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“El dolor de las víctimas no puede ser una cortapisa al derecho a la libertad del preso”
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LOS PSICÓLOGOS HACEN PEDAGOGÍA CON 'PAROT'

“El dolor de las víctimas no puede ser una cortapisa al derecho a la libertad del preso”

La derogación de la "Doctrina Parot" ha puesto en libertad a muchos criminales pero ¿está la alarma social justificada? El Colegio de Psicólogos lo analiza

Foto: Miguel Ricart, uno de los presos más mediáticos que han sido excarcelados en los últimos meses. (Efe)
Miguel Ricart, uno de los presos más mediáticos que han sido excarcelados en los últimos meses. (Efe)

El cumplimiento de la sentencia del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos, que derogó el pasado 21 de octubre la doctrina Parot, ha provocado un aluvión de noticias sobre la excarcelación de terroristas, violadores y asesinos, en su mayoría muy mediáticos. Los ciudadanos y las victimasven cómo quedan enlibertad estos peligrosos convictos yen el debate público cala el alarmismo. ¿Es lógico pensar que estos delincuentes puedan reincidir? ¿Tiene el estado de derecho las herramientas necesarias para evitar que esto ocurra?

El pasado año, el ConlegioOficial de Psicólogos de Madrid presentó un estudio sobre la reincidencia de los expresidiarios condenados por delitos graves. Según este informe, que analizó 150 casos de delitos graves que pasaron por el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 1 de Madrid entre 2003 y 2006, la tasa de reincidencia fue sólo del 12%.El 88% de los presos excarceladosno había reincidido en los 10 años en los que se estudió sus casos.

Es difícil equilibrar el derecho de las personas a demostrar que han cambiado con el miedo de la sociedad a que vuelvan a cometer un delito

La autora del informe, Rocío Gómez Hermoso, psicóloga forense en el juzgado donde se realizó el estudio, ha explicadoen la sede del Colegio de Psicólogos que, teniendo en cuenta estos datos, deberíamos estar más tranquilos respecto a la excarcelación masiva que ha provocado la derogación de la doctrina Parot.

Gómez reconoce que “es difícil equilibrar el derecho de las personas a demostrar que han cambiado con el miedo de la sociedad a que vuelvan a cometer un delito”. Pero insiste en que“muchas personas que están en libertad tienen un comportamiento totalmente normalizado” y “con los datos que tenemos a día de hoy no tenemos por qué pensar que va a haber ningún daño”.

Hermoso entiende el dolor de las víctimas, ya que la excarcelación de los presos les hace revivir la situacióny reactiva el estrés postraumático, pero en su opinión la sensibilidad de éstas, aunque haya que tenerla en cuenta, "no puede ser una cortapisa": “En el momento en que una persona está cumpliendo una condenahay que resolver su situación, puestiene derecho a la libertad y a reinsertarse”.

placeholder Hermoso y Ortiz durante el encuentro en el Colegio de Psicólogos. (COP)

¿Cómo se conoce la peligrosidad de un preso?

Hermoso ha asegurado que los tratamientos de reinserción que se aplican en prisión funcionan en muchos casos, y la persona, por muy grave que sea el delito que haya cometido, puede cambiar. Además, cada puesta en libertad se estudia de manera pormenorizada. “Para estudiar la posibilidad de reincidencia se realizan entrevistas personales, estudios de psicopatías, pruebas de personalidad…”, explica Hermoso.

Hay una serie de requisitos indispensables para que un psicólogo forense dé un informe favorable de un preso: que haya reconocido la autoría y la peligrosidad de su comportamiento, que tenga estabilidad psicológica y autocontrol y que haya sentimientos haciala víctima y dolor por los actos cometidos.

La mayoría de condenados por agresión sexual son personas que han cometido un sólo delito, que saldrán de prisión y no volverán a reincidir

Por todo ello la posibilidad de queun preso reincida, según la psicóloga, se puede conocer con bastante certeza. De los 150 reclusos estudiados en su informe sólo tres presos reincidieron tras recibir la libertad gracias a un informe psicológico favorable, y ni siquiera cometieron delitos con violencia. La eficacia fue de un 96%.

Al margen de los delitos por terrorismo, que habría que analizar por separado, los delitos que más alarma social causan son los de agresión sexual.Según ha explicadoha explicado el juez Ortiz, en Españahoy en díahay 3.140 condenados por violación."Muchos de estos condenados", asegura el magistrado, "son personas que han cometido un solo delito, que saldrán de prisión y no volverán a reincidir.Entodos los estudios que se conocen los índices de reincidencia de los delitos relacionados con agresión sexual son más bajos que los de reincidencia general, sin distinción de delito, que están en torno al 37%.La alarma generada se debe aque han salido todos a la vez". Pero esto, asegura el magistrado, no tiene nada que ver con la peligrosidad de los sujetos.

Una situación que va a cambiar

Aunque no conocemos losestudios de peligrosidad de los delincuentes excarcelados debido a la derogación de la doctrina Parot(pues se trata de una información confidencial), Hermoso asegura que se trata de perfiles similares a los de su informe, por lo que cabe esperar unas tasas de reincidencia parecida.

Hoy sin lugar a dudas el ordenamiento jurídico español está mejor dotado para hacer frentes a hechos delictivos muy graves

¿Y qué hay del 12% que sí reincide? ¿Y de aquellas personas que, pese a un informe de peligrosidad desfavorable, acaban saliendo de la cárcel por ley? Ángel Luis Ortiz González, magistrado del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria nº 1 de Madrid, que ha acompañado a Hermoso en el encuentro, asegura quela ley actualsí previene eficazmente estas situaciones: “Hay una situación nueva, una medida denominada libertad vigilada, que se aprobó en 2010. En supuestos como los que se dan estos días, si hay un informe de peligrosidad, se podrá imponer al excarcelado una serie de obligaciones yprohibiciones y un control telemático, para en todo momento saber dónde se encuentra. Es el futuro inmediato”.

Pero claro, la libertad vigilada sólo se puede imponer a los condenados a partir del año 2010. “Hoy sin lugar a dudas el ordenamiento jurídico español está mejor dotado para hacer frentea hechos delictivos muy graves”, asegura Ortiz. “Pero a los que están saliendo ahora no se les puede aplicar. Si las personas que han salido a la calle tienen un índice de peligrosidad elevadísimo y un índice de reincidencia certero, y no se les puede aplicar la nueva ley, carecemos de instrumentos adecuados para brindar una mejor solución”.

Los presos puestos en libertad con motivo de la derogación de la doctrina Parotque se consideran peligrosos están siendo vigilados con carácter preventivo por las fuerzas de seguridad del Estado, pero eso es todo lo que puede hacerse con la ley en la mano. Ortiz es claro al respecto: “Los jueces aplicamos la ley que hay, no la hacemos. En 22 años se ha aplicado un código penal que todos conocemos y se han aplicando unas reducciones por trabajo que acotaban de forma muy importante la condena. Esto es así. El tribunal europeo no cuestiona la duración de las condenas, eso es competencia de cada legislación, lo que ha hecho es estudiar un caso muy concreto de una persona que ha acudido a él porque se ha hecho una interpretación de la ley no ajustada a derecho”.

El cumplimiento de la sentencia del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos, que derogó el pasado 21 de octubre la doctrina Parot, ha provocado un aluvión de noticias sobre la excarcelación de terroristas, violadores y asesinos, en su mayoría muy mediáticos. Los ciudadanos y las victimasven cómo quedan enlibertad estos peligrosos convictos yen el debate público cala el alarmismo. ¿Es lógico pensar que estos delincuentes puedan reincidir? ¿Tiene el estado de derecho las herramientas necesarias para evitar que esto ocurra?

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