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Varapalo del fiscal a la juez instructora del caso del máster de Casado
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Varapalo del fiscal a la juez instructora del caso del máster de Casado

El ministerio público argumenta que la magistrada no se atiene a los criterios del Tribunal Supremo al hacer su exposición razonada

Foto: Pablo Casado. (EFE)
Pablo Casado. (EFE)

La Fiscalía del Tribunal Supremo ha solicitado este viernes al Juzgado 51 de Madrid que archive la pieza en la que investiga el máster del presidente del PP, Pablo Casado, en la Universidad Rey Juan Carlos. El escrito del ministerio público, al que ha tenido acceso El Confidencial, critica que la titular del juzgado no vaya en la línea de lo estipulado por la Sala Segunda del Tribunal ha utilizado en estos asuntos. "La magistrada, dicho sea con el debido respeto, no se atiene a dichos criterios por cuanto que los indicios en que se basa ni son suficientemente consistentes, sino todo lo contrario, ni aportan un nivel suficiente de solidez que permita aconsejar la apertura de un procedimiento, que sería meramente prospectivo, al no existir indicios incontestables de la existencia de responsabilidad penal por parte del aforado", argumenta la Fiscalía.

placeholder El escrito enviado por la Fiscalía al Tribunal Supremo sobre el máster de Casado
El escrito enviado por la Fiscalía al Tribunal Supremo sobre el máster de Casado

Además, el ministerio público pone de relieve que la instructora, Carmen Rodríguez-Medel, "a la hora de construir su tesis sobre la supuesta participación del aforado como cooperador necesario en el delito de prevaricación administrativa presuntamente cometido por persona no aforada obvia completamente los requisitos y exigencias que al respecto exige la doctrina de ese alto tribunal".

El escrito del ministerio público, de apenas siete páginas, trata de desmontar todos los indicios en los que la juez de instrucción ha basado la exposición razonada que ha trasladado al Supremo. En concreto, la inclusión del máster en su currículum, el pago de la matrícula, el reconocimiento de los 40 créditos por ser licenciado y la no asistencia a clase. "No existen indicios incontestables de la existencia de responsabilidad penal por parte del aforado ni ha quedado acreditado de forma alguna, ni siquiera indiciaria, que existiera concierto del señor Casado con cualquiera de los demás investigados", afirma el escrito.

"Asimismo habrá de señalarse cómo el primero de los indicios que se maneja por la instructora -el uso del currículum- es completamente inocuo a los efectos que nos interesan", subraya la Fiscalía, que critica duramente la exposición razonada que la instructora elevó al Supremo la Fiscalía. "Carece del sustrato necesario como para que pueda ser tenida en cuenta por el alto tribunal y justificar la apertura de un procedimiento penal con todas las consecuencias que ello conlleva", asegura.

El ministerio público abunda también en que "no existe dato alguno que avale ni siquiera de forma indiciaria y al menos en relación con el aforado (...) la afirmación de la instructora de que don Enrique Álvarez Conde concierta con un grupo de alumnos escogidos que se matriculen en el máster, pagando la tasa, para que tras solicitar el reconocimiento legítimo de 40 créditos solo queden 20 por calificar". No hay ninguna prueba, insiste, y "no pasa de ser una mera sospecha o conjetura" que "don Enrique se encarga de garantizar que cumplido el pago de la matrícula el resto de los 20 créditos se obtenga mediante la calificación de asignaturas en las que los alumnos del grupo escogido indiciariamente no hacen nada".

La Fiscalía del Tribunal Supremo ha solicitado este viernes al Juzgado 51 de Madrid que archive la pieza en la que investiga el máster del presidente del PP, Pablo Casado, en la Universidad Rey Juan Carlos. El escrito del ministerio público, al que ha tenido acceso El Confidencial, critica que la titular del juzgado no vaya en la línea de lo estipulado por la Sala Segunda del Tribunal ha utilizado en estos asuntos. "La magistrada, dicho sea con el debido respeto, no se atiene a dichos criterios por cuanto que los indicios en que se basa ni son suficientemente consistentes, sino todo lo contrario, ni aportan un nivel suficiente de solidez que permita aconsejar la apertura de un procedimiento, que sería meramente prospectivo, al no existir indicios incontestables de la existencia de responsabilidad penal por parte del aforado", argumenta la Fiscalía.

Universidad Rey Juan Carlos (URJC) Pablo Casado
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