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El TSJC rebaja de 4 años a 1,5 una condena por desórdenes tras la sentencia del 1-O
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Tras estimar un recurso de la defensa

El TSJC rebaja de 4 años a 1,5 una condena por desórdenes tras la sentencia del 1-O

Ha rebajado la condena que la Audiencia de Barcelona impuso a un joven por desórdenes tras la sentencia del referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017

Foto: Foto: EFE/Santi Donaire.
Foto: EFE/Santi Donaire.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha rebajado de cuatro años a uno y medio la condena que la Audiencia de Barcelona impuso a un joven por desórdenes tras la sentencia del referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017.

Lo ha hecho al estimar un recurso de la defensa, y la sentencia consultada por Europa Press este lunes lo absuelve del delito de atentado por el que fue condenado, pero mantiene la condena por desórdenes. La sentencia del TSJC da por buenos los hechos probados de la sentencia de la Audiencia de Barcelona, pero difiere del primer tribunal al determinar qué delitos implican estos hechos.

Foto: Albert Batet, en la segunda jornada del debate de política general en el Parlament (EFE/Andreu Dalmau)

El 15 de octubre de 2019, el día después de publicarse la sentencia del 1-O, el joven participó en una manifestación en el paseo de Gracia y, junto a un grupo de unas 100 personas, "provisto de un pasamontañas con el que intentaba evitar ser reconocido y que efectivamente dificultaba su identificación, lanzó piedras y botellas contra los agentes".

No concreta a qué agentes alcanzó

La sentencia detalla que las piedras y botellas impactaron en los agentes antidisturbios de los Mossos d'Esquadra que intervinieron en la manifestación, además de en una furgoneta policial. Sin embargo, el TSJC expone que en la sentencia de la Audiencia "no se individualizan los agentes que resultaron atacados, agredidos o acometidos con los lanzamientos que hizo el acusado", algo necesario para atribuir el delito.

El joven también "colaboró en el levantamiento de una barricada" moviendo contenedores y papeleras arrancadas de la vía pública y avivó el fuego que personas no identificadas, también integradas en el mismo grupo, habían prendido previamente en medio de la calle, arrojando objetos a tal hoguera. La Fiscalía también recurrió la primera sentencia, pero en sentido opuesta a la defensa, y el tribunal ha desestimado su recurso.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha rebajado de cuatro años a uno y medio la condena que la Audiencia de Barcelona impuso a un joven por desórdenes tras la sentencia del referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017.

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