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Pedraz cierra el caso Couso tras decir el TS que España no tiene competencia
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Pedraz cierra el caso Couso tras decir el TS que España no tiene competencia

El Tribunal Supremo ordenaba a la Audiencia cerrar el caso Tíbet, resolución que, según señala Pedraz en el auto de archivo del caso Couso "es extensible a procedimientos con similar fundamento"

Foto: Fotografía de archivo de José Couso. (EFE)
Fotografía de archivo de José Couso. (EFE)

El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha cerrado hoy el casoCousoen cumplimiento de la doctrina establecida por el Tribunal Supremo en su sentencia por el caso Tíbet, que constata la falta de competencia de los tribunales españoles en este tipo de causas tras la reforma de la justicia universal.

En esa sentencia, el Tribunal Supremo ordenaba a la Audiencia Nacional cerrar el caso Tíbet, resolución que, según señala Pedraz en el auto de archivo del casoCouso-referido al cámara de Telecinco muerto en Irak en 2003-, "es extensible a procedimientos con similar fundamento".

De este modo, Pedraz deja sin efecto las ordenes de detención internacional contra los tres militares del Ejército de Estados Unidos a los que tenía procesados por los delitos contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, en concurso con delito de homicidio.

Tras la resolución del Supremo, lamenta Pedraz, "el flexo no podrá mantenerse encendido" sobre los procesados -el sargento Thomas Gibson, el capitán Philip Wolford y el teniente coronel Philip De Camp-, que podrán desplazarse a otros países e incluso a España, con la seguridad de que no van a ser buscados, puesto que en los archivos policiales o de otra índole no va a constar tal búsqueda.

"Ni la búsqueda en España ni en otros países va a ser posible: la nueva norma dictada por el legislador español impide la persecución de cualquier crimen de guerra cometido contra un español, salvo en el difícil supuesto de que los presuntos criminales se hayan refugiado en España".

Recuerda el juez que el 17 de marzo de 2014, poco después de la entrada en vigor de la nueva ley de justicia universal, defendió la competencia de los tribunales españoles para investigar estos hechos por los que tenia procesados a los tres militares estadounidenses por delitos contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, en concurso con delito de homicidio. Consideraba Pedraz, al negarse a cerrar el sumario y elevarlo a la Sala de lo Penal, que la reforma se contradecía con la IV Convención de Ginebra, que obliga a perseguir estos delitos sin limitación alguna y que, al ser un tratado internacional, prevalecía sobre la norma española.

A este respecto, Pedraz señala que el Tribunal Supremo, si bien reconocía que la reforma había acogido una modalidad "muy restrictiva" de jurisdicción universal, esta no vulneraba lo dispuesto en los tratados internacionales.

El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha cerrado hoy el casoCousoen cumplimiento de la doctrina establecida por el Tribunal Supremo en su sentencia por el caso Tíbet, que constata la falta de competencia de los tribunales españoles en este tipo de causas tras la reforma de la justicia universal.

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