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El TSJC descarta pronunciarse sobre el bloqueo a 'consellers' al no ser competente
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OFENSIVA A FAVOR DE RULL, TURULL, COMÍN y PUIG

El TSJC descarta pronunciarse sobre el bloqueo a 'consellers' al no ser competente

En un recurso, la Generalitat pedía medidas cautelarísimas alegando el "daño al interés general de todos los ciudadanos" y la falta de amparo con el artículo 155 aprobado

Foto: Quim Torra, en un acto en Lleida. (EFE)
Quim Torra, en un acto en Lleida. (EFE)

La Sección 5 de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha concluido que no tiene competencia para decidir sobre la petición de las medidas cautelares que solicitó la Generalitat contra la decisión del Gobierno de Mariano Rajoy de vetar la publicación de los nombramientos de los presos Jordi Turull y Josep Rull y de los fugados Toni Comín y Lluís Puig como consejeros.

En su recurso, al que ha tenido acceso El Confidencial, los servicios jurídicos de la Generalitat esgrimen que se vulnera la facultad de Quim Torra como presidente de la Generalitat para nombrar a su Gobierno y señalan que el control de la legalidad debe ser posterior al nombramiento. Reclaman medidas cautelarísimas, lo que ha obligado al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña a pronunciarse en menos 48 horas. Paralelamente, los consejeros presos han acudido al Tribunal Constitucional.

La Generalitat alega la "concurrencia de circunstancias de especial urgencia" para que el TSJ levante el veto del Gpbierno y ordene la publicación en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña. Y que lo haga sin esperar a los argumentos de la Abogacía del Estado. El escrito fue presentado el pasado viernes. El recurso señala que "se está impidiendo, sin amparo legal, que el presidente de la Generalitat pueda ajercer su facultad de nombrar a los consejeros que han de formar su Gobierno". Pero añade que la decisión de no publicar el nombramiento de los consejeros presos y huidos va más allá y "está perjudicando los intereses generales de todos los ciudadanos de Cataluña, que ven cómo la Administración del Estado, sin amparo legal, impde la formación del Gobierno de la Generalitat".

Foto: Josep Rull y Jordi Turull antes de entrar en la cárcel de Estremera. (Reuters)

El escrito, firmado por Gerard Blanchar, abogado de los servicios jurídicos autonómicos, desgrana a lo largo de 28 páginas los argumentos a favor de que se publique el nombramiento de los presos. Alega que la designación de consejeros es "un acto personalísimo que se atribuye al presidente de la Generalitat, y su publicación, un acto reglado". Es decir, que no hay margen para impedir que sus nombres vayan al diario oficial porque no hay defecto de forma.

El recurso no entra tanto en la efectividad del nombramiento o si en un preso o una persona huida en el extranjero pueden ejercer como consejeros, sino que señala que ese control de legalidad debe hacerse 'a posteriori'. Así, señala que "el control de los nombramientos podrá realizarse una vez producida su publicación". Señala que la publicación oficial es un acto puramente administrativo, por lo que "el control de la publicación por parte del Ministerio de la Presidencia" solo puede afectar a asuntos meramente formales, pero nunca puede entrar en el fondo del asunto.

Se está impidiendo, sin amparo legal, que el presidente de la Generalitat pueda ajercer su facultad de nombrar a los consejeros


Los abogados de la Generalitat sostienen que el Ejecutivo podría controlar la publicación si así lo estableciera lo aprobado por el Senado cuando en octubre pasado aprobó aplicar el artículo 155 de la Constitución e intervenir la Generalitat tras la declaración unilateral de independencia. Pero añaden que el 155 estaba previsto solo hasta que hubiera un nuevo Gobierno en Cataluña, algo que no ocurre única y exclusivamente por la negativa a publicar el nombramiento. Por lo que, 'de facto', la no publicación impide a Torra ejercer sus funciones, "con los graves perjucios que ello conlleva para el interés general".

Turull y Rull también han acudido en amparo al Constitucional después de que el magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena les denegara salir de la prisión de Estremera para ir a tomar posesión de su cargo. Los servicios jurídicos del Estado manejan precedentes en que políticos y funcionarios no han podido ejercer sus cargos por no estar en España o ausentarse de sus funciones.

La Sección 5 de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha concluido que no tiene competencia para decidir sobre la petición de las medidas cautelares que solicitó la Generalitat contra la decisión del Gobierno de Mariano Rajoy de vetar la publicación de los nombramientos de los presos Jordi Turull y Josep Rull y de los fugados Toni Comín y Lluís Puig como consejeros.

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