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  1. España

la audiencia nacional da carpetazo a decenas de procemientos

Quemar fotos del Rey ya no es delito: archivados más de 30 procedimientos

La última condena a España del Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha provocado una avalancha de sobreseimientos de denuncias policiales

Quema fotos del rey en Girona celebrando la sentencia del TEDH. (EFE)

Quemar fotos del Rey ya no es delito. La última condena del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha tenido consecuencias inmediatas en la Audiencia Nacional y ha provocado en los últimos tres meses una avalancha de archivos de los procedimientos abiertos por actos en los que se destruyeron imágenes de Felipe VI. Ninguno de ellos, nacidos la mayoría a raíz de atestados policiales, muchos por actos de protesta en Cataluña, proseguirá su instrucción.

Es el efecto directo del criterio sentado por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasbugo el pasado marzo. Entonces, la justicia europea obligó a indemnizar a dos jóvenes catalanes -Jaume Roura Capellera y Enric Stern Taulats- a quienes la Audiencia Nacional impuso 15 meses de cárcel en 2008 por un delito de injurias a la Corona por quemar una foto de los Reyes tras una manifestación en Gerona.

La prisión dictada fue sustituida por una multa de 2.700 euros y el Estado tuvo que devolver a cada uno el importe de la multa y, además, indemnizarlos conjuntamente con otros 9.000 euros por las costas. Estrasburgo fue muy claro: la condena vulneró su derecho a la libertad de expresión protegido en el artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos tal y como habían alegado los jóvenes ante la Corte de Estrasburgo.

En opinión del TEDH la quema de las fotos no puede considerarse una manifestación del discurso del odio, mientras que la condena penal se estima desproporcionada a los hechos cometidos. Los siete magistrados de la corte europea reprocharon de forma unánime a los tribunales españoles que dictaran penas de cárcel y destacaron que esa quema de fotos del monarca no iba más allá de un gesto que se enmarca en el debate político. Fueron aún más contundentes y aseguraron que este tipo de condenas son perjudiciales para el pluralismo, la tolerancia y el espíritu de sin el cual no hay una sociedad democrática.

Tras conocerse la resolución comenzó el cierre de las causas abiertas. Por ejemplo, el juez José de la Mata archivó en mayo una denuncia policial contra una joven por quemar fotos del rey Felipe VI en Banyoles al considerar, como decía el TEDH, que su actitud se enmarcaba en la libertad de expresión. Esa fue sólo la punta del iceberg.

Decenas de denuncias cursadas tras la resolución europea han quedado también sobreseidas. Muchas se cursaron tras este fallo que provocó un efecto de celebración y muchas concentraciones en las se quemaron precisamente fotos de los monarcas en homenaje a la decisión del TEDH. Todo archivado. Prender fuego a la imagen del Rey ya no es delito.

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