Cómo votar por correo en las elecciones de Cataluña del 21 de diciembre
Si vive en España, tiene hasta el día 11 de diciembre para solicitar el voto por correo. Una vez reciba toda la documentación debe enviarla como fecha límite el día 18. Estos son los pasos que debe seguir
Si vive en España y tiene derecho a voto en las elecciones catalanas del 21 de diciembre pero prevé que no podrá votar ese día, puede hacerlo por correo. Estos son los pasos que debe seguir y los plazos que tiene que tener en cuenta para que su papeleta entre en el recuento.
Solicitud de voto por correo: hasta el 11-D
Debe acudir a cualquier oficina de Correos y solicitar el impreso de solicitud de voto por correo. Lleve bolígrafo y aproveche para rellenarlo y entregarlo. Puede llevárselo a casa y entregarlo otro día, pero para evitar largas esperas hágalo cuento antes.
Es necesario llevar el DNI. También puede mostrar el pasaporte, el carné de conducir o la tarjeta de residencia si es extranjero empadronado con derecho a voto. No valen ni fotocopias ni el resguardo del DNI en trámite ya que no aparece la fotografía del titular. En este caso, se aceptará la presentación de estos documentos aunque estén caducados
Envío de papeletas a casa: del 1 al 14-D
Una vez entregue la solicitud de voto, le llegará a su domicilio toda la documentación necesaria para que pueda ejercer su derecho a voto. Será la correspondiente delegación provincial de la Oficina del Censo Electoral la encargada de remitirlo todo. Eso sí, lo hará por correo certificado, es decir, personalmente. Correos hará dos intentos y si no contacta con usted se le dejará un aviso para que recoja la documentación en la oficina postal correspondiente. Cuando acuda, lleve su DNI.
En la documentación encontrará:
- Una papeleta por cada una de las formaciones políticas que se presentan a las elecciones catalanas.
- Un sobre para meter la papeleta.
- El certificado de inscripción en el censo electoral.
- Otro sobre. En este aparece la dirección de la Mesa donde le correspondería votar el 21-D.
- Un folio con todas las explicaciones.
Envío del voto por correo: hasta el 18-D
Recibida la documentación, tiene hasta el lunes 18 de diciembre para enviar toda la documentación en cualquier oficina postal de España en los horarios
habituales de apertura y como máximo hasta las 14:00 horas. El envío será cursado como correo certificado y urgente, con carácter gratuito.
En caso de enfermedad o incapacidad, se deberá acreditar la misma mediante certificación médica oficial la cual deberá ser incluida junto al impreso de solicitud del voto por correo y dicha solicitud puede ser efectuada en nombre del elector por una persona autorizada notarialmente.
¿Y si vivo en el extranjero?
Si reside fuera de España, debe consultar si está en las listas del censo correspondiente (CERA) a fecha del 1 de agosto de 2017. La solicitud de voto por correo desde el extranjero terminó el pasado 22 de noviembre. Si lo ha solicitado, esto es lo que debe de hacer ahora:
Hasta el 1 o 9 de diciembre
A los electores residentes o temporalmente ausentes en el extranjero inscritos en municipios de las provincias de Girona, Lleida y Tarragona se les enviará la documentación para el voto no más tarde del día 1 de diciembre. Por impugnación de candidatos, los electores de la provincia de Barcelona la recibirán antes del 9 de diciembre. En el sobre que reciba encontrará:
- Una papeleta por cada una de las formaciones políticas que se presentan a las elecciones catalanas.
- Un sobre para meter la papeleta.
- El certificado de inscripción en el censo electoral.
- Otro sobre. En este aparece la dirección de la Mesa donde le correspondería votar el 21-D.
- Un folio con todas las explicaciones.
Envío del voto: 16-D o en urna hasta el 19-D
Tiene hasta ese día (sábado) para enviar su voto por correo certificado al consulado general. Los días 17,18 y 19 de diciembre podrá depositar personalmente en las urnas que se habilitarán en este Consulado General el sobre dirigido a la Junta Electoral Provincial, que incluirá el sobre de votación cerrado y la documentación requerida, que será detallada en la hoja informativa que recibirá con la documentación electoral.
Si vive en España y tiene derecho a voto en las elecciones catalanas del 21 de diciembre pero prevé que no podrá votar ese día, puede hacerlo por correo. Estos son los pasos que debe seguir y los plazos que tiene que tener en cuenta para que su papeleta entre en el recuento.