias, los parques eólicos sólo se pueden establecer en territorios reservados para "sistemas generales", por lo que antes de decidir su ubicación "es indispensable la tramitación de un Plan General de ámbito supramunicipal".

El abogado experto en Urbanismo y Medio Ambiente que ha llevado el caso, Eduardo Moreno, explicó que "todos los parques eólicos deben ser revisables". Ambos se edificaron bajo el decreto 174/2002, que "simplificó los trámites y fue muy criticado porque pasó de los criterios urbanísticos", según Moreno. De hecho, agregó que este es uno de los argumentos de la sentencia: "El decreto no puede ningunear el ordenamiento urbanístico".

El portavoz de Ipcena, Joan Vázquez, concretó que hace unos seis meses que funcionan ambos parques, que en principio fueron concebidos como uno solo. "Lo dividieron, hicieron muchas trampas, y ahora chocan con los derechos de las personas", criticó, ya que entre ambos suman más de la potencia que podría sumar legalmente uno solo (45 kilovatios).

Moreno calificó de "fraude de ley" la actuación de la Generalitat, ya que para el abogado la Administración intentó "estafar a la ley" con la división de los parques para disponer de mayor potencia en cada grupo eólico.

"Pondremos a disposición de las plataformas de Ecologistas de Cataluña las dos sentencias para que puedan iniciar trámites, nos planteamos promoverlo y hacerlo", detalló el portavoz de Ipcena, en relación a futuras acciones en otros parques catalanes.

BARCELONA, 8 (EUROPA PRESS)