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Ya se puede pedir el bono joven de alquiler en Madrid: requisitos, documentación y cómo presentar la solicitud
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Ya se puede pedir el bono joven de alquiler en Madrid: requisitos, documentación y cómo presentar la solicitud

Estos son los requisitos y cómo presentar la solicitud para la ayuda para la vivienda

Foto: Estos son los requisitos y cómo presentar la solicitud para la subvención de vivienda. (iStock)
Estos son los requisitos y cómo presentar la solicitud para la subvención de vivienda. (iStock)

Desde hoy, miércoles, los madrileños que reúnan las características exigidas podrán optar a la convocatoria de las ayudas del Bono Alquiler Joven del Gobierno central con 250 euros mensuales en dos años dirigidas a menores de 35 años que arrienden un inmueble o una habitación en la región. El Consejo de Gobierno autorizó la semana pasada una la inversión de 31,8 millones de euros para poner en marcha este programa en materia de vivienda. La Orden del Gobierno autonómico para poder solicitar esta ayuda estatal se publicó ayer martes en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) y hoy entra en vigor.

Esta subvención se concederá por un plazo de dos años, hasta un máximo de 6.000 euros repartidos en 24 mensualidades. Cabe resaltar que la determinación de la cuantía de la renta subvencionable no se incluirán en la misma, ni el importe de garajes o trasteros, anexos a la vivienda, ni el resto de obligaciones económicas asumidas en el contrato por el arrendatario, como por ejemplo son los gastos comunitarios, gastos de servicio y suministro, tasas e impuestos.

Foto: La consejera de medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, Paloma Martín. (EFE/Juan Carlos Hidalgo)

Requisitos

Podrán ser beneficiarios las personas físicas mayores de edad y hasta 35 años de edad, incluidos a la fecha de solicitud, que puedan acreditar una fuente regular de ingresos. También han de ser titulares o estén en condiciones de suscribir un contrato de arrendamiento de vivienda o de habitación, o de cesión de uso, cuya renta sea igual o inferior a 600 euros mensuales en el caso de arrendamiento de vivienda y 300 euros mensuales en el caso de arrendamiento de habitación, o hasta 900 euros y 450 euros en una serie de municipios incluidos en el Anexo II del Acuerdo del Consejo de Gobierno, por una vivienda que constituya o vaya a constituir su domicilio habitual y permanente. Además, hay una serie de requisitos añadidos que son los siguientes:

  • Poseer nacionalidad española o residencia legal en España.
  • Ser titular de un contrato de arrendamiento de vivienda conforme a la LAU, de cesión de uso o de habitación, o estar en disposición de suscribirlo.
  • Que la vivienda arrendada constituya la residencia habitual y permanente.
  • No ser propietario o usufructuario de una vivienda en España, ni el arrendatario, ni los convivientes. Sin embargo, existen varias excepciones: partes alícuotas de herencias, no disponibilidad por separación o divorcio, inaccesibilidad a la misma por discapacidad o imposibilidad de ocuparla por causas ajenas a su voluntad.
  • No tener parentesco en primer o segundo grado con el arrendador, ni el arrendatario, ni los convivientes.
  • No ser socio o partícipe del arrendador, ni el arrendatario, ni los convivientes.
  • No estar incurso en alguna de las circunstancias previstas en el art. 13 de la Ley General de Subvenciones.
  • No haber sido objeto de revocación de las ayudas previstas en un Plan de Vivienda.

Cómo presentar la solicitud

Este miércoles 21 de septiembre de 2022 se inicia el plazo de presentación de solicitudes para acceder al Bono Alquiler Joven de la Comunidad de Madrid. En este sentido, se recomienda que las solicitudes se presenten de forma telemática utilizando el modelo oficial de solicitud y Anexos que pueden descargarse desde la web. No obstante, también se podrá solicitar la subvención de forma presencial:

  • De forma telemática: se podrá realizar a través de la sede electrónica de la página web institucional de la Comunidad de Madrid.
  • De forma presencial: por otro lado, se podrá presentar la solicitud en el Registro General de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura o en cualquiera de los lugares habilitados. Además, la presentación de solicitudes, de forma presencial, requiere de cita previa en las Oficinas de Registro.

Documentación

A la hora de solicitar la ayuda cabe resaltar que habrá que acreditar una serie de documentos detallados por la CAM:

  • El contrato de alquiler.
  • El certificado de empadronamiento colectivo e histórico.
  • Copia del permiso de residencia de larga duración o del permiso de residencia temporal, si se trata de extranjeros no comunitarios.
  • Justificantes de los pagos del alquiler de las mensualidades vencidas a fecha de la solicitud de la ayuda.
  • Declaración del IRPF o bien certificado de imputaciones de la AEAT y/o otra documentación justificativa de los ingresos anuales de 2021 de arrendatarios y de los mayores de edad que componen la unidad de convivencia, si procede.
  • Documentación acreditativa de disponer de una fuente regular de ingresos.
  • Si se ha venido disfrutando del Bono Alquiler Joven en otra Comunidad o Ciudad Autónoma, deberá aportar un certificado expedido por la Administración de origen, indicando las cuantías y las mensualidades ya reconocidas.
  • Nota de Localización ofrecida por el Servicio de Índices del Registro de la Propiedad, de titularidades inscritas a favor del solicitante y de todas las personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada o cedida. Si de dicha Nota de Localización se indicara que se es titular de otro inmueble, deberá aportarse Nota Simple del Registro de la Propiedad referido al mismo y, en su caso, documentación acreditativa de no poder disponer de la vivienda.

Desde hoy, miércoles, los madrileños que reúnan las características exigidas podrán optar a la convocatoria de las ayudas del Bono Alquiler Joven del Gobierno central con 250 euros mensuales en dos años dirigidas a menores de 35 años que arrienden un inmueble o una habitación en la región. El Consejo de Gobierno autorizó la semana pasada una la inversión de 31,8 millones de euros para poner en marcha este programa en materia de vivienda. La Orden del Gobierno autonómico para poder solicitar esta ayuda estatal se publicó ayer martes en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) y hoy entra en vigor.

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