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El TS impide a los presos ir al Parlament y deja a la Mesa decidir si delegan el voto
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acuerda lo mismo para sànchez y forn

El TS impide a los presos ir al Parlament y deja a la Mesa decidir si delegan el voto

En el escrito, esgrimía su derecho a ejercer "sus funciones políticas esenciales" y recordaba que pese a la prisión provisional su encarcelamiento no debe "tener más consecuencias"

Foto: Junqueras junto a Puigdemont en el Parlament. (Reuters)
Junqueras junto a Puigdemont en el Parlament. (Reuters)

El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena ha rechazado este viernes la petición de Oriol Junqueras para acudir al pleno de constitución y de investidura del Parlament. En un auto, el magistrado no accede a la solicitud del 'exvicepresident' que reclamó el "traslado urgente" de centro penitenciario a uno en Cataluña que le permita por cercanía acudir a la cámara baja autonómica y también se pronuncia, en el mismo sentido, sobre los otros dos diputados presos, Jordi Sànchez y Joaquim Forn. Esta decisión parece anticipar que los dos últimos no recuperarán la libertad como han solicitado en sendos escritos.

El magistrado acuerda que por el Parlamento de Cataluña se habiliten los instrumentos precisos para que los tres puedan acceder a su condición de parlamentarios en los términos exigidos en el artículo 23 del Reglamento del parlamento, pese a la situación de prisión provisional, comunicada y sin fianza en la que actualmente se encuentran. No obstante, declara la incapacidad legal prolongada de estos investigados para cumplir el deber de asistir a los debates y las votaciones del Pleno del Parlamento de Cataluña.

Esta decisión parece anticipar que los ni Sànchez ni Forn recuperarán la libertad como han solicitado en sendos escritos

Si los investigados lo solicitaran corresponde a la Mesa del Parlamento arbitrar —en la forma que entienda procedente y si no hay razón administrativa que se oponga a ello—, el procedimiento para que deleguen sus votos en otro diputado, mientras subsista su situación de prisión provisional, agrega el juez. "Se reconoce a estos la posibilidad de delegar su voto, debiendo administrarse su ejercicio por la Mesa del Parlamento", precisa y destaca que en ningún caso podrán votar de manera telemática.

Llarena señala que la ley no establece que las funciones parlamentarias, pese a su radical importancia en una sociedad democrática, hayan de prevalecer sobre otros fines constitucionalmente legítimos que puedan entrar en conflicto. En este sentido, destaca que todos ellos están siendo investigados por un delito de rebelión y han sido enviados a prisión provisional para "evitar el riesgo de una reiteración delictiva que venía marcada, precisamente, por el mantenimiento de las funciones de representación" política ante la posibilidad "de que su liderazgo volviera a manifestarse con movilizaciones ciudadanas colectivas violentas y enfrentadas al marco legal de convivencia".

placeholder El furgón policial que traslada a Oriol Junqueras, abandona el Tribunal Supremo. (EFE)
El furgón policial que traslada a Oriol Junqueras, abandona el Tribunal Supremo. (EFE)

El magistrado destaca que en la actitud de los investigados "no ha faltado una explícita jactancia de su determinación y perseverancia, así como de no someterse a las normas más básicas de nuestra convivencia, apelándose a una ruptura estructural". "El sustrato de riesgo subsiste hoy", dice rotundamente y resalta que con estos precedentes y con estas condiciones actuales no se pueden afrontar unas conducciones de salida y de retorno del centro penitenciario "con la garantía de que se desarrollarán despejadas del grave enfrentamiento ciudadano que puede impulsarse o brotar con ocasión del traslado" de unos presos que suscitan un apoyo incondicional por parte de sus seguidores.

Foto: Centenares de personas reclaman la libertad de junqueras en su ciudad

En el escrito, Junqueras esgrimía su derecho a ejercer "sus funciones políticas esenciales" y recordaba que pese a la prisión provisional su encarcelamiento no debe "tener más consecuencias aflictivas que las necesarias" ni convertirse en una "restricción desproporcionada o excesiva". "Debería permitirse que el investigado pudiera ser custodiado en un centro que facilitara el goce tanto de sus derechos políticos como personales", reclamaba.

"El Sr. Oriol Junqueras hoy en día ostenta la condición de diputado electo del Parlament a raíz de las elecciones del pasado día 21 de diciembre", recuerda el escrito, que agrega que aunque el encarcelamiento hace incompatible la asistencia diaria a la cámara legislativa o su participación en comisiones parlamentarias "no puede implicar su inasistencia al Plenario ni la pérdida de su voto, circunstancia que alteraría la función misma del Parlamento y afectaría a un poder del Estado, desnaturalizando el derecho de participación política".

El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena ha rechazado este viernes la petición de Oriol Junqueras para acudir al pleno de constitución y de investidura del Parlament. En un auto, el magistrado no accede a la solicitud del 'exvicepresident' que reclamó el "traslado urgente" de centro penitenciario a uno en Cataluña que le permita por cercanía acudir a la cámara baja autonómica y también se pronuncia, en el mismo sentido, sobre los otros dos diputados presos, Jordi Sànchez y Joaquim Forn. Esta decisión parece anticipar que los dos últimos no recuperarán la libertad como han solicitado en sendos escritos.

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