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Twitter, entre las cinco causas de excomunión de un cardenal elector
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FILTRAR LOS RESULTADOS, PACTAR VETOS O COMPRAR VOTOS

Twitter, entre las cinco causas de excomunión de un cardenal elector

Son extremos difícilmente imaginables en el seno de la Iglesia, pero la lucha de poderes desatada en torno a Benedicto XVI durante los últimos años de

Foto: Twitter, entre las cinco causas de excomunión de un cardenal elector
Twitter, entre las cinco causas de excomunión de un cardenal elector

Son extremos difícilmente imaginables en el seno de la Iglesia, pero la lucha de poderes desatada en torno a Benedicto XVI durante los últimos años de su papado y evidenciada en el caso 'Vatileaks’ hace que toda precaución sea poca a la hora de preservar las garantías del próximo cónclave.

El mecanismo interno del Vaticano y de la denominada sede vacante, que se hará efectiva a partir de las ocho de esta tarde, funciona de forma perfectamente milimetrada y sin que haya lugar a la improvisación, tal y como Juan Pablo II se encargó de dejar por escrito en la constitución apostólica Universi Dominici Gregis, que regula todos y cada uno de los aspectos que tienen lugar durante este interregno. Solo una cuestión, la fecha en la que se iniciará el cónclave, sigue siendo aún una incógnita que Benedicto XVI ha dejado, por primera vez en siete siglos, en manos de los cardenales electores, que podrán adelantar su celebración “si consta que están presentes todos” en Roma, tal y como estableció en el motu proprio (documento papal) del pasado 22 de febrero.

Romper el secreto

Benedicto ha aprovechado esa última bula pontificia para endurecer con la pena de excomunión el castigo para quien viole el secreto en la elección de su sucesor. Un dato que no pasa desapercibido justo en un momento en el que la basílica de San Pedro se ha visto tambaleada por la filtración de documentos confidenciales a manos de una de las personas más cercanas al propio pontífice, su exmayordomo Paolo Gabriele. Al respecto, Juan Pablo II nunca llegó a ser tan explícito y dejaba la posible sanción en manos del nuevo Papa elegido. 

Preservar la confidencialidad en todo lo que envuelve a la elección del nuevo Papa es un asunto prioritario para los purpurados y, también, para todos los que, durante la sede vacante, coincidan con los cardenales por una u otra razón. Todos se someterán en los próximos días a un juramento sobre los Evangelios, mientras que la Capilla Sixtina será rastreada de arriba abajo para garantizar que ningún aparato de grabación, y ya no digamos Twitter, por supuesto, pueda revelar cada uno de los escrutinios antes incluso que la propia fumata blanca. Las normas establecen al respecto que queda “prohibido absolutamente que, bajo ningún pretexto, se introduzcan en los lugares donde se desarrollan las operaciones de la elección instrumentos técnicos de cualquier tipo que sirvan para grabar, reproducir o transmitir voces, imágenes o escritos”.

Los cardenales electores deberán abstenerse, igualmente, de recibir o enviar cualquier tipo de mensajes fuera de la Ciudad del Vaticano, ni siquiera a través de una persona legítimamente admitida allí. De forma específica se prohíbe también, mientras dure todo el proceso, que los cardenales electores puedan recibir prensa diaria y periódica de cualquier tipo, así como escuchar programas de radio o ver la televisión. Todo con el fin de generar una auténtica burbuja de acero al margen del mundo y sus presiones para preservar su libertad a la hora de elegir en conciencia a quien consideren más adecuado para la silla de Pedro. El secreto “no es lícito violarlo de ningún modo”, incluso después de la elección del Papa, a no ser que el propio Pontífice “haya dado una especial y explícita facultad al respecto”.

Simonía o compra de votos

Juan Pablo II se refiere a ella como el “crimen de la simonía”, lo más parecido al cohecho en la política aplicado a una elección entre hombres en la que alguno de ellos puede dejarse llevar por sus pasiones más carnales y sus deseos de poder. La constitución apostólica señala que, de producirse, “todos aquellos que fueran culpables incurrirán en la excomunión latae sententiae, aunque sus votos serían válidos “para que no sea impugnada por este motivo la validez de la elección”.

Pactos previos

La Universi Dominici Gregis también es tajante a la hora de prohibir a los cardenales, mientras “viva el Pontífice y sin haberlo consultado” hacer pactos sobre la elección de su sucesor, prometer votos o tomar reuniones a este respecto en reuniones privadas. El precepto, que también acarrea pena de excomunión, se extiende también durante la sede vacante en la que los purpurados se deben abstener de “toda forma de pactos, acuerdos, promesas u otros compromisos de cualquier género, que los puedan obligar a dar o negar un voto a uno o algunos”. Juan Pablo II decretó en su constitución apostólica que si esto sucedía, incluso bajo juramento, “tales compromisos serían nulos e inválidos y nadie debería estar obligado a observarlos”. Eso sí, el anterior Papa quiso dejar claro que, en ningún modo, pretendía con esto que los cardenales no pudieran intercambiar sus ideas sobre la elección.

Vetos

La excomunión latae sentetiae se produce de forma automática, sin necesidad de declaración por parte de una autoridad eclesiástica, también en el supuesto de que se produjeran vetos durante la elección del nuevo Papa por parte de cualquier autoridad civil secular “de cualquier nivel o grado”, incluso bajo la forma de simple deseo, “o bien de manifestarlo tanto a todo el Colegio de los electores reunido, como a cada uno de ellos, por escrito o de palabra, directa e inmediatamente o indirectamente o por medio de otros, tanto antes del comienzo de la elección como durante su desarrollo”. 

La UDG exhorta también a los cardenales a no dejarse llevar por simpatías o aversiones personales, ni dejarse influir por el favor o relaciones personales con alguien, ni moverse por la intervención de personas importantes o grupos de presión, por el miedo, la violencia, la búsqueda de popularidad o por la instigación de los medios de comunicación (lo que dejaría fuera de las posibilidades a todos los papables apuntados en las quinielas de los medios de comunicación).

Capitulaciones

Por último, los Cardenales tienen prohibido hacer capitulaciones antes de la elección, es decir, tomar compromisos de común acuerdo, obligándose a llevarlos a cabo en el caso de que uno de ellos sea elevado al pontificado. En caso de que así fuese, la ley las declara nulas, aunque no especifica qué tipo de castigo tendrían. 

Son extremos difícilmente imaginables en el seno de la Iglesia, pero la lucha de poderes desatada en torno a Benedicto XVI durante los últimos años de su papado y evidenciada en el caso 'Vatileaks’ hace que toda precaución sea poca a la hora de preservar las garantías del próximo cónclave.