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Airbnb marca el primer gol a los hoteles en los tribunales europeos
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primera victoria en el tjue

Airbnb marca el primer gol a los hoteles en los tribunales europeos

La plataforma de alquileres vacacionales logra una primera victoria en el TJUE, cuyo abogado general le considera una plataforma digital

Foto: Cartel de Airbnb (Efe)
Cartel de Airbnb (Efe)

El partido todavía no ha terminado, pero por lo pronto va ganando 1-0. Airbnb ha metido este martes un gol al sector hostelero después de que el abogado general de la Unión Europa, Maciej Szpunar, haya publicado su opinión no vinculante sobre el pulso judicial que mantienen Airbnb y los hoteleros: la empresa americana es una plataforma digital de intermediación y cubierta por tanto por la libre prestación de servicios, y no un agente inmobiliario.

El pulso comenzó cuando la Asociación para el Alojamiento y Turismo Profesional (AATP) de París denunció a Airbnb y la fiscalía francesa acusó a la empresa americana de incumplimiento de la ley que regula las condiciones de ejercicio de las actividades relativas a determinadas operaciones sobre inmuebles y fondos de comercio, denominada “Ley Hoguet”. Pero Airbnb respondió: no ejerce una actividad de agente inmobiliario, y la Directiva de comercio electrónico impide que se le pueda aplicar la citada Ley Hoguet.

Foto: París es la ciudad que da más beneficios a Airbnb (REUTERS)

El juez del tribunal de primera instancia de París decidió llevar el asunto hasta el Tribnunal de Justicia de la UE: ¿está amparada por la libre prestación de servicios de la directiva sobre comercio electrónico las prestaciones realizadas en Francia por Airbnb a través de una plataforma electrónica explotada desde Irlanda? ¿Se le pueden aplicar normas restrictivas al ejercicio de la profesión de agente inmobiliario en Francia, que recoge la Ley Hoguet?

El abogado general señala que Airbnb se trata de un servicio de la sociedad de la información porque su labor consiste en “poner en relación, a través de una plataforma electrónica, a potenciales arrendatarios con arrendadores que ofrecen prestaciones de alojamiento de corta duración, en una situación en la que el prestador de ese servicio no ejerce control alguno sobre las modalidades esenciales de dichas prestaciones”.

Por otra parte la opinión publicada señala que existen limitaciones a la aplicación de la Ley Hoguet, ya que se trataría de establecer una limitación o restricción a los servicios de la sociedad de la información con una norma de un Estado miembro distinto al Estado de origen, que en este caso es Irlanda. Además recuerda que para “restringir la libertad de circulación de esos servicios” la exigencia de un Estado miembro “debe constituir una medida que cumpla con los requisitos de fondo y forma establecidos por la Directiva”, que exige que cualquier medid se adopte “caso por caso”.

En cualquier caso esta es solo la opinión del abogado general de la UE, que no es vinculante pero que normalmente el TJUE sigue en la mayoría de los casos. La decisión podría ser clave porque establece diferencias entre distintos agentes de la economía colaborativa: el alto tribunal lanzó un torpedo a Uber dando la razón a los taxistas al considerar que no se trataba de un servicio de intermediación, como defendían, y que en cambio se considera un servicio de transporte y por lo tanto debe cumplir con las normas de los Estados miembros. Eso hacía prever que otros agentes de la llamada economía colaborativa podían seguir por el mismo camino. La opinión del abogado general respecto a Airbnb establece una diferenciación.

El partido todavía no ha terminado, pero por lo pronto va ganando 1-0. Airbnb ha metido este martes un gol al sector hostelero después de que el abogado general de la Unión Europa, Maciej Szpunar, haya publicado su opinión no vinculante sobre el pulso judicial que mantienen Airbnb y los hoteleros: la empresa americana es una plataforma digital de intermediación y cubierta por tanto por la libre prestación de servicios, y no un agente inmobiliario.

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