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Batalla judicial por la muerte de Alonso, el menor que cayó por una rejilla de Madrid Río
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Demandan al ayuntamiento y a la empresa

Batalla judicial por la muerte de Alonso, el menor que cayó por una rejilla de Madrid Río

Su padre exige al Ayuntamiento de Madrid y a la empresa responsable del mantenimiento del parque 87.718 euros, al considerar que la muerte se debió a un mal funcionamiento de los servicios públicos

Foto: Imagen de la rejilla por la que cayó el menor en Madrid Río. (Foto del informe pericial)
Imagen de la rejilla por la que cayó el menor en Madrid Río. (Foto del informe pericial)

Seis de la tarde del 8 de febrero de 2017. Alonso C. R., de 15 años, se encuentra con tres amigos en Madrid Río cuando decide subirse a uno de los conductos de ventilación que conectan el parque con los túneles de la M-30 que circulan por debajo. Los cuatro adolescentes consideran que la chimenea, de unos siete metros de anchura y 2,5 de altura, es el lugar perfecto para sacarse fotografías, por lo que se encaraman a la misma apoyándose en la caja de registro eléctrico que hay en uno de sus muros. Una vez arriba, la chiquillada da paso a la tragedia.

La parte superior de la chimenea está compuesta por rejillas y, por razones que todavía se investigan, una de ellas cede. Alonso, que en ese momento se encuentra sobre la misma, cae 20 metros e impacta contra un palé de ladrillos, golpe por el que fallece horas después en el Hospital 12 de Octubre. Dado que el mantenimiento de la instalación depende de la empresa Madrid Calle 30, sociedad adscrita al Área de Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid, los medios de comunicación no tardan en poner el foco sobre el consistorio.

En un intento de acallar la polémica, la portavoz municipal, Rita Maestre, comparece en rueda de prensa la mañana del 9 de febrero y promete la apertura de una investigación. El Ayuntamiento de Madrid encarga entonces un informe al perito Santiago García Garrido, estudio que se entrega el 27 de marzo de 2017 y cuya conclusión es tajante: la rejilla se rompió por "una manipulación intencionada", apuntando así a los cuatro adolescentes como únicos responsables del suceso. Basándose en este informe, el Juzgado de Instrucción Número 21 de Madrid ordena el sobreseimiento de la causa el 15 de septiembre de 2017, resolución que confirma la Audiencia Provincial de Madrid el 13 de noviembre.

La familia de Alonso, sin embargo, no queda conforme con la decisión judicial y el pasado 7 de mayo su padre demanda tanto al Ayuntamiento de Madrid como a la empresa Madrid Calle 30, reclamando a ambos 87.718,75 euros, al considerar que la muerte de su hijo se debió a un mal funcionamiento de los servicios públicos. Para ello, la familia se apoya en el acta de los agentes de la Policía Científica, en el testimonio de los tres menores que se encontraban con Alonso y en un informe elaborado el pasado abril en el que se contraargumenta la conclusión del primer estudio.

Según sostiene el abogado del padre de la víctima, Francisco Javier Díaz Aparicio, las pruebas que aportan ahora demuestran que la rejilla no fue manipulada, sino que podría haber cedido ante el peso del adolescente por el mal estado en que se encontraba. "Por ahora, hemos hecho una reclamación por vía administrativa exigiendo que el ayuntamiento reconozca esta negligencia, que es un requisito exigido para la demanda", explica el letrado a este diario. Si el ayuntamiento no procede al pago, el proceso seguirá adelante y ambas partes se verán en el juzgado.

La versión de los testigos

"Los tres menores que se encontraban con Alonso en el momento del accidente siempre han mantenido que no tocaron el tramex [la rejilla]. Desde que murió Alonso, los tres han dicho en todo momento que cedió por su peso", asegura a El Confidencial el abogado del padre de la víctima. Díaz Aparicio considera que "hubo una deficiente instrucción" en el juzgado que se hizo cargo del caso y optó por el sobreseimiento del mismo el pasado septiembre, ya que "solo se tuvo en cuenta el informe pericial del propio ayuntamiento y no se tomó declaración a los testigos, ni tampoco se practicó una pericia imparcial". En su opinión, el juez debería haber exigido un segundo informe, puesto que "no se trata de peritar una rueda de un coche, sino de la muerte de un menor".

Ante las duras críticas del abogado, El Confidencial se puso en contacto con el Ayuntamiento de Madrid y con la empresa Madrid Calle 30 el pasado viernes para preguntarles por su opinión al respecto, pero por el momento no ha logrado obtener respuesta alguna por su parte. Asimismo, ninguna de las dos instituciones ha aclarado tampoco a este diario si se plantean pagar los 87.718 euros exigidos en la demanda.

El contrainforme de la demanda

El informe del perito Santiago García Garrido, que fue encargado por los responsables de mantenimiento de la chimenea y resultó crucial para el sobreseimiento de la causa, sostiene que "la víctima, sola o con ayuda de otros, habría arrastrado la estructura fuera de su alojamiento", descartando así que cediera por el peso del adolescente. "La víctima, que sujetaba la rejilla, no pudo liberar sus dedos de la rejilla y se vio arrastrada por esta en su caída", concluye el estudio de García, para lo que argumenta que "la estructura podía soportar perfectamente en todos sus puntos el peso de una persona".

El perito llega a esta conclusión tras analizar tres hipótesis: que la rejilla cediera tras pisarla la víctima, que la rejilla cayera con anterioridad y que la rejilla fuese desplazada por la propia víctima. A la hora de descartar las dos primeras teorías, García se basa en una inspección que llevó a cabo el 9 y 10 de febrero, en entrevistas personales y en una serie de ensayos realizados en presencia de un notario. De todos modos, un segundo informe elaborado en abril de 2018 por Juan Gallego Montoya, arquitecto contratado por la familia de la víctima, contradice varias de las conclusiones expuestas, asegurando que "no se puede descartar que el accidente se hubiera producido por un mal estado del tramex encontrado en el fondo de la chimenea".

Uno de los primeros aspectos que revisa Gallego en su estudio es el apartado en que García afirma que las marcas que presentaba la rejilla caída "pueden atribuirse a la acción mecánica de algún elemento que ha golpeado o ha hecho palanca para lograr el doblado". En este sentido, Gallego argumenta que "las acciones de golpeo y de palanca provocan unos efectos muy distintos en el material" y considera que el primer estudio no se ha hecho con suficiente rigor. Además, el arquitecto sostiene que para que la rejilla se rompiera por un efecto palanca, esta no debía estar "sujeta a la estructura como debiera", por lo que incluso en ese caso el Ayuntamiento de Madrid sería responsable del mal cuidado de la chimenea.

A continuación, Gallego va desmontando uno a uno los argumentos de García, que van desde las marcas de agua que había en la chimenea hasta la forma en que cayó la rejilla, pasando incluso por las leyes de la física que justifican su teoría. Destaca en este sentido la parte en la que cuestiona que Alonso "no pudo liberar sus dedos de la rejilla y se vio arrastrado por esta en su caída", ya que en la autopsia no se menciona lesión alguna en el brazo del menor. A la hora de defender su postura, el arquitecto se apoya además en una serie de fotografías de la chimenea realizadas tanto por él como por los propios policías tras el accidente, imágenes en las que se puede apreciar cómo algunas de las rejillas que se encuentran en la parte superior también presentan daños y no están correctamente colocadas.

"Esta separación entre el tramex y el hueco que debería rellenar completamente indica que la colocación de los tramex en el momento de la construcción de la edificación no fue la correcta o que, en manipulaciones por mantenimiento posteriores, se colocaron restos de tramex de otra zona aunque no cerraran el hueco completamente", sostiene en su informe Gallego. "Esta última opción es la más probable, puesto que en la zona del accidente se encuentran, por lo menos, dos tipos de tramex distintos, cuando lo normal es utilizar un tipo de tramex igual en toda la superficie".

La inspección de la Policía Científica

Tras caer Alonso por la chimenea en torno a las seis de la tarde del 8 de febrero de 2017, agentes de la Policía Nacional, sanitarios y bomberos se desplazaron hasta el lugar para socorrer a la víctima. Una vez trasladado el adolescente al Hospital 12 de Octubre con pronóstico grave, la Policía Científica inspeccionó el conducto, dejando así por escrito una serie de aspectos que, pese a no desmentir el posterior informe pericial en el que se asegura que la rejilla fue manipulada por los jóvenes, sí dejan en el aire la posibilidad de que simplemente cediera por el propio peso de la víctima sin que los chicos la tocaran.

En este sentido, cabe destacar cómo los agentes señalan el mal estado de la chimenea en su acta, documento al que ha tenido acceso El Confidencial:

“La rejilla anexa a la que ha caído no se encuentra correctamente colocada sobre el eje de la vigueta YPN adentrándose como debiera a 30 milímetros de distancia, sino que lo hace más al borde apoyando tan solo 10 milímetros en la misma. Asimismo, se observa cómo esta rejilla presenta en varias de sus zonas, entre otras en sus bordes, pequeñas erosiones de entre 3 y 5 milímetros de anchura y profundidad provocadas posiblemente por el uso de una amoladora”.

placeholder Fotos del accidente en Madrid Río. (Fotos del informe pericial).
Fotos del accidente en Madrid Río. (Fotos del informe pericial).

El abogado del padre de la víctima subraya la importancia de este apartado del acta, ya que el hecho de que los agentes usen la palabra 'amoladora' parece indicar que los daños en la rejilla se habrían ocasionado por el uso de una rotaflex, herramienta que consiste en un motor eléctrico con cuchillas. "El hecho de que la policía hable de amoladora descarta la hipótesis que se sostiene en el informe pericial encargado por el Ayuntamiento de Madrid, en el que se sugiere que los menores podrían haber partido el tramex con piedras", argumenta.

Los policías insisten además en el acta en que tanto la rejilla que cayó como la que se encontraba a su lado presentaban características similares:

“En dicha rejilla [la que cayó] se pueden observar las mismas similitudes a la rejilla anexa a la misma de la superficie con notables desperfectos y erosiones tanto en sus esquinas como en el centro de la misma, donde llegan a faltar trozos de panel en alguno de sus huecos de 70x50 milímetros, lo que debilita y oxida parte de la estructura, la cual a su vez es posible que no asentara sobre el eje de la vigueta de YPN, lo que causaría la doblez de sus lados más extremos, como se puede observar en la propia malla metálica de la rejilla tipo tramex”.

El informe policial, por tanto, no sugiere en ningún momento que la rejilla fuera movida por los propios adolescentes, sino que se centra en los daños que presenta la estructura, desperfectos que, según el abogado del padre de la víctima, servirían para demostrar que esta podría haber cedido ante el peso de Alonso. "En la instrucción que se llevó a cabo, solo se dispuso del informe del ayuntamiento, pero ahora, después del cambio de defensa, esperamos que se tenga en cuenta el segundo informe, en el que sí se incluyen los aspectos que señalan los policías en el acta", sostiene Díaz Aparicio.

Seis de la tarde del 8 de febrero de 2017. Alonso C. R., de 15 años, se encuentra con tres amigos en Madrid Río cuando decide subirse a uno de los conductos de ventilación que conectan el parque con los túneles de la M-30 que circulan por debajo. Los cuatro adolescentes consideran que la chimenea, de unos siete metros de anchura y 2,5 de altura, es el lugar perfecto para sacarse fotografías, por lo que se encaraman a la misma apoyándose en la caja de registro eléctrico que hay en uno de sus muros. Una vez arriba, la chiquillada da paso a la tragedia.

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